LEY 12101
DECLARANDO RESERVA NATURAL PROVINCIAL
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE
LEY
ARTICULO 1.- Declárase Reserva Natural Provincial de Usos
Múltiples "Bahía Blanca, Bahía Falsa y Bahía Verde" a las islas,
bancos y aguas comprendidas entre los siguientes límites: al norte y noroeste
el Canal Principal hasta el paralelo 30º
ARTICULO 2.- Serán de aplicación a la
presente las normas previstas en
ARTICULO 3.-
ARTICULO 4.- El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente dentro del plazo de sesenta (60) días desde su promulgación.
ARTICULO 5.- Derógase
ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.