DECRETO-LEY 8618/76

 

Suspendiendo la vigencia de las leyes 7714 y 8239 y los artículos 13 y 14 de la Ley 8023.

 

LA PLATA, 20 de JULIO de 1976.

 

VISTO lo actuado en el presente expediente 2.100-11.172/976 del Registro de la Gobernación de Buenos Aires y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, según el artículo 1º, apartado 6.2. de la instrucción 1/976,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Suspéndense, a partir de la vigencia de la presente Ley, las leyes 7714 y 8239 y los artículos 13 y 14 de la Ley 8023, de titularización masiva de personal docente por el término de ciento ochenta (180) días.

 

ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo revisará todas las designaciones efectuadas en uso de las facultades que le otorgarán al efecto las normas legales mencio­nadas en el artículo precedente y dejará sin efecto todas aquéllas que no se ajustaron a los requisitos exigidos por el Estatuto del Magisterio y las leyes de titularización respectivas.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.