DECRETO-LEY 8799/77
Autorizando a la Municipalidad de Balcarce a donar al C.O.N.E.T. una parcela de tierra.
LA PLATA, 9 de JUNIO de 1977.
VISTO lo actuado en el expediente número 2.207-2.595/76 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/976, artículo 1º, apartado 3.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Balcarce a donar al Consejo Nacional de Educación Técnica (C.O.N.E.T.), la Parcela cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción I, Sección D, Quinta 66, Parcela 1 F, con una superficie de ocho mil setecientos dieciséis con setenta y cinco metros cuadrados (8.716,75 m2), con cargo al traslado y emplazamiento en el inmueble donado de la Escuela Nacional de Educación Técnica “Lucas Kraglievich” para la puesta en marcha de planes educativos, cursos y acciones tendientes a lograr un centro de capacitación técnica que preste la comunidad de Balcarce los servicios de formación adecuados de mano de obra para las industrias y actividades económicas del área.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.