DEROGADO POR DECRETO 156/17 E
DEPARTAMENTO DE
DECRETO 437
VISTO el
expediente Nº 2157-1676/10 mediante el cual se tramita la aprobación de la
estructura organizativa de
CONSIDERANDO:
Que en
atención a las competencias otorgadas por el Decreto-Ley Nº 7385/68 y al
crecimiento de las necesidades de promoción científica y desarrollo tecnológico
de
Que la
estructura actual de
Que
Que la
estructura actual cuenta únicamente con una Dirección Provincial,
Que es
necesario dotar al Laboratorio de Entrenamiento Multidisciplinario para
Que considerando que el LEMIT es un Centro que desarrolla investigaciones científicas y tecnológicas, resulta necesario determinar los requisitos para el desempeño del cargo de Director;
Que resulta
procedente efectuar la aprobación de la estructura organizativa de
Que a tal
fin,
a
Que
Que
Que se hace necesario continuar y profundizar la elaboración de proyectos de desarrollo e innovación científica y tecnológica, impulsando el desarrollo de los mismos en vinculación con otras instituciones a fin de abordar la problemática territorial de la forma más eficiente posible;
Que la
especificidad de las competencias otorgadas a
Que han
tomado intervención y expedido favorablemente
Que a tal
efecto y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 144 proemio de
Por ello,
EL
GOBERNADOR DE
ARTÍCULO
1º: Aprobar, la estructura organizativa de
ARTÍCULO
2º: Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo 1º los
siguientes cargos: UN (1) Director Provincial de Ciencia, Tecnología e
Innovación; UN (1) Responsable Ejecutivo de
Entrenamiento
Multidisciplinario para
Departamento
Programas Especiales; UN (1) Jefe de Departamento Convenios; UN (1) Jefe de
Departamento Innovación y Crédito Fiscal; UN (1) Jefe de Departamento
Comunicación y Difusión Científica; UN (1) Jefe de Departamento Apoyo
Administrativo; UN (1) Jefe de Departamento Legal y Técnico; UN (1) Jefe de
Departamento Gestión Documental; UN (1) Jefe de Departamento Presupuesto y
Contable; UN (1) Jefe Departamento Tesorería y Rendiciones; UN (1) Jefe de
Departamento Liquidaciones; UN (1) Jefe de Departamento Delegación de
ARTÍCULO
3º: Dejar establecido que para la cobertura del Cargo de Director de
Laboratorio de Entrenamiento Multidisciplinario para
ARTÍCULO
4º: Dentro del plazo de ciento ochenta (180) días hábiles, a partir de la fecha
de publicación en el Boletín Oficial del presente, el titular de
ARTÍCULO
5º: Limitar las designaciones del personal de la estructura organizativa de
ARTÍCULO
6º:
ARTÍCULO 7º: Exceptuar lo establecido en el presente de lo dispuesto por el Decreto Nº 1.322/05.
ARTÍCULO
8º: Derogar el Decreto Nº 2.126/93, mediante el cual se aprobó la estructura
orgánico-funcional de
ARTÍCULO
9º: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los
Departamentos de
ARTÍCULO
10: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Comunicar a
Martín M. N. Ferré Daniel Osvaldo Scioli
Ministro de
Alejandro G. Arlía
Ministro de Economía
ANEXO 2
MINISTERIO DE
COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
DIRECCIÓN LABORATORIO DE ENTRENAMIENTO
MULTIDISCIPLINARIO PARA
ACCIONES
1. Administrar la unidad operativa de acuerdo a la planificación propia y las políticas
de
fondos que le sean asignados.
2. Supervisar el cumplimiento de los convenios, reglamentos y toda otra norma que
regule la actividad del centro.
3. Coordinar las investigaciones científicas y tecnológicas desarrolladas en el ámbito
del centro y la prestación de servicios, asesoramiento y ensayos a terceras organizaciones, tanto públicas como privadas.
4. Planificar, coordinar y evaluar la formación de recursos humanos tanto para el
sistema científico tecnológico como para el sector productivo.
5. Evaluar y autorizar las solicitudes de investigadores, personal de apoyo y becarios
pertenecientes a otras instituciones para desarrollar sus actividades en el
centro.
6. Analizar, proponer y elevar al
Directorio de
los informes de gestión así como también las necesidades del centro.
7. Mantener actualizado el inventario de bienes del centro, programar y coordinar
su mantenimiento.
