Fundamentos de la

Ley 14484

 

La presente iniciativa tiene por objetivos inmediatos facilitar el acceso a la Justicia a los habitantes de los partidos de Avellaneda y Lanas, mejorar las condiciones laborales de los profesionales y empleados que prestan sus servicios y/o tareas consecuentemente la calidad de la Justicia del Departamento Judicial Lomas de Zamora.

El Estado viene así a cumplir con su obligación de remover los obstáculos que afecten, retraen o impidan el acceso a la justicia, que opera como garantía a partir del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, en cuanto incorpora a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La CIDH ha afirmado que la localización de los tribunales como dispositivos de acceso a la justicia constituyen un estándar a tener en cuenta a los fines de la garantía, en tanto la distancia importa dificultades no solo para el inicio del proceso, sino para la participación activa en su desarrollo.

Que mediante la sanción de la Ley 13.675 (T. O. según Ley 13.772) se dispuso la creación de organismos descentralizados en los partidos de Avellaneda-Lanús, intentando aplicar de algún modo las diferentes problemáticas evidenciadas en el Departamento Judicial Lomas de Zamora, y que tienen origen, por un lado, en su extensa jurisdicción territorial (que en la actualidad abarca los partidos de Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Ezeiza, Esteban Echeverría y Almirante Brown), y por otro, en su alta densidad poblacional, que supera los 2.400.000 personas a las que debe brindarse una adecuada administración de justicia.

Que pese al logro que significó la promulgación de la citada normativa, es claro que la misma no ha logrado solucionar en forma íntegra las problemáticas suscitadas hasta el presente, pues los organismos creados resultan insuficientes para contener el caudal de conflictividad existente, y los mismo continúan dependiendo de la estructura funcional del edificio central ubicado en una zona demasiado lejana para lo habitantes de los partidos de Avellaneda y Lanús, en particular para aquellos de bajos recursos.

Se han pronunciado a favor de la actuación conjunta y coordinada de todos los poderes del Estado – incluyendo el poder judicial- para garantizar el acceso a la justicia para las personas en situación de vulnerabilidad, las máximas autoridades judiciales de Iberoamérica.

En este sentido, la Constitución de la provincia de Buenos Aires tiene entre sus objetivos fundamentales el de afianzar la justicia, garantizando además la igualdad ante la Ley de todos los habitantes (art. 11), la tutela judicial continua y efectiva, el acceso irrestricto a la justicia, la inviolabilidad de la defensa de la persona en todo procedimiento administrativo y judicial” (art.15), y eliminación de “los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales “ (art. 36).

En cumplimiento de tales prerrogativas, el presente proyecto propone facilitar el acceso a la justicia a los habitantes de los partidos de Avellaneda y Lanús, entendiendo por esto el dar respuestas concretas a las necesidades de la sociedad, en especial a las personas de bajos recursos – lo cual tiene consonancia con la política de inclusión que llevan adelante tanto el Gobierno Nacional como el Provincial-, as+i como también mejorar la prestación del servicio de justicias del Departamento Judicial de Lomas de Zamora.

Ello así por cuanto, según los datos aportados por el Censo Nacional 2010, este último Departamento Judicial presta servicios a una población de 2.435.802 habitantes; siendo el de mayor densidad de la Provincia ningún otro Departamento Judicial de la provincia de Buenos Aires supera los 2.000.000 de habitantes, siendo los que le siguen en importancia por cantidad de habitantes los Departamentos Judiciales de La Matanza (1.775.816), San Martín (1.618.813), Quilmas (1.333.192) y Morón (1.198.668).

Que sólo en comparación, el Departamento Judicial de La Plata atiende una población de 1.149.412 habitantes, y posee más del doble de órganos judiciales que los actualmente habilitados en el Departamento de Lomas de Zamora; datos éstos que evidencian claras desproporciones que, en los hechos, irremediablemente afectan la calidad del servicio de justicia que se brinda a los habitantes de los partidos que conforman a este último en la actualidad.

Que de aprobarse este proyecto, el nuevo Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús atendería las necesidades de más de 800.000 habitantes; superando incluso y en tal sentido al Departamento Judicial de Moreno-General Rodríguez (539.690), de reciente creación.

En ese mismo escenario, el Departamento Judicial de Lomas de Zamora atendería una población superior a los 1.600.000 habitantes, guarismo que lo acercaría proporcionalmente a los restantes Departamentos Judiciales del conurbano bonaerense.

Los datos poblacionales deben completarse también con los índices de volúmenes de expedientes, y sólo a modo ejemplificativo merece tenerse en cuenta que durante el pasado año 2011 se iniciaron 38.357 I.P.P. en el ejido de los partidos de Avellaneda y Lanús, mientras que en el resto del Departamento Judicial de Lomas de Zamora se iniciaron 68.974 I.P.P (datos aportados de las estadísticas del Sistema Informático del Ministerio Público), lo cual nos indica que el nuevo Departamento padecería un índice delictual mayor con relación a la densidad poblacional.

Los datos aportados son tomaos en cuenta en el proyecto en el marco de los deberes del Estado en relación a la provisión de recursos humanos suficientes para la satisfacción de derechos, en tanto ello se relaciona también con la garantía de plazo razonable respecto de la duración de los procesos.

Por otro lado, el proyecto recoge también las críticas que vienen ensayando tanto magistrados de la Provincia como las distintas asociaciones profesionales e instituciones del derecho, en punto a la inconveniencia de la integración de las Salas de las Cámaras de Apelaciones en la forma oportunamente introducida por la Ley 11.884. En suma, estimamos que la concentración urbana del Departamento Judicial de Lomas de Zamora y de los partidos que lo integran exige una redistribución adecuada de los órganos que lo componen, y ameritan la creación del nuevo Departamento Judicial de Avellaneda-Lanús; atendiendo de este modo, y a la vez, los constantes requerimientos formulados en tal sentido por las Asociaciones de Abogados de los partidos comprometidos, por el Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, la Unión de Magistrados de Lomas de Zamora, y las Municipalidades de Avellaneda y Lanús, al ser un viejo anhelo de los ciudadanos de ambos distritos ha sido reclamado desde hace años por organizaciones sociales de ambos municipios.

Por los motivos expuestos, solicitamos a los señores Legisladores el acompañamiento con su voto afirmativo al presente proyecto de ley.