LEY 9714

 

FUNDAMENTOS

 

Por Ley Nacional 22.453 se suprime la contribución patronal prevista en el régimen previsional de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y, al mismo tiempo, se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a coordinar con las Provincias, a partir del 1º de enero de 1981, la supresión de las contribuciones a cargo del empleador establecidas por las respectivas leyes regulatorias de los sistemas de seguridad social para el personal provincial de la Administración General, Poder Judicial, bancos y empresas oficiales y de las Municipalidades adheridas a dichos regímenes.

La fuente de financiamiento que se suprime queda sustituida por fondos provenientes del régimen de coparticipación federal de impuestos a que se refiere la Ley 20.221 y modificatorias, a cuyo efecto se establece el mecanismo conforme al cual y en función de lo recaudado por cada uno de los regímenes previsionales locales en concepto de aporte de los afiliados, se opera la remisión de los importes respectivos a las distintas jurisdicciones.

Como se señala en el propio Mensaje de elevación, la Ley Nº 22.453 “implementa un sistema sustitutivo de financiamiento de la fuente que suprime, análogo al preceptuado por la Ley 22.293 respecto de la supresión de las contribuciones a cargo de los empleadores establecidos por el artículo 8º de la Ley Nº 18.037” (sistema nacional de previsión) y “tiende a corregir la situación creada en las jurisdicciones locales a raíz de la entrada en vigencia del sistema establecido por la Ley Nº 22.293, apuntando sustancialmente, a mantener en términos de mayor equidad la concurrencia de la Nación y las Provincias en el producido del régimen de coparticipación federal de impuestos”.

El derecho de las Provincias a participar a partir del 1º de enero de 1981, en el producido de los impuestos a que se refiere la Ley 20.221, queda supeditado a la adhesión expresa a la Ley 22.453 (artículo 8).

Asimismo la Ley 22.451 (Presupuesto Nacional 1981), sustituye, con carácter de excepción para el Ejercicio fiscal 1981, los coeficientes del artículo 5 de la Ley 22.293 referidos a la fuente de financiamiento sustitutiva de los aportes previsionales patronales suprimidos por dicha ley, y modifica el artículo 8 de la Ley 20.221 (T.O. 1979), dejando sin efecto la participación que otorgaba a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires de la parte que le corresponde a la Nación por aplicación de la ley citada.

Tales modificaciones también deben ser motivo de adhesión de las Provincias, a efectos de continuar percibiendo los importes correspondientes al régimen de coparticipación federal de impuestos.