FUNDAMENTOS DE LA

LEY 10015

 

La presente ley surge como consecuencia de la imprescindible necesidad de satisfacer en el más breve plazo la demanda de ser vicios de provisión de agua y desagües en el aglomerado bonaerense y de cuyas prestaciones resultan responsables la Nación y la Provincia en sus respectivas jurisdicciones.

En la actualidad existe la posibi1idad de utilizar al máximo la capacidad operativa de los organismos nacionales y provinciales que entienden en el área.

El espíritu que anima a Obras Sanitarias de la Nación y de la Provincia es de una amplia y efectiva coordinación institucional que tiene como objetivo final la satisfacción de necesidades básicas de la población en materia de agua potable y desagües cloaca­les.

Es de señalar que para que las tareas realizadas por ambos Organismos resulten conjuntas y eficientes, debe lograrse una ­óptima coordinación que permita atender en el menor tiempo, la mayor cantidad de requerimientos de nuevos servicios y de mejoras en los existentes.

Es por ello que se suscribieron con fechas 1 de marzo y 8 de marzo de 1983, sendos convenios entre el señor Gobernador de la Provincia y el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos de la ­Nación y entre los señores Administradores Generales de Obras Sani­tarias de la Nación y de la Provincia, acordando acciones coordina­das entre los Organismos Nacional y Provincial que propenden a la ­más eficiente prestación y control del saneamiento en el aglomerado bonaerense.

Atento a ello se sanciona la presente ley dando aprobación a los respectivos convenios.