FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9217
Por la presente ley se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación, un inmueble ubicado en la ciudad de Azul, Partido del mismo nombre, con destino a la ampliación de las instalaciones de la Cárcel de Encausados de la citada localidad.
La medida que se adopta es complementaria de las expropiaciones dispuestas mediante la ley 8896, las cuales se fundamentaron en razones de seguridad y en la falta de amplitud del edificio carcelario, el cual resulta obsoleto ya que data del año 1933.
La presente expropiación permitirá al Servicio Penitenciario de la Provincia, planificar, con visión de futuro, la ampliación del penal en cuestión, en virtud de disponer en propiedad de la totalidad de las tierras que rodean al mismo.
En virtud de las razones expuestas, el Estado Provincial procede a sancionar la presente ley.