LEY 9714
FUNDAMENTOS
Por Ley Nacional 22.453 se
suprime la contribución patronal prevista en el régimen previsional de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y,
al mismo tiempo, se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a coordinar con las
Provincias, a partir del 1º de enero de 1981, la supresión de las
contribuciones a cargo del empleador establecidas por las respectivas leyes
regulatorias de los sistemas de seguridad social para el personal provincial de
la
Administración General, Poder Judicial, bancos y empresas
oficiales y de las Municipalidades adheridas a dichos regímenes.
La fuente de financiamiento que
se suprime queda sustituida por fondos provenientes del régimen de
coparticipación federal de impuestos a que se refiere la Ley 20.221 y modificatorias, a
cuyo efecto se establece el mecanismo conforme al cual y en función de lo
recaudado por cada uno de los regímenes previsionales locales en concepto de
aporte de los afiliados, se opera la remisión de los importes respectivos a las
distintas jurisdicciones.
Como se señala en el propio
Mensaje de elevación, la Ley Nº
22.453 “implementa un sistema sustitutivo de financiamiento de la fuente que
suprime, análogo al preceptuado por la
Ley 22.293 respecto de la supresión de las contribuciones a
cargo de los empleadores establecidos por el artículo 8º de la Ley Nº 18.037” (sistema nacional
de previsión) y “tiende a corregir la situación creada en las jurisdicciones
locales a raíz de la entrada en vigencia del sistema establecido por la Ley Nº 22.293, apuntando
sustancialmente, a mantener en términos de mayor equidad la concurrencia de la Nación y las
Provincias en el producido del régimen de coparticipación federal de
impuestos”.
El derecho de las Provincias a
participar a partir del 1º de enero de 1981, en el producido de los impuestos a
que se refiere la Ley
20.221, queda supeditado a la adhesión expresa a la Ley 22.453 (artículo 8).
Asimismo la Ley 22.451 (Presupuesto
Nacional 1981), sustituye, con carácter de excepción para el Ejercicio fiscal
1981, los coeficientes del artículo 5 de la Ley 22.293 referidos a la fuente de
financiamiento sustitutiva de los aportes previsionales patronales suprimidos
por dicha ley, y modifica el artículo 8 de la Ley 20.221 (T.O. 1979), dejando sin efecto la
participación que otorgaba a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires de
la parte que le corresponde a la Nación por aplicación de la ley citada.
Tales modificaciones también
deben ser motivo de adhesión de las Provincias, a efectos de continuar
percibiendo los importes correspondientes al régimen de coparticipación federal
de impuestos.