DECRETO-LEY 9826/82


LA PLATA, 26 de MAYO de 1982


VISTO lo actuado en el expediente número 4069-4423/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE


LEY


ARTICULO 1: Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Partido de Luján, designado catastralmente como: Circunscripción IV -Sección Rural- Remanente Parcela 728b, inscripto su dominio al Folio 588/48 y D.H. 2.776/64, del Registro del citado Partido, a nombre de Carlos Augusto, Elida María Victoria de la Cruz, Lía María del Carmen, Sabina María Alejandra Margarita, Eduardo Alberto, Jorge Iván, Francisco Martín Suárez y Rodríguez, Carla María Milagro de los Angeles Suárez, Elida Rodríguez Blanco y Emérita Rivera Matos de Suárez, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.


ARTICULO 2: El inmueble descripto en el artículo anterior, será destinado a la ampliación de la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales.


ARTICULO 3: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo al presupuesto de gastos de la Municipalidad de Luján.


ARTICULO 4: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.