8. Supervisar la gestión de los fondos asignados al centro y las cuentas bancarias
del mismo en coordinación con
DIRECCIÓN LABORATORIO DE ENTRENAMIENTO
MULTIDISCIPLINARIO PARA
DEPARTAMENTO DELEGACIÓN DE
ACCIONES
1. Realizar las tareas de apoyo administrativo a las actividades de investigación,
desarrollo y transferencia llevadas a cabo en el centro: atención de interesados
y clientes, seguimiento de trámites, compra de bienes y contratación de servicios,
pago a proveedores, mantenimiento de los bienes patrimoniales, facturación
de los servicios prestados, control de los recursos del centro y preparación
de las solicitudes de los subsidios para el funcionamiento del centro, entre otras.
2. Realizar las tareas de apoyo técnico profesional a las actividades de investigación,
desarrollo y transferencia llevadas a cabo en el centro: recepción de muestras,
ensayos tecnológicos, elaboración de informes técnicos producidos por las
áreas y divulgación de las actividades del centro, en particular, de las jornadas,
seminarios, y congresos, entre otras.
3. Coordinar y ejecutar las acciones propias de la administración del personal que
desarrolla tareas en el centro, el pago de subsidios y demás beneficios, garantizando
el cumplimiento de las pautas establecidas en los estatutos y normativa
vigente.
4. Efectuar la liquidación de todas las erogaciones que originen las contrataciones
de personal, viáticos, horas extras y otros gastos.
5. Gestionar los fondos asignados al centro y las cuentas bancarias del mismo.
6. Efectuar las rendiciones de anticipos de fondos de la cuenta de terceros y de la
utilización de cajas chicas.
7. Mantener el archivo de toda la documentación que se tramite y/o se produzca en
el centro e información actualizada sobre las actividades desarrolladas en el
LEMIT, su realidad y operatoria.
COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
DIRECCIÓN CENTRO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS E INNOVACIÓN PRODUCTIVA (CST)
ACCIONES
1. Administrar la unidad operativa de acuerdo a la planificación propia y las políticas
de
fondos que le sean asignados.
2. Supervisar el cumplimiento de los convenios, reglamentos y toda otra norma que
regule la actividad del centro.
3. Identificar necesidades y demandas de nuevos servicios técnicos.
4. Coordinar las actividades sustanciales desarrolladas en el ámbito del centro, de
los agentes afectados con dependencia
orgánica de
de Ciencia y Tecnología de los proyectos de investigaciones en marcha y de
los servicios tecnológicos.
5. Proponer, coordinar y supervisar mecanismos de evaluación del desempeño del
personal a cargo en forma permanente y por proyectos.
6. Evaluar y autorizar las solicitudes de investigadores, personal de apoyo y becarios
pertenecientes a otras instituciones para desarrollar sus actividades en el
centro.
7. Analizar, proponer y elevar al
Directorio de
los informes de gestión así como también las necesidades del centro.
8. Mantener actualizado el inventario de bienes del centro, programar y coordinar
su mantenimiento.
9. Supervisar la gestión de los fondos asignados al centro y las cuentas bancarias
del mismo en coordinación con
DIRECCIÓN CENTRO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS E INNOVACIÓN PRODUCTIVA (CST)
DEPARTAMENTO DELEGACIÓN DE
ACCIONES
1. Realizar las tareas de apoyo administrativo a las actividades de investigación,
desarrollo y transferencia llevadas a cabo en el centro: atención de interesados
y clientes, seguimiento de trámites, compra de bienes y contratación de servicios,
pago a proveedores, mantenimiento de los bienes patrimoniales, facturación
de los servicios prestados, control de los recursos del centro y preparación
de las solicitudes de los subsidios para el funcionamiento del centro, entre otras.
2. Realizar las tareas de apoyo técnico profesional a las actividades de investigación,
desarrollo y transferencia llevadas a cabo en el centro: recepción de muestras,
ensayos tecnológicos, elaboración de informes técnicos producidos por las
áreas y divulgación de las actividades del centro, en particular, de las jornadas,
seminarios, y congresos, entre otras.
3. Coordinar y ejecutar las acciones propias de la administración del personal que
desarrolla tareas en el centro, el pago de subsidios y demás beneficios, garantizando
el cumplimiento de las pautas establecidas en los estatutos y normativa
vigente.
4. Remitir al Departamento Liquidaciones la documentación referida a todas las
erogaciones que originen, las contrataciones de personal, viáticos, horas extras
y otros gastos.
5. Gestionar los fondos asignados al centro y las cuentas bancarias del mismo.
6. Efectuar las rendiciones de anticipos de fondos de la cuenta de terceros y de la
utilización de cajas chicas.
