DECRETO 328 /82

LA PLATA, 14 de ABRIL de 1982.


VISTO el Decreto Nacional nº 688/82 por el que el Poder Ejecutivo convoca al personal de la reserva fuera de servicio de la Clase 1962 y aquellas otras clases que cumplieron el Servicio Militar Obligatorio con la antes mencionada, con el propósito de extremar medidas de seguridad en todo el ámbito nacional, a raíz de la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario establecer las pautas y sistematizar el procedimiento para la concesión de las licencias a otorgar a los agentes de la Administración Pública Provincial que se hallan en tal situación y para los que en el futuro fueren convocados.


Que como es de público conocimiento los mismos deben acudir al llamado aún sin haber recibido cédula de convocatoria, circunstancia que dificulta la acreditación fehaciente de la fecha de incorporación y del monto de los haberes que se le fijen en el orden castrense, en cada caso.

Que, no obstante tales inconvenientes, es menester mantener la continuidad en la percepción de los haberes a favor de los familiares directos de los agentes convocados, mientras éstos no designen a la persona receptora de dichos haberes durante su ausencia.

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


DECRETA:


ARTICULO 1: Al personal de la Administración Pública Provincial que fuera convocado por Decreto Nacional nº 688/82 y por los que en el futuro se dicten en el mismo sentido, se le concederá licencia con goce de haberes a partir de la fecha de su incorporación y hasta treinta días después de su desconvocatoria.


ARTICULO 2: Dicha licencia será otorgada en el carácter invocado, sin perjuicio de los reajustes a que hubiere lugar con motivo del dictado de normas reguladoras de las retribuciones a asignar a los convocados para la prestación de servicios militares.


ARTICULO 3: El agente convocado deberá acreditar la fecha de desconvocatoria mediante la presentación de su documento de identidad o cualquier otra documentación fehaciente firmada por autoridad competente.


ARTICULO 4: Autorízase a los titulares de Organismos Autárquicos, Directores Generales de Administración de los Ministerios, funcionarios que hagan sus veces en los Organismos de la Constitución y Asesoría General de Gobierno y al Director General del Personal de la Provincia a conceder la licencia establecida en este Decreto, en base al modelo de resolución que como Anexo I forma parte del presente.


ARTICULO 5: Autorízase a las Direcciones de Administración Contable u Oficinas que hagan sus veces a abonar a los cónyuges, padres y o demás familiares directos que se encuentren a cargo económico, los haberes de los agentes incorporados a las Fuerzas Armadas o de Seguridad, en aquellos casos en que los mismos no hayan designado la persona encargada de su recepción.


ARTICULO 6: Los interesados deberán probar el derecho que les asiste para recibir tales haberes mediante la presentación de la documentación que acredite el vínculo invocado y la declaración jurada, que como Anexo II forma parte del presente.


ARTICULO 7: Cualquier falsedad en que se incurra en la Declaración Jurada a que se refiere el artículo anterior, hará perder el derecho a la percepción de los haberes durante todo el tiempo de convocatoria, sin perjuicio de las acciones penales que pudieran corresponder.


ARTICULO 8: Este Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en todos los Departamentos de Estado.


ARTICULO 9: Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.

 

 

ANEXO I

 

LA PLATA,

 

VISTO que el agente de la Dirección de ..........................................., Don.......................................... ha sido convocado por las Fuerzas Armadas y/o de Seguridad para cumplir con las obligaciones inherentes a la Seguridad Nacional, con motivo de la recuperación de la Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que resulta de aplicación en la emergencia lo dispuesto por el Decreto nº.....................

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION

(o funcionario que corresponda)

DISPONE

(o Resuelve)

 

ARTICULO 1.- Concédese licencias por convocatoria a las Fuerzas Armadas (y/o de Seguridad), al agente de la Dirección de...................................................................., quien revista en el Cargo (o Función)..........................................................................................................................Don..............................................................................(M.I./D.N.I.nº..........................................Clase..................................................................) a partir del ........................................hasta su desconvocatoria, en los términos del Artículo 3º del Decreto nº..................................................................................................

 

ARTICULO 2.- Esta licencia debe considerarse con goce íntegro de haberes, sin perjuicio de efectuar los reajustes que pudieren corresponder, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2º del citado Decreto.

 

ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese, anótese y archívese.

 

 

DISPOSICION nº___________________

ANEXO II

 

MODELO: FORMULARIO DECLARACION JURADA PARA PERCEPCION DE HABERES- Agentes convocados por las Fuerzas Armadas y/o de Seguridad, para cumplir con las obligaciones inherentes a la Seguridad Nacional, con motivo de la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur.

 

 

................................................................................................................................................................

LUGAR Y FECHA

 

 

El suscripto..................................................................................................................................D.N.I./ L.C./C.I.nº................................................................Domicilio............................................................. acreditando su carácter de (cónyuge, padre, madre, abuelo, abuela, hermanos) de.......................................................................................................... quien revista en (Dependencia-Organismo)................................................................................................................................Cargo o Función.......................................... Clase......................................................................, Declara bajo juramento hallarse a cargo económico del mismo.

 

UNIDAD MILITAR...............................................................................................................................

LOCALIDAD........................................................................FECHA DE ALTA..................................

HABERES ASIGNADOS (si se conocieren).........................................................................................

 

En el carácter invocado solicita el pago de los haberes correspondientes, mientras el citado agente no acredite la designación de la persona encargada de su recepción y se compromete a comunicar a ésta Dirección General de Administración (u Organismo correspondiente), en cuanto tenga conocimiento, la remuneración que percibe el agente en el orden castrense.

 

 

Saludo a Usted atentamente.-

 

 

Firma:...........................................................

 

Aclaración:...........................................................