Decreto 1052/2019
La Plata, 2 de agosto de 2019
VISTO el EX-2018-24979330-GDEBA-IPLYCMJGM, por el cual se propicia designar en la planta permanente de la Ley N° 10.430, a cuarenta y dos (42) personas que revistan en calidad de personal transitorio mensualizado, y
CONSIDERANDO:
Que las características de funcionamiento del Organismo, el incremento constante de tareas y la agilidad que se requiere en la aplicación de normas y procedimientos para lograr una óptima explotación de los juegos de azar, hacen imprescindible contar con los recursos humanos necesarios para llevar adelante eficazmente sus cometidos funcionales;
Que por el presente se gestiona designar a cuarenta y dos personas en la planta permanente de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 18769/96) y su reglamentación, quienes vienen desempeñándose en la planta temporaria, como personal transitorio mensualizado, y para el ejercicio fiscal 2018 fueron designados por Decreto N° 1488/18;
Que los postulantes indicados en el anexo I (IF 2018 27403789 GDEBA DSTYAIPLYC) reúnen los requisitos de idoneidad necesarios, y se han capacitado para desempeñar las tareas encomendadas;
Que para efectivizar las referidas designaciones, se transformarán los cuarenta y dos (42) cargos que actualmente ocupan las personas propuestas, de conformidad con el artículo 17 inciso 1) de la Ley N° 15.078 de presupuesto general ejercicio 2019;
Que los nombramientos se gestionan a partir del 1° de Enero de 2019 por cuestiones de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto N° 272/17 E;
Que el agente Kevin DISAVIA presta servicios en la Dirección de Sistemas y revista en un cargo incluido en el nomenclador informático aprobado por Disposición N° 246/89 y su ampliación por Disposición N° 2812/09 de la entonces Dirección Provincial de Personal, de modo que corresponde asignarle a partir del 1° de Enero de 2019, la bonificación del 65 % prevista en el artículo 2° del Decreto N° 8373/87, Decreto N° 2237/89 y sus modificatorios y ampliatorios y la bonificación del 60% establecida por Decreto N° 244/08, para el personal de centro de cómputos;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía, la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público y Contaduría General de la Provincia;
Que los nombramientos que se promueven tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurrido el plazo que determina el artículo 6º de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 4161/96, desde la notificación del presente; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORADE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Efectuar dentro del presupuesto general ejercicio 2019 - Ley Nº 15.078- 1. Sector Público Provincial no Financiero - 1. Administración Provincial - 4. Organismos Descentralizados no Consolidados - Jurisdicción 07 - Entidad 020: Instituto Provincial de Lotería y Casinos - Unidad Ejecutora: 323 – Ubicación Geográfica: 999, la siguiente transferencia de cargos: DÉBITO
Programa 1- Actividad 1 – Finalidad 3 – Función 2 – Fuente de Financiamiento 1.2 – Inciso 1 – Principal 2Régimen Estatutario 01 -
Agrupamiento Ocupacional 01: Servicio 20 cargos
Agrupamiento Ocupacional 03: Administrativo 20 cargos
Agrupamiento Ocupacional 05: Profesional 02 cargos
CRÉDITO
Programa 1- Actividad 1 – Finalidad 3 – Función 2 – Fuente de Financiamiento 1.2 – Inciso 1 – Principal 1Régimen Estatutario 01 -
Agrupamiento Ocupacional 01: Servicio 18 cargos
Agrupamiento Ocupacional 03: Administrativo 20 cargos
Agrupamiento Ocupacional 04: Técnico 01 cargos
Agrupamiento Ocupacional 05: Profesional 03 cargos
ARTÍCULO 2°. Modificar el resumen del número de cargos –organismos descentralizados no consolidados del presupuesto general ejercicio 2019 -Ley N° 15.078, conforme al siguiente detalle: DISMINUCIÓN
Organismos Descentralizados no Consolidados
Instituto Provincial de Lotería y Casinos
Planta Temporaria 42 cargos
AMPLIACIÓN:
Organismos Descentralizados no Consolidados
Instituto Provincial de Lotería y Casinos
Planta Permanente 42 cargos
ARTÍCULO 3°. Designar a partir del 1° de Enero de 2019, en la Jurisdicción 11407 -MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS- Entidad 020 -INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS, con excepción del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, en la planta permanente de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 4161/96, a las personas que se nominan en el anexo I (IF 2018 27403789 GDEBA DSTYAIPLYC) que integra el presente, en las direcciones, cargos, agrupamientos, categorías y régimen horario que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 4°. Asignar en la Jurisdicción 11407 –MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS- Entidad 020- INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS-, a Kevin DISAVIA (DNI 35.665.425 – clase 1991), a partir del 1° de Enero de 2019, la bonificación del 65 % prevista en el artículo 2° del Decreto N° 8373/87, Decreto N° 2237/89 y sus modificatorios y ampliatorios y la bonificación del 60% establecida por Decreto N° 244/08, para el personal de centro de cómputos.
ARTÍCULO 5°. Modificar en la Jurisdicción 11407 –MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS- Entidad 020- INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS-, el plantel básico de la repartición que se menciona, e incorporar los cargos que en cada caso se indica: PRESIDENCIA
Agrupamiento Administrativo 5 cargos
Agrupamiento Profesional 2 cargos
Agrupamiento Servicio 2 cargos
Agrupamiento Técnico 1 cargo
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS:
Agrupamiento Administrativo 5 cargos
Agrupamiento Profesional 1 cargo
Agrupamiento Servicio 15 cargos
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE JUEGOS Y EXPLOTACIÓN
Agrupamiento Administrativo 8 cargos
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HIPÓDROMOS Y CASINOS
Agrupamiento Administrativo 2 cargos
Agrupamiento Servicio 1 cargo
ARTÍCULO 6º. Dejar establecido que las designaciones que se efectúan por el artículo tercero del presente decreto, tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurrido el plazo que determina el artículo 6º de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 4161/96, desde la notificación del presente.
ARTÍCULO 7°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, y dar al Boletín Oficial. Cumplido archivar.
Hernan Lacunza, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora
NOTA: El Anexo Único del presente Decreto, puede ser consultado en nuestra Página Web en su versión PDF.