7. Mantener el archivo de toda la documentación que se tramite y/o se produzca en
el centro e información actualizada sobre las actividades desarrolladas en el
CST, su realidad y operatoria.
COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
ACCIONES
1. Planificar la prestación de los servicios de gestión científica, tecnología e innovación
del organismo.
2. Fiscalizar la aplicación de los procedimientos correspondientes al ingreso, seguimiento
y evaluación del personal en los regímenes vigentes para los recursos
humanos dedicado a la investigación.
3. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones, servicios e investigaciones acordadas
en convenios y/o programas especiales
suscriptos por
otros organismos y de los planes de implementación para su desarrollo.
4. Planificar la operatividad del régimen de Crédito Fiscal, para la promoción y
fomento de la innovación tecnológica.
5. Organizar y fiscalizar los registros de antecedentes curriculares del personal
dedicado a la investigación, implementando los mecanismos de difusión y promoción
de los resultados de la labor científica y tecnológica realizada y/o promovida
por
6. Promover, participar y colaborar en la actualización de una red de relaciones
entre
actividades de
7. Promover y gestionar la incorporación de la innovación científica en el sector
público y privado.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
DIRECCIÓN DE GESTIÓN CIENTÍFICA
ACCIONES
1. Organizar, implementar y supervisar las gestiones científicas inherentes a los
diversos regímenes legales en que se encuentran comprendidos los recursos
humanos dedicados a la investigación científico tecnológica.
2. Supervisar la ejecución de los programas de beneficios destinados a promover la
actividad científico tecnológica.
3. Colaborar en la planificación general del sistema de evaluaciones de la actividad
científica a utilizar e intervenir en la resolución de cualquier emergente operativo
propio del mismo.
4. Supervisar el proceso de otorgamiento de subsidios y el destino de los mismos
hasta la aprobación de la rendición final.
5. Coordinar con
los bienes adquiridos mediante subsidios.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN CIENTÍFICA
DEPARTAMENTO SEGUIMIENTO DE
ACCIONES
1. Analizar e implementar los procesos de incorporación, admisibilidad, categorización
y recategorización de las Carreras de Investigador Científico Tecnológico y
Personal de Apoyo a
2. Implementar y mantener actualizado el registro de postulantes a las carreras y
antecedentes curriculares.
3. Organizar y mantener actualizado los resultados de investigaciones llevadas a
cabo por investigadores científicos y la presentación de informes del personal de
apoyo.
4. Dar tratamiento a las solicitudes de cambio de lugar de trabajo del personal de
apoyo.
5. Mantener actualizada la planta de investigadores y personal de apoyo y controlar
la relación de cargos entre ambos regímenes.
6. Organizar y controlar la inscripción, admisibilidad, concurso y adjudicación de las
distintas Becas otorgadas por
7. Dar tratamiento a las solicitudes de prórroga de beca.
8. Organizar y controlar la postulación, selección y adjudicación de pasantías.
9. Controlar el cumplimiento de las obligaciones de los investigadores, personal de
apoyo, becarios y pasantes, incluida la evaluación de incompatibilidad con otros
cargos y dedicaciones.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN CIENTÍFICA
DEPARTAMENTO EVALUACIÓN DE
ACCIONES
1. Organizar y controlar la coordinación operativa de las Comisiones Asesoras
Honorarias, Junta de Calificaciones, Evaluaciones Externas y todo tipo de evaluaciones
científico tecnológicas.
2. Gestionar las acciones tendientes a elevar proyectos e informes científicos para
los subsidios de investigación.
3. Organizar y canalizar la evaluación para la incorporación al Régimen de Beca.
4. Organizar y disponer el tratamiento de evaluación de informes y movimiento de
los becarios del Sistema CIC.
5. Participar y organizar las
reuniones de
Investigador.
6. Organizar y mantener una base de datos con evaluaciones y dictámenes relacionados
con las Carreras del Investigador Científico y Tecnológico y Personal de
Apoyo a
7. Gestionar la resolución de todo emergente de la evaluación de los integrantes de
DIRECCIÓN DE GESTIÓN CIENTÍFICA
DEPARTAMENTO SUBSIDIOS
ACCIONES
1. Elaborar y proponer las bases y condiciones generales de solicitud de subsidios
concursables y diseñar los formularios correspondientes.
2. Recibir de los futuros beneficiarios
la información requerida por
la obtención de subsidios concursables y realizar el control de admisión.
