DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 1.471

La Plata, 6 de Julio de 2004

Visto: El Expediente Nº 2100-31326/2004, por el cual se propicia la aprobación del “Acuerdo Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, Instituto Argentino de Normalización” celebrado el 20 de agosto de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de Buenos Aires se encuentra comprometida en un profundo proceso de modernización de todas las estructuras del Estado, orientado en una mejora sustancial de los servicios que brinda a sus habitantes;
Que en este contexto, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha asignado un rol importante a la promoción e instrumentación de acciones que posibiliten mejorar la calidad de la gestión Pública, logrando mejores niveles de eficiencia en la prestación y profesionalización de sus estructuras.
Que en tal inteligencia, IRAM se constituyen en un actor estratégico por ser parte integrante del sistema Argentino de Normas Calidad y Certificación como Organismo Argentino de Normalización, además es miembro permanente del Consejo Nacional de Normas, Calidad y Certificación de acuerdo con las funciones asignadas por el Decreto nº 1474/94 del Poder Ejecutivo Nacional;
Que sobre tal base, las partes se han propuesto promover une relación de estrecha y sistemática cooperación, en un marco que facilite el mejor cumplimiento de extensión y promoción al ámbito municipal, a los fines de mejorar la calidad de los servicios que ellos prestan;
Que tal iniciativa tiene por objeto central lograr niveles internacionales que hagan a la calidad de la gestión, en aspectos tales como la atención al público, la prestación de los servicios y obras que la Provincia brinda, como así también la preservación y protección del medio ambiente en la prestación de los servicios;Que por tales razones, corresponde ratificar por medio del presente Decreto, el Acuerdo Marco mencionado en el Visto;
Que en orden a la instrumentación de las acciones y proyectos concretos, resulta conveniente facultar a las autoridades que aluden los artículos 2º y 3º del Reglamento de Contrataciones, aprobado por el Decreto 3.300/72 y sus modificatorias, incluidas las introducidas por el Decreto nº 787 del 22 de abril de 2004, y según la competencia delegada por dicha regulación, a suscribir los protocolos o acuerdos específicos;
Que ha tomado la intervención de su competencia la asesoría General de Gobierno (fs. 25);
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase el “Acuerdo Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, Instituto Argentino de Normalización” celebrado el 20 de agosto de 2003 que, como Anexo, forma parte integrante del presente.

ARTICULO 2º: Delégase a las autoridades a que aluden los artículos 2º y 3º del Reglamento de Contrataciones, aprobado por el Decreto 3.300/72 y sus modificatorias, incluidas las introducidas por el Decreto nº 787/04, según la competencia delegada, la firma de los Acuerdos Específicos Complementarios del acuerdo que se ratifica por el artículo 1º del presente.

ARTICULO 3º: Los Ministerios, u Organismos autárquicos, autónomos, de la Constitución, de Previsión y Asistencia Social o empresas públicas, sociedades del Estado y restantes entes que hayan formalizado Acuerdos Específicos Complementarios, en el marco del que se ratifica por el artículo 1º del presente, deberán proceder a ratificarlos sobre la base de la Competencia que se delega por el artículo precedente.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

ARTICULO 5º: Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dese al Boletín Oficial y archívese.

SOLA
R. Magnanini

Acuerdo Marco de Cooperación Interinstitucional entre el
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, Instituto
Argentino de Normalización.

Ente el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, República Argentina, en persona del Señor Gobernador, Ing. Felipe Solá, por una parte y el IRAM, Instituto Argentino de Normalización, en persona de su Presidente Ing. José Francisco López, con domicilio en Perú 552/556 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la otra parte, y teniendo en cuenta:

Que es objetivo del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires la construcción de un Estado Inteligente, impulsor de políticas que propendan al bien común, al desarrollo y organización de la comunidad y con capacidad de brindar respuestas con rapidez, transparencia, eficiencia y calidad a sus ciudadanos.

Que por ello es necesario impulsar un nuevo modelo organizativo sustentado en valores y principios que, tengan al ciudadano como centro de su desarrollo, que introduzca modernas técnicas que hagan mas eficiente, eficaz y transparente la gestión de sus instituciones y faciliten la rendición de cuentas de los funcionarios, que mejore la calidad de los servicios a los ciudadanos y permita evaluar el nivel de eficiencia en la provisión de los mismos a la comunidad e impulse un mayor control social.

