DECRETO 3006/95
LA PLATA, 18 de SEPTIEMBRE de 1995.
VISTO, que surge la necesidad de modificar las características
jurídico-funcionales del actual Instituto Provincial del Deporte, que fuera
creado por el Decreto 918 de Abril de 1992 y el Decreto 1182 de Mayo de 1994
que aprueba la estructura orgánico-funcional, y
CONSIDERANDO:
Que, atento a las características jurídico-institucionales que actualmente
posee el Instituto Provincial del Deporte, se hace necesario modificarlas con
el fin de adecuarlos a un nuevo proceso administrativo;
Que, por ello ha de contemplarse la modificación de la estructura organizativa
para el cumplimiento de los objetivos que le competen, de modo de lograr con
eficiencia la mayor eficacia;
Que, en orden a ello y la necesidad de hacer un uso racional y proporcionado de
los recursos existentes se impone una readecuación funcional del Ente;
Que, el presente se dicta en el uso de las facultades propias del Poder
Ejecutivo Provincial;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTICULO 1.- Apruébase la estructura orgánico-funcional del Instituto
Bonaerense del Deporte, como Organismo Descentralizado Funcional, en el ámbito
del Ministerio de Gobierno y Justicia, de acuerdo con el organigrama,
objetivos, metas y acciones, que como Anexos I, II, III, IV y V forman parte
del presente Decreto.
ARTICULO 2.- Determínase para el ámbito del Instituto Bonaerense
del Deporte, los siguientes cargos: Presidente, con una remuneración
equivalente al cargo de Subsecretaría, Director Provincial Técnico Deportivo,
Director de Deporte Social, Director de Deporte Federado, Director de
Programación, Investigación y Capacitación, Director de Seguridad Deportiva y
Delegado de la Dirección General de Administración, con una remuneración
equivalente al cargo de Director, todos ellos pertenecientes a la Ley 10.430.
ARTICULO 3.- Las Autoridades competentes procederán a constituir
y organizar un Consejo Provincial del Deporte, que tendrá el carácter de órgano
consultivo de asesoramiento técnico y estará integrado por representantes de
Organismos y Entidades Públicas y de Instituciones Privadas vinculadas a la
actividad deportiva. Los miembros del Consejo se desempeñarán con carácter
ad-honorem.
ARTICULO 4.- El Instituto Bonaerense del Deporte dispondrá de los
recursos humanos, materiales, bienes patrimoniales y presupuestarias con que
contaba, sin perjuicio de las adecuaciones y modificaciones de las partidas
presupuestarias que fueren menester para el cumplimiento del presente Decreto y
en orden a la modificación estructural que dispone el presente, las que deberán
efectuarse con intervención del Ministerio de Economía.
ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor
Ministro Secretario del Departamento de Gobierno y Justicia.
ARTICULO 6.- Deróganse los Decretos 918/92 y 1182/94, los que
quedarán sustituidos por el presente.
ARTICULO 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al
"Boletín Oficial" y archívese.
ANEXO II
INSTITUTO BONAERENSE DEL DEPORTE
OBJETIVOS:
1. Fomentar, desarrollar y administrar la actividad deportiva en el ámbito de
la Provincia de Buenos Aires, procurando el desenvolvimiento de las diversas
expresiones de la actividad con un criterio de promoción integral del hombre,
su inserción familiar y social, y con especial atención de la niñez y la
juventud.
2. Proponer las políticas a implementar y elaborar planes, programas y proyectos relacionados con el fomento, práctica y desarrollo de las actividades deportivas en el territorio bonaerense.
3. Coordinar y concertar pautas, acciones y actividades con otros Organismos e Instituciones, Públicas y Privadas, Nacionales, Extranjeras, Internacionales, Provinciales o Municipales.
4. Realizar estudios, análisis y propuestas que se consideren convenientes para la organización, orientación, promoción y en su caso, supervisión de la actividad deportiva que se lleve a cabo en la Provincia, en sus diversas manifestaciones.
5. Coordinar y programar el desarrollo del deporte federado, de alto rendimiento, amateur, profesional, para discapacitados y el deporte social.
6. Programar, coordinar, ejecutar y mantener actualizado un relevamiento y registro de la infraestructura deportiva y la determinación de sus aptitudes y capacidad; y de las necesidades de reserva y recupero de espacios destinados a la práctica deportiva.
7. Proponer las cuestiones que hagan a la administración financiera, patrimonial, de recursos humanos y de apoyo administrativo para la promoción y desenvolvimiento de las actividades deportivas.
8. Celebrar y aprobar Convenios con Instituciones Públicas y Privadas, que coadyuven al cumplimiento de los cometidos del Instituto.
ANEXO III
INSTITUTO BONAERENSE DEL DEPORTE
DIRECCION PROVINCIAL TECNICO DEPORTIVA
METAS:
1. Elaborar y ejecutar las políticas sobre deporte federado, de alto
rendimiento, amateur, profesional y para discapacitados, como así también
ejecutar las políticas de promoción y fiscalización del deporte social y la
recreación en el ámbito provincial.