3. Efectuar las notificaciones de resultado de la admisión y resultado de la evaluación
del proyecto.
4. Recibir, controlar provisoriamente y comunicar el resultado de las rendiciones
efectuadas a los beneficiarios.
5. Efectuar el reclamo correspondiente en caso de detectarse irregularidades.
6. Intervenir en las actividades antes enunciadas para los restantes tipos de subsidios
otorgados por la comisión.
7. Efectuar el seguimiento y control de la tramitación de los subsidios otorgados por
8. Gestionar la información de los
subsidios otorgados por
información necesaria a todos los interesados que la requieran.
9. Registrar los bienes adquiridos por los beneficiarios para su incorporación al
patrimonio de
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE
ACCIONES
1. Evaluar la factibilidad y proponer a las autoridades la prestación de servicios o la
ejecución de investigaciones que constituyan programas o proyectos especiales,
explicitando los presupuestos de gastos a incurrir.
2. Diseñar los planes de expansión científica, proponiendo las actividades que conformarán
los programas especiales, cumpliendo la normativa vigente.
3. Supervisar la implementación de los programas o proyectos especiales.
4. Evaluar las solicitudes de otorgamiento de subsidios para el funcionamiento de
los programas o proyectos especiales.
5. Promover la celebración de convenios derivados de la implementación de programas
o proyectos especiales y elevarlos a la superioridad.
6. Evaluar y controlar los procesos de aprobación de préstamos para innovaciones
y emisión de certificados de Crédito Fiscal, según lo estipulado en la normativa
vigente en materia de Innovación Tecnológica.
7. Difundir hacia los Centros de Investigación y Desarrollo y demás áreas del sistema
científico tecnológico provincial los requerimientos de organismos públicos y
entidades privadas.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE
DEPARTAMENTO PROGRAMAS ESPECIALES
ACCIONES
1. Recibir y evaluar las consultas efectuadas por organismos estatales y entidades
privadas que requieran asesoramiento de tipo científico y técnico.
2. Realizar los presupuestos de gastos a incurrir por el organismo recurrente o la
CIC, con motivo de consultas, y
elevarlas a
Innovación y Programas Especiales para su comunicación formal.
3. Coordinar con los Centros de Investigación y Desarrollo, y demás áreas del sistema
científico tecnológico provincial, la prestación de servicios y la realización
de investigaciones que formen parte de programas o proyectos especiales.
4. Controlar la prestación de servicios y/o la realización de investigaciones que
constituyan programas o proyectos especiales, registrando la documentación y
actividades involucradas en cada uno de ellos.
5. Supervisar el cumplimiento de las actividades derivadas de programas o proyectos
especiales implementados.
6. Coordinar acciones con el Departamento Convenios y el Departamento Legal y
Técnico para arbitrar los medios necesarios que resguarden los intereses provinciales
en caso que los programas o proyectos especiales culminen con la obtención
de patentes y/o cualquier producto de la investigación que dé origen a tecnología
apropiable o registrable.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE
DEPARTAMENTO CONVENIOS
ACCIONES
1. Elaborar y proponer el armado de
convenios entre
científico tecnológicas, de base provincial o nacional, en lo que atañe al contenido
de los mismos.
2. Elaborar y proponer en el armado de
convenios entre
estado provincial, en lo que atañe al contenido de los mismos.
3. Realizar el seguimiento de los
distintos convenios suscriptos por
el cumplimiento de los planes y/o programas de trabajo incluidos en éstos.
4. Proponer las prórrogas, ampliaciones o cancelación de convenios vigentes en
función de las políticas que establezca el
Directorio de
5. Elaborar informes de seguimiento respecto al estado de ejecución de los convenios
suscritos.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE
DEPARTAMENTO INNOVACIÓN Y CRÉDITO FISCAL
ACCIONES
1. Elaborar y proponer las bases y condiciones y confeccionar los formularios para
cada convocatoria al Régimen de Crédito Fiscal.
2. Recibir y recopilar la documentación contable, societaria, impositiva y/o previsional
que acredite el regular cumplimiento de las normas legales por parte de los
futuros beneficiarios del Régimen de Crédito Fiscal.
3. Realizar el control de admisión de los proyectos de acuerdo a lo dispuesto en el
Decreto Nº 1.345/04 y los requisitos fijados en las bases de la convocatoria.
4. Efectuar el control, en
forma conjunta con
que al efecto se dispongan, del cumplimiento de las condiciones necesarias
para el otorgamiento del beneficio.
