DECRETO-LEY 9826/82
LA PLATA, 26 de MAYO
de 1982
VISTO lo actuado en
el expediente número 4069-4423/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en
ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1: Declárase de
utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Partido de
Luján, designado catastralmente como: Circunscripción IV -Sección Rural-
Remanente Parcela 728b, inscripto su dominio al Folio 588/48 y D.H. 2.776/64,
del Registro del citado Partido, a nombre de Carlos Augusto, Elida María
Victoria de la Cruz, Lía María del Carmen, Sabina María Alejandra Margarita,
Eduardo Alberto, Jorge Iván, Francisco Martín Suárez y Rodríguez, Carla María
Milagro de los Angeles Suárez, Elida Rodríguez Blanco y Emérita Rivera Matos de
Suárez, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO
2: El inmueble descripto en el artículo anterior, será destinado a la ampliación
de la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales.
ARTICULO 3:
El
gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo
al presupuesto de gastos de la Municipalidad de Luján.
ARTICULO 4: Cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.