DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA

DECRETO 298

La Plata, 19 de abril de 2010.

VISTO el expediente Nº 2400-5607/08 Alcance Nº 1 a través del cual se gestiona la aprobación del Convenio de Pago celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través del Ministerio de Infraestructura y EDENOR S.A., y 

CONSIDERANDO:

Que el 10 de enero de 1994 se suscribió el primer Acuerdo Marco entre el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y las empresas EDESUR S.A., EDENOR S.A. y EDELAP S.A., con el objeto de establecer las bases y lineamientos generales sobre los que se concretaría y coordinaría el aporte económico de las partes para el suministro de energía eléctrica por las compañías distribuidoras a los asentamientos poblacionales de escasos recursos económicos, identificados como Asentamientos A y B, habiéndose  prorrogado con fecha 30 de junio de 1998;

Que con fecha 6 de octubre de 2003 se suscribió el Nuevo Acuerdo Marco con sus anexos I y II, celebrado entre el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y las empresas EDESUR S.A., EDENOR S.A. y EDELAP S.A., que fuera aprobado mediante el Decreto Nº 617/05 y ratificado luego mediante el artículo 47 de la Ley Nº 13403;

Que mediante el Decreto Nº 732/09 y en aplicación de la Cláusula Quinta del Nuevo Acuerdo Marco, se aprobó la Addenda al mismo para la renovación por un período de cuatro (4) años a contar desde el 1 de enero de 2007, prorrogándose en consecuencia su vigencia;

Que habiéndose determinado una acreencia en favor de EDENOR S.A., la cual fuera debidamente auditada por el Organismo de Control de Energía de Buenos Aires y la Dirección Provincial de Energía del Ministerio de Infraestructura, se suscribió un Convenio de Pago acordando las partes que su pago se efectivizará mediante Bonos de Cancelación de Deudas de la Provincia de Buenos Aires;

Que este Convenio de Pago incluye períodos adeudados por la Provincia hasta octubre de 2009 inclusive;

Que la Tesorería General de la Provincia, a fojas 76 informa que se ha efectuado la correspondiente reserva de Bonos de Cancelación de Deudas de la Provincia de Buenos Aires –Vencimiento 2011, Decreto Nº 2789/09 Serie C para ser afectados al pago del mencionado Convenio;

Que de conformidad con lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno, lo informado por Contaduría General de la Provincia y la vista del Fiscal de Estado, procede dictar el pertinente acto administrativo;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 –Proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio de Pago suscripto por el Ministerio de Infraestructura y la Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. (EDENOR S.A.), en virtud de la prórroga del Nuevo Acuerdo Marco celebrado entre el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y las empresas EDESUR S.A., EDENOR S.A. y EDELAP S.A., aprobado por el Decreto Nº 732/09, el que compuesto de una (1) foja pasa a formar parte integrante del presente acto.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura y de Economía.

ARTÍCULO 3º.- Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA y pasar al Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archivar.

Cristina Álvarez Rodríguez                   Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de Infraestructura                   Gobernador

Alejandro G. Arlía Ministro de Economía

Nota: El Convenio mencionado en el artículo 1º del presente Decreto, podrá ser consultado en el Ministerio de Infraestructura.