Provincia
de Buenos Aires
TESORERÍA
GENERAL
Resolución
Nº 612/14
La Plata, 5 de agosto de 2014.
VISTO la Resolución Nº 570/14,
por la que se emitieron Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos
Aires suscriptas en forma directa en el marco del Programa de Letras del Tesoro
para el Ejercicio 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º
de la Resolución
citada precedentemente establece la emisión de “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos
Aires en pesos a trescientos sesenta y cuatro (364) días con vencimiento el 20
de julio de 2015” por la suma de Valor Nominal Pesos seiscientos setenta y seis
millones (VN $ 676.000.000,00);
Que el inciso s)
del artículo antes mencionado establece la forma de pago de las Letras
emitidas, indicando que los mismos se realicen mediante la transferencia de los
importes correspondientes a la
Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las
respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro;
Que la Caja de Valores Sociedad
Anónima ha informado que los fondos para ser aplicados al pago de los servicios
financieros de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires deberán ser
transferidos a la cuenta en Pesos de Caja de Valores Sociedad Anónima Nº 901 en
el Banco Central de la
República Argentina;
Que por expediente
Nº 5500-3599/14, tramitó la registración contable de la emisión en cuestión,
habiendo tomado la
Contaduría General y el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos
Aires la intervención de su competencia;
Que es necesario
se emita la Orden
de Pago que posibilite su rescate.
Por ello,
EL TESORERO
GENERAL DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Por Tesorería General de la Provincia, previa intervención de la Contaduría General
de la Provincia,
proceder al rescate de “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos
Aires en pesos a trescientos sesenta y cuatro (364) días con vencimiento el 20
de julio de 2015” por la suma de Valor Nominal pesos seiscientos setenta y seis
millones (VN $ 676.000.000,00), los que deberán ser transferidos a la Caja de Valores Sociedad
Anónima.
ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar a la Contaduría General
de la Provincia,
publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Amílcar Zufriategui
Tesorero
General
C.C. 8.751