LEY 13741

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Condónase la deuda que por todo concepto mantienen los adjudicatarios de viviendas del Barrio "General Villegas" de la Ciudad de Trenque Lauquen (Conjunto compuesto por 160 viviendas identificadas catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Quinta 28, Manzanas 28a, 28b, 28c, 28d, 28e, 28f, 28g, 28h, 28k, 28m, 28n, 28p, 28r, 28s, 28t y 28v), con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.


ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.