DECRETO-LEY  9609/80


La Plata, 7 de octubre de 1980.


Visto lo actuado en el expediente número 5.600-101171/64 y el Decreto Nacional 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE


LEY


ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la localidad de Los Polvorines, Partido de General Sarmiento, nomenclado catastralmente como: Circunscripción V, Sección K, Manzana 31-a, Parcelas 21 y 22, inscripción de dominio Folio 3.511/55 y 3.512/55, C. P. I. 2.107/66 del Registro del citado partido, a nombre de María Josefina Miller de Colman y Raúl Colman, propiedad de los nombrados o de quién o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio.


ARTICULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior será destinado a actividades educativas.


ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 1980 - Carácter 1 - Jurisdicción 7 - Unidad de Organización 1 - Item 01 - Finalidad 4 - Función 02 - Programa 05 - Sección 2 - Sector 05 -Partida Principal 09 - Partida Subprincipal 3 - Partida Parcial 090.


ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.