Decreto 1494/2019

La Plata, 25 de noviembre de 2019

VISTO el expediente N° 2976-3557/18 y agregados sin acumular del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la designación, a partir del 8 de octubre de 2018, de tres personas en el Hospital Zonal General de Agudos "Magdalena V. de Martínez" de General Pacheco, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y

CONSIDERANDO:

Que para propiciar dichas medidas se afectaron vacantes originadas por diferentes tipos de ceses de personal de planta permanente, las cuales se encuentran vigentes en el presupuesto general ejercicio 2019, Ley N° 15.078, y cuya adecuación presupuestaria se gestionará por expediente separado;

Que la presente designación se concreta de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que los agentes cuyas designaciones se propician se desempeñarán efectivamente en establecimientos hospitalarios del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con los cargos necesarios de acuerdo con lo previsto en el presupuesto vigente;

Que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentre reunida toda la documentación requerida en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471;

Que los nombramientos se gestionan a partir de fecha cierta por motivos de servicio, como excepción al artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, a partir del 8 de octubre de 2018, de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 47 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, como personal comprendido en la carrera profesional hospitalaria, en el grado de asistente, con carácter interino, a las profesionales que se mencionan en el IF-2018-21840601-GDEBA-DPTCHMSALGP, que forma parte integrante del presente, en las condiciones que se indican en el mismo.

ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Relaciones Laborales del Ministerio de Salud, debe controlar que se encuentren reunidos los antecedentes requeridos en los artículos 4° y 6° de la Ley N° 10.471.

ARTÍCULO 3º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programas: 0013 – Subprograma: 004 – Actividad: 1 - Finalidad 3 – Ubicación Geográfica: 805 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 - Parcial 0 Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2019- Ley N° 15.078.

ARTÍCULO 4º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Andres Roberto Scarsi, Ministro; Federico Salvai, Ministro; María Eugenia Vidal, Gobernadora

NOTA: El Anexo Único del presente Decreto, puede ser consultado en nuestra Página Web en su versión PDF.