5. Implementar y mantener actualizado el registro de los resultados de los procesos
de admisión, evaluación y rendición de proyectos, y efectuar las comunicaciones
correspondientes a los beneficiarios.
6. Efectuar el seguimiento del recupero de préstamos otorgados para Innovación, y
su reasignación.
7. Informar a
incausados graves de los proyectos aprobados.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COMUNICACIÓN
ACCIONES
1. Planificar e implementar acciones tendientes a desarrollar relaciones institucionales
que integren a
sociedad y con el Sistema Científico y Tecnológico Nacional e Internacional.
2. Diseñar programas y proyectos comunicacionales que fortalezcan la imagen institucional
de
de comunicación adecuados y la planificación de acciones tendientes al intercambio
de información y experiencias con otros organismos.
3. Difundir los resultados
de investigaciones realizadas y/o promovidas por
y de la realidad científica y técnica, fortaleciendo el desarrollo de la red institucional
de ciencia y tecnología.
4. Organizar, llevar a
cabo y asesorar a las autoridades de
actividades relacionadas con el ceremonial y protocolo: Actos oficiales, ceremonias,
reuniones, congresos, invitaciones y viajes; como así también documentar
los eventos que se realicen.
5. Promover la interacción e intercambio entre personalidades del campo científico
y organizar jornadas de promoción científica.
6. Organizar y supervisar la gestión del centro de documentación del organismo,
teniendo en cuenta el marco legal vigente, referido a la administración de archivos.
7. Promover el auspicio y/o solicitar a las autoridades la participación de la
Comisión en congresos y reuniones científicas y técnicas, nacionales e internacionales.
DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES Y COMUNICACIÓN
DEPARTAMENTO COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN CIENTÍFICA
ACCIONES
1. Diseñar productos comunicacionales, gráficos, audiovisuales, radiales y digitales
y efectuar el seguimiento de su difusión.
2. Implementar la metodología y estrategias operativas, para la promoción de proyectos
y productos
comunicacionales de
3. Participar en las actividades que se desarrollen relacionadas con jornadas de
promoción científica.
4. Brindar apoyo operativo para la difusión de información científica y tecnológica
en congresos, jornadas y
eventos organizados por
5. Recibir y clasificar la información suministrada por las distintas áreas de la
Comisión, necesaria para el diseño y publicación de memorias, anales y publicaciones
científicas, entre otras herramientas de promoción de la actividad.
6. Administrar y custodiar la información pública e interna referida a la actividad del
organismo y las publicaciones surgidas de las investigaciones desarrolladas,
obrantes en el centro de documentación.
COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
ACCIONES
1. Asistir al Presidente y
al Directorio de
Comisión, participando en las reuniones y redactando las actas de las mismas.
2. Prestar asesoramiento y asistencia al Grupo Asesor, Comisiones Asesoras
Honorarias y Junta de Calificaciones.
3. Elaborar el proyecto de
presupuesto anual de
programas, controlando su ejecución en materia de su competencia.
4. Organizar, coordinar, implementar y fiscalizar la prestación de los servicios administrativos,
contables y auxiliares del organismo, tanto en sede central como en
los Centros de Investigación y Desarrollo Tecnológico propios.
5. Organizar las tramitaciones administrativas de su competencia, implementando
su sustanciación, así como también supervisar la confección de proyectos de
actos administrativos, con toda la documentación previa, su compilación y registro.
6. Fiscalizar el cumplimiento y la difusión de las resoluciones emanadas del
Directorio, en materia administrativa, para el logro de los objetivos institucionales.
7. Coordinar los servicios de Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Rendiciones de
Cuenta, Compras y Registro Patrimonial, de acuerdo con las normas legales y
reglamentaciones vigentes.
8. Fiscalizar la prestación de los servicios de Personal.
9. Implementar y fiscalizar la prestación de los servicios de informática, infraestructura
y mantenimiento, seguridad e higiene, vigilancia, limpieza, transporte y
demás servicios generales del organismo.
10. Coordinar y supervisar las acciones de los Departamentos Delegaciones
Administrativas del LEMIT y el CST.
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS
ACCIONES
1. Programar y coordinar la confección de los actos administrativos necesarios para
la atención del despacho de
decretos, resoluciones, disposiciones, notas, convenios, y demás actos inherentes
a la gestión, verificando el estricto cumplimiento de las normas legales de
aplicación.
