LEY 5019
VER Leyes 7232 y 9369, Ref: Desafectación de tierras fiscales.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- En las tierras conocidas por “Bañados de Ensenada”, se procederá a la formación de un parque que llevará el nombre de “Gobernador Martín Rodríguez.”
ARTÍCULO 2.-
ARTÍCULO 3.- Las tierras se dividirán en secciones a objeto que los plantíos se hagan escalonados y por etapas.
ARTÍCULO 4.- Destínase para los estudios y primeros trabajos a realizarse en el año 1943 y que se pagarán de Rentas Generales y hasta tanto se incluya la partida correspondiente en el Presupuesto General de Gastos, la cantidad de ($ 60.000m/n) sesenta mil pesos moneda nacional.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.