Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Y SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución Nº 557/17

 

La Plata, 14 de junio de 2017.

 

VISTO el expediente Nº 2406-1922/17 mediante el cual tramita la Licitación Pública para la adjudicación de la obra: “Defensa Contra Inundaciones de la Ciudad de General Villegas”, en el partido de General Villegas, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la presente gestión se encuadra en las previsiones establecidas en la Ley Nº 14.812, reglamentada por el Decreto Nº 443/16, que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el déficit existente y posibilitar la realización de las acciones tendientes a la promoción del bienestar general;

 

Que por Resolución Nº 366 de fecha 11 de abril de 2017 obrante en copia certificada a fojas 124/125 y vuelta se aprobó la documentación y se autorizó a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra de referencia, con un presupuesto oficial de pesos cuarenta y tres millones seiscientos doce mil seiscientos cincuenta ($43.612.650), con un plazo de ejecución de ciento veinte (120) días corridos;

 

Que en virtud del artículo 48 de la Ley Nº 6.021, el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones prevé el otorgamiento de un anticipo financiero equivalente al treinta por ciento (30%) del monto contractual, previa constitución de garantía a satisfacción de este Ministerio;

 

Que se han cumplimentado las publicaciones en la página web a fojas 127/145 conforme lo establecido en el artículo 3° de la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16;

 

Que se recibieron catorce (14) ofertas según surge del Acta de Apertura de fecha 12 de mayo de 2017, obrante a fojas 171/173 y vuelta;

 

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expide a fojas 1953/1954 y vuelta aconsejando adjudicar las referidas labores a la empresa GIACOIA DANIEL AGUSTÍN por la suma de pesos treinta y siete millones sesenta y cuatro mil novecientos sesenta y cinco con treinta y un centavos ($37.064.965,31), por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal;

 

Que en consecuencia, corresponde desestimar las ofertas de las empresas: CONCRET – NOR S.A., VIALME S.A., U.T.E. TECMA S.A. – PRATES Y CÍA S.A., MARCALBA S.A., PELQUE S.A., CEMAR S.A. – DIPRONOR S.A.C.I.F.I U.T.E., CASELLA S.A., OLIVO ZAMBANO S.A., LUIS FRANCO RUSSO – PF COMPAÑÍA CONSTRUCTORA S.A. – VILLEGAS – UT, TECNIPISOS S.A., FONTANA NICASTRO S.A.C., INSA S.A. – OCSA S.A. U.T. DEFENSA CIUDAD GRAL. VILLEGAS, y BURGWARDT Y CIA S.A.I.C. Y A. G.;

 

Que a fojas 1966 la Dirección de Presupuesto realizó la imputación preventiva del gasto;

 

Que por lo expuesto resulta procedente dictar el pertinente acto administrativo;

 

Que han tomado intervención Asesoría General de Gobierno (fojas 1960 y vuelta), Contaduría General de la Provincia (fojas 1961 y vuelta) y Fiscalía de Estado (fojas 1959);

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 23 de la Ley Nº 6.021, el artículo 21 de la Ley Nº 14.853 y la Ley de Emergencia N° 14.812 y su Decreto Reglamentario N° 443/16;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar la Licitación Pública realizada por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones para la adjudicación de la obra: “Defensa Contra Inundaciones de la Ciudad de General Villegas”, en el partido de General Villegas y declarar suficientes las publicaciones efectuadas.

 

ARTÍCULO 2º. Adjudicar los trabajos para la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente, a la empresa GIACOIA DANIEL AGUSTÍN, por la suma de pesos treinta y siete millones sesenta y cuatro mil novecientos sesenta y cinco con treinta y un centavos ($37.064.965,31), para obra, a la que agregándole la suma de pesos trescientos setenta mil seiscientos cuarenta y nueve con sesenta y cinco centavos ($370.649,65) para dirección e inspección y la suma de pesos un millón ciento once mil novecientos cuarenta y ocho con noventa y seis centavos ($1.111.948,96) para la reserva establecida en la Ley Nº 14.052, modificatoria del artículo 8º de la Ley Nº 6.021, hace un total de pesos treinta y ocho millones quinientos cuarenta y siete mil quinientos sesenta y tres con noventa y dos centavos ($38.547.563,92), estableciéndose un plazo de ejecución de ciento veinte (120) días corridos.

 

ARTÍCULO 3°. Atender la suma mencionada en el artículo precedente con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General - Ejercicio 2017 - Ley 14.879 - CAT PRG – NRO 10 – PRY 2438 – FI 4 - FU 4 - FF 11/13 – PP 4 – PS 2 - PAR 2 - UG 285.

 

ARTÍCULO 4°. Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General de la Provincia, transferirá a las respectivas cuentas de terceros del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos los importes correspondientes a las reservas para dirección e inspección y para el artículo 8° de la Ley Nº 6.021, modificada por la Ley Nº

14.052, para lo cual se procederá por la Dirección Provincial de Obra Hidráulica a la formación de los respectivos alcances.

 

ARTÍCULO 5º. Aprobar el otorgamiento, previa constitución de garantía, de un anticipo financiero del treinta por ciento (30%) del monto del Contrato, conforme lo establecido en el artículo 2.1.5 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.

 

ARTÍCULO 6°. Desestimar por no ser convenientes al interés fiscal las ofertas presentadas por las empresas: CONCRET – NOR S.A., VIALME S.A., U.T.E. TECMA S.A. – PRATES Y CÍA S.A., MARCALBA S.A., PELQUE S.A., CEMAR S.A. – DIPRONOR S.A.C.I.F.I U.T.E., CASELLA S.A., OLIVO ZAMBANO S.A., LUIS FRANCO RUSSO –  PF COMPAÑÍA CONSTRUCTORA S.A. – VILLEGAS – UT, TECNIPISOS S.A., FONTANA NICASTRO S.A.C., INSA S.A. – OCSA S.A. U.T. DEFENSA CIUDAD GRAL VILLEGAS, y BURGWARDT Y CIA S.A.I.C. Y A.G.

 

ARTÍCULO 7º. Proceder por la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones a desglosar y entregar bajo debida constancia, a las empresas mencionadas en el artículo anterior o a quien legalmente corresponda, las garantías que presentaran como afianzamiento de sus ofertas.

 

ARTÍCULO 8°. Dejar establecido que la presente contratación queda sujeta a los términos de los artículos 1º y 2º del Decreto N° 4041/96.

 

ARTÍCULO 9°. Registrar, notificar al señor Fiscal de Es tado, comunicar y girar a la Dirección Provincial de Compras y Contrataciones. Cumplido, archivar.

 

Roberto Gigante

Ministro de Infraestructura y

Servicios Públicos

 

C.C. 8890