2. Controlar el cumplimiento de la normativa vigente para el trámite de las actuaciones
que se gestionen en
3. Supervisar los aspectos legales de los actos administrativos emanados de las
autoridades del organismo, observando aquéllos que no reúnan los recaudos
legales, técnicos y de procedimiento suficientes para su dictado o, en su caso,
dar intervención a los organismos que corresponda.
4. Organizar y mantener actualizados los registros de: actos suscriptos por el organismo,
disposiciones dictadas por las
distintas autoridades de
5. Organizar y supervisar las tareas del servicio de gestión documental, el registro
de actuaciones que ingresan
y egresan de
las mismas y su archivo.
DIRECCIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS
DEPARTAMENTO APOYO ADMINISTRATIVO
ACCIONES
1. Notificar a los miembros del Directorio la convocatoria a reuniones y confeccionar
el orden del día.
2. Controlar el cumplimiento de los requisitos formales establecidos para la presentación
y trámite de todas
actuaciones que ingresen a
y al Directorio.
3. Confeccionar las Actas de Directorio y mantener el archivo actualizado de las
mismas.
4. Confeccionar, a partir de los lineamientos establecidos por el Departamento
Legal y Técnico y bajo su supervisión, los proyectos de actos administrativos que
surjan de las Resoluciones del Directorio.
5. Preparar, redactar y administrar las notas, providencias y comunicaciones del
despacho diario, reuniendo los antecedentes e información necesaria al respecto.
6. Programar, supervisar e instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento
del despacho de las actuaciones administrativas y prestar, al respecto,
asesoramiento a las distintas áreas.
7. Organizar y mantener actualizado el registro de todos los actos suscriptos por el
Directorio, tanto científicos, como técnicos o administrativos.
DIRECCIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS
DEPARTAMENTO LEGAL Y TÉCNICO
ACCIONES
1. Prestar asistencia y asesoramiento legal a las autoridades, Grupo Asesor,
Comisiones, Juntas y a las distintas dependencias del organismo, sin perjuicio de
la intervención de Asesoría General de Gobierno.
2. Administrar las cuestiones de naturaleza jurídica relacionadas con el funcionamiento
de
vigente.
3. Organizar y mantener actualizada la legislación y normativa aplicable al funcionamiento
operativo de
4. Evaluar la viabilidad legal y técnica de los actos administrativos que surjan de
decisiones del Directorio, estableciendo los lineamientos para su redacción, sin
perjuicio de la intervención de Asesoría General de Gobierno.
5. Asistir respecto a la viabilidad legal de los convenios y contratos celebrados entre
General de Gobierno
6. Estudiar, proponer y elevar a las autoridades reformas o creación, sobre aspectos
de leyes, decretos y demás normativa, que afecten el funcionamiento de la
Comisión.
7. Efectuar el seguimiento y la gestión de las investigaciones administrativas y
sumarios.
8. Controlar el cumplimiento de los aspectos legales para la convocatoria y sustanciación
de concursos, otorgamiento de becas, subsidios y demás beneficios
otorgados por
de Gobierno
DIRECCIÓN DE SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS
DEPARTAMENTO GESTIÓN DOCUMENTAL
ACCIONES
1. Organizar y atender la entrada y salida de todas las actuaciones originadas en la
CIC, derivadas desde o hacia otros organismos y distintos destinatarios.
2. Implementar y mantener el registro actualizado de las actuaciones suministrando
la información que se requiera sobre el estado del trámite y destino de las mismas.
3. Conformar los expedientes, alcances y actuaciones necesarios para el trámite
de los actos administrativos, llevando el número y registro de los mismos.
4. Generar un sistema de ordenamiento y registro de los movimientos de las actuaciones.
5. Archivar las actuaciones concluidas.
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
ACCIONES
1. Participar y asesorar
en la formulación del presupuesto anual de
2. Efectuar el control de la ejecución presupuestaria de los recursos asignados, y
sus grados de avance a efectos de prever desvíos y necesidades futuras.
3. Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con la gestión presupuestaria,
económica, contable y financiera de
4. Realizar el plan anual
de compras y contrataciones de
5. Intervenir en forma directa y ejecutar las funciones del sistema de compras y contrataciones
para la adquisición de bienes, obras y servicios, de acuerdo a lo establecido
en
6. Supervisar, sujeto a la normativa vigente en cuanto a transparencia y publicidad,
los actos licitatorios.
7. Gestionar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con los bienes patrimoniales.
8. Supervisar el cumplimiento y oportunidad de las liquidaciones de sueldos y complementos
que se realizan en
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO PRESUPUESTO Y CONTABLE
ACCIONES
1. Efectuar las imputaciones provisorias y definitivas de gastos al presupuesto del
organismo y realizar el control del mismo.