Que, en este contexto, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha asignado un rol importante a la promoción e instrumentación de acciones para mejorar la Calidad de Gestión Pública, y que la adopción del concepto de calidad de los servicios y la implantación de estos principios a la Gestión Pública, implica avanzar en este nuevo estilo de funcionamiento con el fin de mejorar los niveles de eficiencia en la prestación de los servicios públicos y la consecución de un proceso continuo hacia la modernización y profesionalización de la Administración Pública Provincial y Municipal.

Que la relación de los ciudadanos con la Administración Pública, debe basarse, fundamentalmente en el respeto y protección de los derechos y garantías y obligaciones de los mismos.

Que la crisis del modelo burocrático, sumado al esfuerzo de descentralización y a la mayor fuerza y amplitud de la demanda de los ciudadanos y participación de los mismos, sugiere la necesidad de implementar un nuevo modelo de gestión.

Que el gran aporte de la Calidad en el ámbito de la Administración Pública, es el de avanzar en esta nueva perspectiva de propuestas modernizadoras y de cambio en el sector.

Que adoptar la filosofía de la Calidad en la Administración Pública es una cuestión política, que permite abordar el sentido de los servicios públicos desde una nueva lógica, mucho mas atenta a la participación y al desarrollo de la democracia y a la consolidación del Estado Inteligente. Que esto demanda, tanto en los organismos de la Administración Pública Provincial como en los Municipios de la Provincia, que así lo deseen, la implementación de modelos de gestión que sustentan valores y principios, de amplia difusión en el mundo y que hacen a la calidad de la gestión, como los propuestos en las normas internacionales de la serie IRAM-ISO 9000:2000.

Que el IRAM es parte integrante del Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación como Organismo Argentino de Normalización, y miembro permanente del Consejo Nacional de Normas, Calidad y Certificación de acuerdo con las funciones asignadas por Decreto 1474/94 del Poder Ejecutivo Nacional.

Que el IRAM es el representante argentino en ISO (International Organization for Standarization), integrante de su Consejo Directivo y representante de ISO en el país. Asimismo representa al país en otros foros internacionales y regionales de Normalización: IEC, AMN, COPANT y otros.

Que el IRAM ha sido acreditado por el Organismo Argentino de Acreditación y otros organismos extranjeros como Organismo de Certificación de Productos y Sistemas de Gestión de Calidad.

Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, cuenta con la Secretaría para la Modernización del Estado como organismo coordinador de los programas de reforma y modernización del Estado, en lo referente a la gestión del Gobierno Provincial y con el Ministerio de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, como nexo con los Municipios, coordinando las acciones con aquellos Municipios de la Provincia que adhieran a la presente acción.

Las Partes acuerdan:

PRIMERA: OBJETO: El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el Instituto Argentino de Normalización manifiestan su voluntad de establecer vínculos permanentes con el fin de colaborar para mejorar la calidad de los servicios que se brindan a los ciudadanos, como medio para lograr:

I. Niveles internacionales que hagan a la Calidad de gestión en aspectos tales como la atención al público, la prestación de los servicios y las obras que brinda.
II. Niveles internacionales en la gestión de la preservación y protección del medio ambiente en la prestación de Servicios.

Por ello el presente Convenio tiene por objeto lograr una estrecha y sistemática cooperación entre las partes, en un marco que facilite el mejor cumplimiento, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, de las funciones asignadas a cada una de ellas y su compromiso de extensión y promoción al ámbito municipal y referidas al logro de los conceptos enunciados en los considerandos.

SEGUNDA: Las partes colaborarán y participarán conjuntamente, en sus ámbitos de competencia, en la instrumentación y desarrollo de Programas que estarán orientados al fortalecimiento institucional de la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires y sus Municipios, a través del estímulo y la asistencia para la implementación de herramientas y sistemas que hagan a la calidad de la gestión de los organismos e instituciones pertenecientes a los mismos. Las actividades y procedimientos de los Programas mencionados se detallarán en anexos correspondientes y formarán parte del presente convenio.

TERCERA: El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires implementará acciones tendientes a fomentar el desarrollo de la cultura de la calidad y la preservación del medio ambiente en la Administración Pública de la Provincia de Buenos aires y sus Municipios, En concordancia con lo mencionado llevará a cabo acciones tendientes a sensibilizar, estimular e incentivar la capacitación, implementación y certificación de sistemas de gestión de la calidad según Normas de la serie IRAM ISO 9000:2000.

