FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8756

 

La ley 7.943, Autarquía de la Dirección de Vialidad de la provincia de Buenos Aires, establece en su artículo 8°, 3er. párrafo, las condiciones exigidas para el funcionario que desempeñe el cargo de Subadministrador General de la misma.

Tales exigencias son exclusivamente determinadas para ciudadanos civiles, los que entre otros requisitos, deben ser graduados en nivel universitario.

Existiendo la posibilidad de que tal cargo funcional sea cubierto por un oficial superior de las Fuerzas Armadas, se resuelve la modificación de la citada ley, de manera tal que permita su incorporación, con probados antecedentes de actuación en organismos viales, públicos o privados.