SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

Utilización del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas entre la Administración de Justicia y el Servicio Penitenciario Bonaerense

Res. Nº 1176

Exp. SPL N° 4/17

VISTO: El Convenio Marco suscripto por esta Suprema Corte con el Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires el 13 de noviembre de 2014, registrado bajo el N° 294; y CONSIDERANDO:

Que, por el referido Convenio, las partes han reconocido la importancia de la utilización de los actuales adelantos tecnológicos y desarrollos informáticos en las labores de gestión de intercambio de información y acordaron emplear un sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas a fin de imprimir celeridad y certeza a dicha labor.

Que en dicha ocasión se convino la implementación del mencionado sistema, inicialmente en modo de prueba piloto, para las presentaciones y notificaciones que se realicen entre el Tribunal de Casación Penal y la Jefatura del Servicio Penitenciario Bonaerense y se contempló la posibilidad de extender la aplicación de dichos medios tecnológicos para todo intercambio de información entre los órganos jurisdiccionales y el Ministerio de Justicia -cláusula tercera-.

Que desde la fecha de la firma del citado convenio, los representantes de ambos organismos en cumplimiento de las facultades y compromisos asumidos, avanzaron en concretar la utilización de herramientas en formato electrónico y su aplicación ha resultado exitosa, mejorando los tiempos y calidad en la gestión de las comunicaciones entre las áreas que alcanzaban la prueba piloto.

Que con el transcurso del tiempo, el uso de esta herramienta se ha extendido al resto de los órganos jurisdiccionales del Fuero Penal y de la Responsabilidad Penal Juvenil, habiendo resultado asimismo positiva dicha experiencia en lo que refiere a la celeridad y seguridad de las comunicaciones que deben realizarse en el contexto de un proceso judicial.

Que, habiéndose llevado a cabo las pruebas del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la Suprema Corte de Justicia por parte del personal autorizado del Servicio Penitenciario Bonaerense y habiendo manifestado el Jefe del referido organismo su expresa conformidad con la implementación de la funcionalidad del diligenciamiento electrónico de las comunicaciones aludidas, corresponde disponer que, todas las notificaciones que se realicen desde un órgano jurisdiccional hacia el Servicio Penitenciario Bonaerense y las presentaciones que éstos deban dirigir a dichos órganos, sea en un proceso judicial o en cuestiones administrativas vinculadas al quehacer jurisdiccional, deberán concretarse, a partir del 2 de noviembre del corriente año, indefectiblemente por medios telemáticos a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.

Que, por su parte, la Subsecretaría de Tecnología Informática ha adoptado los recaudos necesarios para facilitar la operatividad de la herramienta informática en cuestión a partir de la fecha arriba indicada.

Que, cabe concluir que la implementación de los avances alcanzados colaborará con una mayor eficiencia del servicio de justicia (art. 15, Const. Pcial.), en aspectos instrumentales que reconocen las posibilidades actuales de comunicación.

Por Ello, la Suprema Corte de Justicia en ejercicio de sus atribuciones (art. 32° inc. "a" Ley 5827) y con arreglo a lo establecido en el artículo 4º del Acuerdo 3971

RESUELVE

Artículo 1º: Disponer que, a partir del 2 de noviembre del corriente año, todas las notificaciones que se realicen desde un órgano jurisdiccional hacia el Servicio Penitenciario Bonaerense y las presentaciones que éstos deban dirigir a dichos órganos, sea en un proceso judicial o en cuestiones administrativas vinculadas al quehacer jurisdiccional, deberán concretarse por medios telemáticos a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la Suprema Corte de Justicia.

Artículo 2º: Tales oficios serán dirigidos al/los domicilio/s electrónico/s respectivo/s del Servicio Penitenciario Bonaerense dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires que será/n publicado/s por la Subsecretaría de Tecnología Informática en la página web de la Suprema Corte de Justicia. Las respuestas a dichos oficios judiciales, también serán incorporadas y remitidas por la citada Dirección en el Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.

Artículo 3º: Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Informática de esta Suprema Corte, la efectiva disponibilidad de la modalidad informática en cuestión para la fecha indicada en el artículo 1º de la presente, así como la elaboración del instructivo relativo al/los domicilio/s electrónico/s que se mencionan en el artículo 2º.

Artículo 4º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el sitio web de esta Suprema Corte y comuníquese.

Hilda Kogan, Eduardo Néstor de Lazzari, Eduardo Julio Pettigiani, Sergio Gabriel Torres, Luis Esteban Genoud, Daniel Fernando Soria. Ante mí: Néstor Trabucco, Matías José Álvarez.