CUARTA: COORDINACION: Será responsabilidad de la Secretaría para la Modernización del Estado de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “LA SECRETARIA”, la Coordinación Integral de los mecanismos que correspondan instrumentar, para desarrollar los Programas de la Calidad, con la intervención de cada uno de los Ministerios participantes en el Programa Provincial de la Calidad y con el IRAM.

QUINTA: En los casos de los Programas Municipales de Calidad, la responsabilidad será del Ministerio de Gobierno, en adelante “EL MINISTERIO”, compartida con “LA SECRETARIA” y con representantes de cada uno de los Municipios que se adhieran al Programa. El Ministerio realizará estas acciones a través de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, como nexo con los Municipios de la Provincia.

SEXTA: SENSIBILIZACION Y ASISTENCIA TECNICA: “EL IRAM” brindará: 1) Seminarios de sensibilización sobre temáticas y herramientas para la calidad en la gestión pública. Las características, contenidos y condiciones de estos seminarios serán acordadas para cada Programa, 2) asistencia técnica a las partes, para el mejor cumplimiento de los objetivos del presente convenio, en todo lo relacionado con la normalización y certificación de productos, servicios y sistemas de gestión y capacitación para su implementación en los ámbitos de la Administración Pública Provincial y Municipal, con el alcance particular que se acordará en cada programa.

SEPTIMA: FORMACION DE FACILITADORES “EL IRAM” brindará sin cargo un curso de capacitación para la formación de “Facilitadores para la implementación de sistemas de gestión de calidad en organismos públicos de la Provincia” y un curso de capacitación para la formación de “Facilitadores para la implementación de sistemas de gestión de calidad en Municipios de la Provincia”. Los destinatarios de esta capacitación serán funcionarios designados por “EL MINISTERIO”, “LA SECRETARIA” y los Municipios participantes.

OCTAVA: RESPONSABILIDAD OPERATIVA: Será responsabilidad de cada Ministerio, entidad o Municipio la Ejecución de los Proyectos seleccionados en su área de competencia y su participación en la Coordinación del mecanismo de seguimiento y control creado para el efecto.
NOVENA: COMITES EJECUTIVOS Y JURISDICCIONALES: A efectos de aplicar lo dispuesto en los artículos Cuarto, Quinto y Octavo, como asimismo a la operatividad para cada caso, las partes crean en este mismo acto tres Comités, dos ejecutivos y uno Jurisdiccional:

1) Un comité Ejecutivo de gestión de la calidad Provincial (CEP), integrado por (2) dos miembros a ser designados por “LA SECRETARIA” y (2) dos miembros a ser designados por “EL IRAM”.
2) Un Comité Ejecutivo de gestión de la Calidad Municipal (CEM) integrado por (2) dos miembros a ser designados por “LA SECRETARIA” y (2) dos miembros a ser designados por “EL IRAM” y
3) Un Comité Jurisdiccional de gestión de Calidad, en el Sector Salud, integrado por un miembro a ser designado por “LA SECRETARIA”, un miembro por el Ministerio de Salud y un miembro por el IRAM.

Cada Comité coordinará los programas y actividades e implementará las acciones necesarios para el logro de los objetivos del presente convenio en sus respectivos ámbitos, Administración Pública Provincial, Municipios y sector Salud respectivamente. Los integrantes de estos Comités, serán designados dentro de los 15 días de firmado el presente convenio.
Por cada Jurisdicción, entidad u organismo, que en un futuro se incorpore al presente Convenio, se conformará el correspondiente Comité Jurisdiccional.

DECIMA: Los Organismos e instituciones participantes, tanto del Gobierno Provincial como los Municipios que se adhieran e incorporen al convenio, deberán cumplir con los requisitos y criterios que se estipulan en el documento Programas de Calidad, anexo 1 del presente convenio.

DECIMOPRIMERA: ACTAS COMPLEMENTARIAS: Se adjunta como Acta Complementaria Número 1 al presente convenio, el Programa de la Calidad en la gestión Municipal del Ministerio de Gobierno. Como Acta Nº 2 “ Calidad en la gestión de Salud, Programa de Calidad en la Descentralización Hospitalaria”. Las partes, en el futuro y a través de las acciones de los Comités Ejecutivos y a los fines de hacer operativas las acciones referenciadas en cláusulas anteriores, establecerán la realización de programas específicos de colaboración mediante la instrumentación de Actas o Anexos complementarios del presente Convenio, que formarán parte del mismo, y en los que se detallarán las actividades a desarrollar en forma conjunta.