2. Programar la actividad técnica del Instituto. Promover, orientar y coordinar la investigación de los aspectos científicos y técnicos relacionados con el deporte, como así también lograr la capacitación de profesionales, técnicos, entrenadores, deportistas, dirigentes, etc. para el mejor cumplimiento de los objetivos competitivos, sociales, éticos y de salud que lleva consigo el deporte.
3. Fijar las condiciones a que deberán ajustarse las Instituciones Deportivas o Municipios, para recibir subsidios, subvenciones o préstamos destinados al fomento del Deporte.
4. Orientar, coordinar, programar, promover, asistir, ordenar y fiscalizar la actividad deportiva de la Provincia.
5. Promover la realización de juegos deportivos para niños, jóvenes y discapacitados en todo el Territorio Provincial, en coordinación con los Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales o Instituciones Privadas.
6. Establecer las pautas de selección y desarrollo de las competencias considerando su verdadero alcance dentro del desarrollo técnico de cada actividad deportiva y aplicar las normas para la organización e intervención de delegaciones provinciales en competencias deportivas de carácter Nacional o Internacional.
ANEXO IV
ACCIONES DE LAS DIRECCIONES
DIRECCIÓN DE SEGURIDAD DEPORTIVA
1. Promover, fiscalizar y ejecutar las medidas pertinentes que aseguren el
control y prevención de la violencia y accidentes en los espectáculos
deportivos, verificando el fiel cumplimiento de las normas vigentes en
coordinación con los Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales cuando
así correspondiera.
2. Inspeccionar, fiscalizar y controlar el estado y condiciones de uso y funcionamiento de todos los lugares donde se realice la práctica deportiva, a fin de constatar que los mismos ofrezcan seguridad para la vida, integridad física del público y para el normal desarrollo del evento.
3. Proponer las sanciones que correspondan de acuerdo a la legislación vigente, cuando se detecten violaciones a las reglamentaciones aplicables, disponer la clausura temporaria y/o permanente de los estadios en los que se verifiquen deficiencias organizativas o de las instalaciones que no ofrezcan las garantías suficientes para la realización y/o continuación de los eventos, dando la participación necesaria a otros Organismos competentes en la materia.
4. Capacitar y asesorar la legislación vigente a través de cursos y conferencias a las instituciones que lo requieran, y mantener actualizadas las reglamentaciones, resoluciones y disposiciones que reglamentan a las distintas actividades deportivas.
5. Participar y coordinar con Instituciones Privadas o Públicas, sean Municipales, Provinciales, Nacionales e Internacionales, sobre temas de competencia y jurisdicción, medidas de seguridad y prevención.
DIRECCION PROVINCIAL TECNICO DEPORTIVA
DIRECCION DE DEPORTE SOCIAL
1. Ejecutar los planes, proyectos y programas aprobados, destinados al fomento
del deporte y la recreación, instituyendo, promoviendo y reglamentando la
realización de juegos deportivos para niños, jóvenes y discapacitados en el
ámbito provincial.
2. Proponer las medidas que posibiliten la integración provincial deportiva, en cuanto a las obras físicas a realizar en los centros deportivos, Municipales y Provinciales, evitando la sobredimensionalidad y buscando la uniformidad de criterios y el aprovechamiento integral de los mismos.
3. Coordinar las actividades con los Organismos Públicos y Privados Nacionales, Provinciales y/o Municipales, a fin de optimizar la aplicación de los recursos en la elaboración de los programas de construcción de equipamiento de infraestructura deportiva.
DIRECCION DE DEPORTE FEDERADO
1. Orientar, coordinar, programar, promover, asistir, ordenar y fiscalizar la actividad deportiva federada provincial.
2. Asegurar los principios de ética deportiva, haciendo partícipe de ella a las Instituciones, dirigentes, árbitros, deportistas, etc., a través de Entidades que los representen y proponer a los Organismos correspondientes las medidas necesarias a fin de salvaguardar la seguridad y corrección de los espectáculos deportivos.
3. Instituir, confeccionar y mantener actualizado el registro provincial de entidades deportivas.
4. Programar, promover y coordinar la actividad del deporte para discapacitados.
DIRECCION DE PROGRAMACION, INVESTIGACION Y CAPACITACION DEPORTIVA
1. Elaborar y coordinar los programas y proyectos en sus diversas etapas y
evaluar los resultados de la ejecución de los mismos.
2. Elaborar programas de investigación, capacitación, normalización y asistencia en las ciencias aplicadas al deporte.
3. Controlar la ejecución de los Proyectos considerados prioritarios para el logro de los objetivos fijados.
4. Organizar y actualizar el Centro de Documentación Deportiva a nivel provincial con la información suministrada por los Organismos Públicos y Privados.
ANEXO V
INSTITUTO BONAERENSE DEL DEPORTE
DELEGACION DE LA DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ACCIONES:
1. Programar, ejecutar y controlar los actos administrativos vinculados con la
gestión contable, económica y financiera del Instituto.
2. Elaborar el anteproyecto de presupuesto.
3. Coordinar con la Dirección General de Administración, las acciones de programación, supervisión y ejecución de las actividades de apoyo relacionadas con los recursos humanos, económicos, financieros y de servicios auxiliares.
4. Brindar el apoyo administrativo necesario para el normal desenvolvimiento de la tarea del Instituto.
5. Mantener actualizado un registro de los bienes patrimoniales.