DECRETO-LEY 9609/80
La
Plata, 7 de octubre de 1980.
Visto lo actuado en
el expediente número 5.600-101171/64 y el Decreto Nacional 877/80; en ejercicio
de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.-
Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en
la localidad de Los Polvorines, Partido de General Sarmiento, nomenclado
catastralmente como: Circunscripción V, Sección K, Manzana 31-a, Parcelas 21 y
22, inscripción de dominio Folio 3.511/55 y 3.512/55, C. P. I. 2.107/66 del
Registro del citado partido, a nombre de María Josefina Miller de Colman y Raúl
Colman, propiedad de los nombrados o de quién o quienes resulten ser sus
legítimos titulares de dominio.
ARTICULO 2.-
El inmueble descripto en el artículo anterior será destinado a actividades
educativas.
ARTICULO 3.-
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con cargo
a la siguiente imputación: Presupuesto 1980 - Carácter 1 - Jurisdicción 7 -
Unidad de Organización 1 - Item 01 - Finalidad 4 - Función 02 - Programa 05 -
Sección 2 - Sector 05 -Partida Principal 09 - Partida Subprincipal 3 - Partida
Parcial 090.
ARTICULO 4.-
Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín
Oficial" y archívese.