2. Efectuar las
registraciones contables de
balances de la información emitidas por las distintas áreas administrativas.
3. Emitir las órdenes de pago de acuerdo a las normativas legales vigentes y organizar
y mantener actualizado el registro de las mismas.
4. Recibir la documentación emitida por las distintas áreas que respalden los estados
contables.
5. Formular y emitir los estados contables correspondientes a cada ejercicio.
6. Realizar el análisis económico-financiero de las ofertas presentadas en las licitaciones
públicas.
7. Emitir las declaraciones juradas determinativas e informativas de impuestos.
8. Realizar las imputaciones de cobros efectuados con su correspondiente documentación
respaldatoria.
9. Preparar la documentación relacionada con las rendiciones de cuentas, cierre de
ejercicio y proyectos de
presupuesto a enviar a
Provincia.
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO TESORERÍA Y RENDICIONES
ACCIONES
1. Administrar y efectuar
la custodia de fondos y valores en poder de
así toda documentación que deba ser protegida.
2. Percibir los importes y efectuar los pagos que por diferentes conceptos se produzcan
en
3. Organizar la recepción
de fondos asignados a
en cuentas fiscales.
4. Registrar y realizar el resumen del movimiento diario de los fondos y mantenerlo
actualizado, informando al Departamento Presupuesto y Contable acerca de las
operaciones de ingresos y egresos.
5. Proveer al Departamento Presupuesto y Contable la información requerida por la
Contaduría General de
resúmenes.
6. Efectuar cobros y depósitos de aranceles y servicios de las Cuentas de Terceros.
7. Supervisar las liquidaciones de pagos de acuerdo a la reglamentación vigente y
garantizar el envío de pagos de sueldos a los investigadores, becarios y profesionales.
8. Efectuar el registro de vencimiento y ordenamiento de las órdenes de pago como
así también su cumplimiento en relación a las normas vigentes.
9. Elaborar la información periódica de las erogaciones realizadas.
10. Preparar y controlar la tramitación de los pedidos de fondos ante Tesorería
General de
DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD
DEPARTAMENTO LIQUIDACIONES
ACCIONES
1. Recibir, controlar y gestionar los pedidos de compras y contrataciones, confeccionando
los pliegos y asegurando el cumplimiento de las disposiciones de la
normativa vigente en la materia.
2. Publicar los anuncios de licitación, invitar a las firmas del ramo a participar en la
misma y organizar los actos de apertura de las ofertas.
3. Participar en los procesos de selección de proveedores, preadjudicación y adjudicación
de compras y contrataciones.
4. Gestionar las garantías contractuales pertinentes y demás documentación necesaria
para el perfeccionamiento de los contratos.
5. Efectuar el control del cumplimiento, en tiempo y forma, de las especificaciones
contractuales de los suministros y su correspondiente facturación.
6. Organizar y mantener actualizado un registro de proveedores y licitaciones de la
provincia.
7. Llevar el registro
patrimonial de los bienes de
8. Realizar las liquidaciones de sueldos, bonificaciones, viáticos, horas extra y
demás retribuciones al personal de los distintos estatutos vigentes, y practicar
las retenciones impuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes y efectuar
las modificaciones que correspondiere según las novedades comunicadas por el
Departamento Personal.
9. Liquidar gastos por servicios, suministros y demás contrataciones que realice el
organismo, incluidas las de personal.
10. Realizar las liquidaciones de rendiciones de cuentas de caja chica y anticipos.
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ACCIONES
1. Planificar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de los recursos
humanos de
determinadas para cada escalafón, de acuerdo con las pautas emanadas de
la dependencia provincial rectora en la materia.
2. Suministrar información acerca del personal a los organismos y dependencias
externas y los propios interesados según corresponda en función de las normas
vigentes.
3. Coordinar y supervisar la planificación de la infraestructura y su mantenimiento
para todos los edificios y predios
pertenecientes a
4. Monitorear la implementación del plan de infraestructura del organismo y, en
caso de requerirse contrataciones para cumplir con el mismo, controlar el cumplimiento
en tiempo y forma de las especificaciones contractuales y verificar las
facturaciones.
5. Planificar, organizar y garantizar la eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios
generales de
mayordomía y conmutador, entre otros.
