HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS

RESOLUCIÓN AG N° 5/2020

La Plata, 26 de Mayo de 2020.-

VISTO la normativa emergente de la actual crisis sanitaria en relación a la pandemia COVID-19, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 249/2020 el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires estableció que la Cuenta General del Ejercicio 2019 deberá ser presentada dentro del plazo de treinta (30) días corridos, contados desde el vencimiento de la suspensión dispuesta en el artículo 3° del Decreto N°132/2020 y sus prorrogas, de acuerdo a lo que establece la Ley N° 13.767 y Su Decreto Reglamentario N° 3260/08;

Que en concordancia con ello y a efectos de asegurar el cumplimiento de las tareas de los auditores y la función de control que es atribución del H. Tribunal de Cuentas, corresponde definir las consecuencias que dicha disposición establece sobre el procedimiento determinado por la ley 10869;

Por ello,

EL HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrogar por un lapso de igual extensión, según el decreto 249/2020, los términos establecidos por los Artículos 17, 18 y 18 ter de la Ley 10869 y toda otra normativa que se relaciones con los plazos de la Cuenta General del Ejercicio.

ARTÍCULO SEGUNDO: Firmar la presente Resolución, que consta de una (1) fojas. Rubricar por el Director General de Receptoría y Procedimiento (Resolución N' 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires), registrar, comunicar a la Contaduría General de la Provincia, publicar en el Boletín Oficial y en la página web del organismo. Cumplido, archivar.

Juan Pablo Peredo, Daniel Carlos Chillo, Eduardo Benjamín Grinberg. Rubricado: Ricardo César Patat.