Fundamentos de la

Ley 13890

 

El presente proyecto de ley tiene por objeto declarar de Interés Arquitectónico, Histórico y Cultural, incorporado definitivamente al Patrimonio Cultural de la provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley 10.419, a los edificios conocidos como “Los Miradores de Olmos“ y a la “Capilla“, ubicados en los terrenos del Complejo Penitenciario de la localidad de Lisandro Olmos, partido de La Plata, provincia de Buenos Aires.

“Los Miradores de Olmos”, por sus características arquitectónicas e históricas, presentan dos miradores, con terrazas que datan del año 1884. Las habitaciones convergen a un patio central que tiene una fuente y un pozo con aljibe.

Se enmarcan en el estilo italianizante que se impone en el país alrededor de 1850. Su construcción data de alrededor del año 1890, siendo su comitente el Coronel Lisandro Olmos, que a la postre, ya para 1916 fecha de su deceso, había logrado materializar una casa de verano (como la denomina el extinto José Maria Prado al edificio de referencia) con un total de 327 hectáreas.

Este edificio puede interpretarse como el punto de partida de la génesis del asiento poblacional que derivó en la localidad de Lisandro Olmos.

El segundo de los edificios mencionados, La Capilla, debe su existencia al asentamiento de la Cárcel de Mujeres, siendo ellas las que a partir de 1935 ocupan el edificio, conducido por las Hermanas de la Orden del Buen Pastor, que como particularidad presenta divididas sus naves con rejas desde el piso hasta el techo.

Dicha particularidad hace que en una de las naves no enrejadas y con acceso desde el exterior, asistiera la comunidad del lugar a recibir los sacramentos del bautismo y casamientos, como así también cumplir con asistir a misa.

Los datos históricos nos dicen que al fundarse la nueva Capital de la provincia en 1882 el Fundador Dr. Dardo Rocha, con el equipo técnico del Departamento de Ingenieros, procedió, previa expropiación, a la división de solares, quintas y chacras, para la venta. Entre los adquirentes de chacras figuró el Coronel Olmos. En 1916 y habiendo sumado otras parcelas a la original, ya se había conformado una estanzuela agrícola en la que se incluía la propiedad Señorial Casona de planta mediterránea (Domo), en la que se destacan sendos miradores.

En la década de 1920 y con la construcción del ramal Meridiano V se asientan en la zona para la producción fruti-hortícola, inmigrantes que darán origen al incipiente poblado.

El 12 de junio de 1935, la Inspección General de Prisiones, dispuso el traslado de las penadas desde la Cárcel de la calle 46 Nro. 780 entre las de 10 y 11 de La Plata, a la Cárcel de Olmos(ocupada hoy por las Unidades 22 y 25 de este Servicio Penitenciario Bonaerense). En esta época la Cárcel de Mujeres estaba dirigida por las Hermanas de la Orden del Buen Pastor y para la atención espiritual de las internas contaban con un Capellán que residía en la Casona.

El 14 de julio de 1970 se dicta el acto administrativo por el cual se asigna la Casona “Los Miradores“ a la División Traslado y custodia de Detenidos, dependiente de la Dirección de Seguridad.

Los inmuebles se encuentran, en plena etapa de concreción del lugar como “Museo y Archivo Los Miradores de Olmos“, proyecto cultural de gestión realizado en forma asociada entre el Servicio Penitenciario y la Comunidad de Lisandro Olmos, representada por la Asociación de Amigos del Museo y Archivo “Los Miradores de Olmos“, integrada por entidades de bien público, siendo por ello, que reconocemos la necesidad de proteger a estos edificios mediante una declaración expresa de la Legislatura Provincial.

Debemos entender al patrimonio, como la composición integradora de todos los elementos naturales y culturales que son heredados y mediante los cuales, los grupos sociales reconocen su identidad y se someten a transmitirlos a generaciones futuras. De este modo se debe valorar nuestro pasado y herencia cultural, como nuestro patrimonio arquitectónico, histórico y cultural.

Conociendo nuestra riqueza cultural podremos llegar a comprender la importancia de estos legados que pertenecen a toda la comunidad y enseñar y educar a la ciudadanía a respetar el entorno artístico cultural.

Por todo lo expuesto solicito a los Sres. Legisladores que acompañen con su voto el presente proyecto de ley