DECIMOSEGUNDA: El cumplimiento de los compromisos asumidos por “EL MINISTERIO” y “LA SECRETARIA” en las cláusulas del presente Convenio, será responsabilidad de estos, a través de la Subsecretaría de Asuntos Municipales y de la Subsecretaría de Función Pública, dependencias que podrán suscribir las Actas Complementarias derivadas de este instrumento legal y mencionadas en la cláusula anterior.

DECIMOTERCERA: Los Ministerios, Organismos, Municipios y empresas o servicios gestionados por los mismos que, en virtud de las acciones que desarrolle “EL MINISTERIO” o “LA SECRETARIA”, procedan a la certificación de sus Sistemas de gestión a través de “EL IRAM”, gozarán de un arancel preferencial que se acordará oportunamente.

DECIMOCUARTA: DOCUMENTACION: “EL IRAM” brindará a “EL MINISTERIO” y a “LA SECRETARIA”, documentación e información de su incumbencia, a efectos del mejor desempeño de las acciones que se lleven a cabo para el mejor cumplimiento de los objetivos del presente convenio.

DECIMOQUINTA: VINCULACION INTERNACIONAL: En virtud de la relación existente entre calidad e internacionalización. “EL IRAM” aportará a “EL MINISTERIO” y a “LA SECRETARIA” su experiencia y vinculaciones internacionales en los temas relativos a su incumbencia.

DECIMOSEXTA: DIVULGACION: Todo material de divulgación referente a las acciones de este Convenio, deberá contener expresa mención de las partes firmantes del mismo.

DECIMOSEPTIMA: VINCULOS WEB: Las partes instalarán en sus respectivas páginas Web un link de la otra, a efectos de facilitar a terceros interesados, información de utilidad sobre la temática abordada en el presente.

DECIMAOCTAVA: La firma del presente Convenio, no habilita para realizar ningún tipo de actividad que no estuviere contemplada en el mismo, ni en sus Actas complementarias.

DECIMONOVENA: PLAZO: El presente Convenio Marco de Cooperación, tendrá vigencia a partir de su aprobación, con una duración de DOS (2) años, pudiendo renovarse automáticamente por igual período en forma sucesiva, sino existiera denuncia por alguna de las partes.

VIGESIMA: RESCISION: Los firmantes podrán en todo tiempo, rescindir el presente Convenio de mutuo acuerdo e independientemente cualesquiera de ellos, con un plazo mínimo de notificación de SESENTA (60) días, respetando todos los acuerdos y obligaciones hasta la fecha de la denuncia acordándose asimismo que los estudios o trabajos que se encuentren en ejecución al producir efecto la rescisión, deberán continuar hasta su finalización. Ello no otorgará, a favor de ninguna de las partes, derecho para formular reclamos o exigir indemnizaciones de ninguna naturaleza.

VIGESIMOPRIMERA: SOLUCIONES DE CONTROVERSIAS: En caso de controversias sobre la interpretación o aplicación del presente Convenio, las partes se comprometen a solucionarlas con el mejor espíritu de buena voluntad. Si no se lograse un acuerdo, la cuestión será sometida a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.

En prueba de conformidad, se firma el presente Convenio en TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, a los 20 días del mes de agosto del año dos mil tres.

Ing. Felipe Solá
Gobernador de la Provincia de Buenos Aires


Ing. José Francisco López
Presidente IRAM


Anexo 1

PROGRAMAS DE CALIDAD

Requisitos y Criterios para la Participación

En el marco del convenio a suscribir entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, (Instituto Argentino de Normalización) se impulsarán e implementarán Programas de la Calidad, tanto para las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Provincial, como los Programas Municipales de la Calidad en aquellos Municipios de la Provincia que se adhieran al mismo.

Los Programas de la calidad que se impulsen y ejecuten, tienen como propósito aportar al objetivo de construcción de un Estado Inteligente, y estará sustentado en los Ejes Centrales de la reforma, incorporados en el Plan e Modernización de la Provincia de Buenos Aires coordinados por la Secretaría de la Modernización del Estado. Para el caso específico de los Programas Municipales de la Calidad, la coordinación es compartida con el Ministerio de Gobierno, Organismo responsable de la articulación e instrumentación de políticas en el territorio Provincial con los Municipios de la Provincia.

