DECRETO 2628/96
LA PLATA, 22 de JULIO de 1996.
VISTO el Decreto Nº 1039/96 mediante el cual se aprueba la Estructura
Organizativa Centralizada y Descentralizada Funcional del Ministerio de
Gobierno y Justicia, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario efectuar correcciones y adecuaciones organizativas a la
estructura orgánico funcional aprobada para el Ministerio de Gobierno y
Justicia;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1.- Déjase excluida de los
alcances del artículo 2° del Decreto Nº 1039/96, en la Subsecretaría de Asuntos
Municipales e Institucionales, la Estructura Organizativa correspondiente a
Dirección Provincial de Planificación General, con sus objetivos, metas,
acciones y tareas que fueran aprobados por Anexos Ib, II, III, IV y VI
respectivamente.
ARTICULO 2.- Exclúyese del
artículo 3° del Decreto Nº 1039/96 los cargos de: Director Provincial de
Planificación General; Director de Programas y Proyectos; Director de
Programación y Coordinación del Sector Público, Jefe del Departamento
Diagnóstico, Análisis y Evaluación de Proyectos; Jefe del Departamento de
Elaboración y Coordinación de Programas, Jefe del Departamento Procesamiento de
Información y Diagnóstico y Jefe del Departamento Metodología y Coordinación
del Sector Público.
ARTICULO 3.- Exclúyense los
artículos 4° y 7° del Decreto Nº 1039/96.
ARTICULO 4.- Déjase establecido que la
Dirección Provincial de Planificación General mantendrá su dependencia de la
Jurisdicción II - Secretaría General de la Gobernación con su respectiva
Estructura Organizativa, metas, acciones, tareas y cargos de igual forma y
modo.
ARTICULO 5.- Sustitúyese el Anexo I y
Ib del Decreto Nº 1039/96 por los Anexos I y Ib que aprueba el presente
Decreto.
ARTICULO 6.- El Ministerio de Economía
efectuará las adecuaciones presupuestarias que fueren necesarias para el
cumplimiento del presente.
ARTICULO 7.- El presente Decreto será
refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y
Justicia y de Economía.
ARTICULO 8.- Regístrese, comuníquese,
publíquese dése al Boletín Oficial y archívese.
ANEXO I
ANEXO Ib