6. Asegurar el cumplimiento de las reglamentaciones vigentes en materia de higiene
y seguridad en el trabajo, en el área central y de todos los Centros de
Investigación.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEPARTAMENTO DELEGACIÓN DE
ACCIONES
1. Coordinar y ejecutar las acciones propias de la administración del personal de la
CIC garantizando el cumplimiento de las pautas establecidas en los estatutos y
otras normas pertinentes vigentes.
2. Elaborar la documentación pertinente para los seguros del personal ante instituciones
oficiales autorizadas y efectuar el control de los mismos.
3. Intervenir en todo ingreso, toma de posesión, asignación de cargos, traslados,
cambios de destino y demás movimientos de personal.
4. Organizar y ejecutar los procedimientos necesarios a fin de controlar el efectivo
cumplimiento del régimen horario y permanencia en el lugar de trabajo.
5. Informar al Departamento Liquidaciones las novedades referidas al personal del
organismo.
6. Organizar y mantener actualizado el sistema de legajos del personal y emitir las
certificaciones y constancias de servicios solicitadas por el mismo.
7. Proponer y elevar a las autoridades de la comisión programas de actualización y
capacitación para el personal de
8. Comunicar y verificar el cumplimiento de las pautas de Seguridad e Higiene del
Trabajo y proponer medidas tendientes a la mejora del mencionado servicio.
9. Coordinar operativamente, pautas y criterios con el Organismo rector.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEPARTAMENTO INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS GENERALES
ACCIONES
1. Elaborar un plan de infraestructura, conforme a las necesidades detectadas, los
aspectos técnico constructivos y los recursos humanos, materiales y financieros
necesarios, tanto para sede central como para la red de centros propios.
2. Elaborar y ejecutar un plan de mantenimiento básico de los edificios y espacios
de
y financieros necesarios, tanto para sede central como para la red de centros
propios.
3. Efectuar el seguimiento de la ejecución de los planes de infraestructura y mantenimiento
contratados a terceros, realizando el control del uso de materiales y la
asignación de recursos humanos.
4. Relevar y registrar la información sobre la planificación, ejecución y control de las
obras.
5. Programar e implementar el mantenimiento preventivo y correctivo de los automotores
afectados a
6. Establecer los criterios y procedimientos que deberán observar las áreas para la
solicitud y prestación de los servicios de mantenimiento de instalaciones y conservación
de inmuebles y muebles y servicio de choferes.
7. Organizar y administrar el servicio
de conmutador de
8. Detectar las necesidades y solicitar la implementación de acciones de capacitación
del personal técnico y obrero.
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEPARTAMENTO SISTEMAS
ACCIONES
1. Coordinar la aplicación de pautas y criterios de acuerdo a lo establecido por el
organismo provincial rector en la materia.
2. Diseñar sistemas de protección y salvaguarda de la información, programas y
equipos disponibles en
3. Establecer políticas para el uso adecuado y racional de los recursos informáticos
y de la red de datos.
4. Coordinar y gestionar nuevos proyectos de desarrollo de acuerdo a los avances
tecnológicos y a los requerimientos propios de
desarrollo institucional.
5. Capacitar, brindar soporte técnico y de procesos a los sistemas de información
disponibles en
6. Apoyar a los usuarios en operaciones de implementación o adecuación de servicios
informáticos.
7. Coordinar y ejecutar los controles de las redes de equipos y la administración de
las bases de datos.
8. Administrar la página web del organismo, el servicio de correo electrónico, el
manejo de usuarios y la plataforma virtual.
COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
UNIDAD DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN
ACCIONES
1. Participar en la definición del plan estratégico y de los objetivos a cumplir de la
CIC, estableciendo los parámetros de control cualitativos y cuantitativos a utilizar
por programa y llevar a cabo el control de la gestión del organismo.
2. Diseñar el plan anual de control de gestión a ejecutarse en las diferentes áreas y
centros dependientes de
3. Organizar y controlar el diseño y la ejecución de los programas de control de gestión
de
financiera, contable, jurídica y de servicios técnicos, administrativos y
de apoyo al organismo, en función de las áreas que lo conforman.
4. Establecer normas, procedimientos y técnicas tendientes a mejorar la eficacia y
eficiencia, relevancia y confiabilidad de los resultados, de acuerdo a las normas
vigentes, a los objetivos fijados y a los sistemas utilizados, en correspondencia
con el plan estratégico institucional, ya sea a requerimiento del Directorio y/o de
organismos externos de control.
5. Centralizar toda la información
referida al accionar de
estadísticas e informes periódicos a las autoridades del organismo.
6. Elaborar la memoria anual de la
gestión de