Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE JUSTICIA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS

Disposición 58/16

 

La Plata, 6 de octubre de 2016.

 

VISTAS las presentes actuaciones, iniciadas por la Directora Técnico Administrativa y el dictamen de la Directora de Registro, Legitimaciones y Fiscalización de esta Dirección Provincial de Personas Jurídicas; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que es objetivo de gestión y de interés de esta Dirección Provincial la modernización administrativa en procura de transparencia, acceso a la información y rapidez en la prosecución de los trámites ante esta Dirección Provincial de Personas Jurídicas, optimizando el sistema para su tramitación, tendiendo a la despapelización y brindando una mayor dinámica y funcionalidad a la utilización de los espacios físicos.

 

Que, como consecuencia del incremento del caudal diario de ingreso de expedientes ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, actualmente el archivo de la misma se encuentra al máximo de ocupación, lo que en consecuencia genera una mala administración de recursos, espacios y orden de guardado para su mejor utilización; dificultando el cumplimiento de los objetivos mencionados en el párrafo anterior.

 

Que, los expedientes de Rúbrica de Libro antes mencionados se encuentran en dicho archivo porque ha culminado su tramitación -habiendo sido entregada la documentación a los particulares interesados-, o bien, han sido remitidos al archivo por haber permanecido inactivos por desinterés del particular solicitante.

 

Que, en cualquier caso, ninguno de los expedientes antes mencionados cuenta con documentación respecto de la cuál exista una obligación de guarda por parte de este organismo como autoridad de contralor, conforme el decreto 3.066 del 24 de septiembre de 1991.

 

Que además, la información útil a los efectos registrales que esta Dirección Provincial debe guardar como organismo de registro y que pudiera surgir de la tramitación de dichos expedientes, ya obra asentada en el sistema informático -TRAMIX- que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas utiliza desde el año 2006; y, la que no obra en dicho sistema, es reproducible o susceptible de reconstrucción con intervención del interesado o de los profesionales que hayan intervenido en la confección de documentos.

 

Que, en consecuencia y en aras de cumplir con los objetivos descriptos, resulta necesario establecer medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, traducido en acciones para la modernización de la Administración, privilegiando optimizar la utilización del archivo a fin de incrementar la agilidad en el acceso a los antecedentes allí depositados.

 

Que, en este contexto, se considera conveniente depurar el archivo de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas mediante la destrucción de los expedientes correspondientes a Rúbrica de Libros iniciados a partir del mes de abril de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2015, toda vez que se trata de documentación cuya reserva es innecesaria respecto de trámites que han cumplido con sus objetivos de creación y exceden el requisito de guarda.

 

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DIPONE:

 

ARTÍCULO 1°: Ordenar la destrucción de los expedientes de Rúbrica de Libros iniciados a partir del mes de abril de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2015 y que se encuentran actualmente en el Archivo Anexo de Tolosa de esta Dirección Provincial de Personas Jurídicas, ubicado en calle 3 y 525.

 

ARTÍCULO 2°: En el futuro, se procederá a la destrucción de los expedientes de Rúbrica de Libros cuando haya transcurrido un año de su remisión al archivo con posterioridad a su culminación o de acaecida la inactividad del particular interesado en relación a su tramitación.

 

ARTÍCULO 3°: La presente entrará en vigencia al quinto (5°) día hábil de su publicación en el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 4°: Registrar, comunicar, notificar al Director Provincial de Personas Jurídicas, a la Dirección de Registro y Legitimaciones, Fiscalización, y Dirección Técnico Administrativa, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a Departamentos, Áreas y Oficinas Delegadas. Cumplido, Archivar.

 

Leonardo Jakim

Director Provincial

C.C. 13.804