FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8690
La ley adjunta dispone la derogación de la 8.559 que otorga pensión graciable, a Doña Amalia Mármol Vda. de Chávez.
De los fundamentos de la derogada ley, surge que el favor pecuniario otorgado, nos responde a los fines que se deben tener en cuenta para su concesión, sino meros compromisos políticos preexistentes.
La pensión graciable debe estar circunscripta a casos excepcionales, a
aquellos en que por servicios notorios y distinguidos de los causantes, se haya
comprometido el agradecimiento de
La inexistencia de los antecedentes expuestos y la condición de liberalidad que implica la pensión graciable, justifican la inestabilidad a ala que está sujeta la misma.
Por lo tanto, a los Poderes del Estado les corresponde la obligación de verificar que se cumpla con la finalidad propia de este instituto, y en su defecto el de revocar la norma que da nacimiento al mismo, si no reúne las condiciones exigidas.