Los organismos que se incorporen al Convenio, en oportunidad de diseñar sus respectivos Planes de la Calidad, deberán cumplir con los requisitos y criterios, que se describen a continuación:

1.- Misión

Los Programas desarrollados tendrán como misión propiciar el desarrollo de la cultura de la calidad en el Sector Público, Provincial y Municipal. Estos Programas se realizarán en el marco de los objetivos fijados por la Secretaría de modernización del Estado, en cumplimiento de sus respectivas misiones, y por el Plan de modernización.

En el caso específico de los Programas Municipales, deberán incorporar además, las líneas de acción que al respecto coordina el Ministerio de Gobierno.

* Lograr una sensible y constante mejora en la calidad de gestión de las Jurisdicciones, Entidades y Organismos de la Provincia y de los Municipios participantes, a efectos de satisfacer adecuada y oportunamente las necesidades y demandas de la ciudadanía.
* Aplicar modernas herramientas de gestión que con la finalidad de desburocratizar la Administración Pública contribuyan al uso más eficiente, económico y eficaz de los recursos de que disponen.
* Desarrollar servicios públicos de elevado nivel de desempeño, y cuando corresponda competitivos, contemplando el protagonismo de los usuarios-ciudadanos por los mecanismos concretos que surgen del Plan Rector de Modernización. A tal fin, los mismos dispondrán de un efectivo rol de participación, que además del seguimiento comprenda el diseño y gestión de las actividades.
* Propender al mayor fortalecimiento institucional de la Provincia y de los Municipios que se adhieran al Convenio, a través de una estructura organizacional actualizada, un marco jurídico que permita dinámica de acción y responsabilidad por los resultados y una profesionalización de sus recursos humanos.

3.- Resultados Esperados

En relación a este apartado el Programa deberá expresar el tipo de resultado que se espera alcanzar con las siguientes especificaciones:

* Niveles adecuados de calidad de la gestión, que garanticen y superen las expectativas de los ciudadanos en los servicios públicos que ofrecen.
* Fortalecimiento institucional, con fuerte recuperación de la confianza de la ciudadanía, basado en la eficacia, honestidad y transparencia.
* Personal profesionalizado, sensibilizado y asistido para la mejora continua de la calidad de su gestión y el cumplimiento de los resultados comprometidos.
* Desregulado y con la aplicación de las adecuadas tecnologías de gestión, por medio de las cuales los ciudadanos puedan realizar sus tramites con facilidad, seguridad y rapidez, eliminando burocracia y reduciendo costos.

4.- Fases del Programa

Los procesos a seguir a efectos del mejor cumplimiento de la misión de los programas deberán contemplar las siguientes fases para su ejecución:

* Promoción
o Acto de lanzamiento - 20 de Agosto 2003 (12 horas) y Firma del Convenio con IRAM.

* Firma de las Actas Complementarias de las Instituciones iniciadoras del Programa.

* Lanzamiento de la norma IRAM 30300 “Guía para la interpretación de la norma -IRAM-ISO 9001:2000 en municipios”

* Seminarios Motivacionales sobre la necesidad y posibilidad de cambio en los modelos de gestión. La calidad como Eje del Cambio. Calidad de Gestión. Modelos de Calidad. Modelo Propuesto según la serie de normas IRAM-ISO 9000:2000.

* Invitación particular a las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Provincial y Municipal a adherir al Programa de la Calidad.

* Las Instituciones con interés en participar del programa lo manifiestan al Comité Ejecutivo, (Provincial, Municipal o Jurisdiccional, según corresponda), quienes coordinarán las etapas a desarrollar según los siguientes items.

* Relevamiento:

Esta etapa tiene por objeto identificar y evaluar los procesos principales y de apoyo de cada una de las áreas, con relación a los requisitos que demanda un Sistema de Gestión de la Calidad según norma IRAM-ISO 9001 :2000. El alcance conceptual de la denominación genérica de áreas comprende a todas las figuras que se desempeñen en el encuadre organizacional del Estado Provincial, independientemente de sus respectivas naturalezas jurídicas. En tal sentido dicho esquema comprende a los Ministerios y Organismos Descentralizados de la Administración Pública Bonaerense, El mismo alcance conceptual, se aplicará a los Municipios de la Provincia que se adhieran al Programa.

En todos los casos los programas podrán tener alcance total (un Ministerio, un Organismo Descentralizado, un Municipio, etc.) o parcial en cuanto sólo abarque una institución, que resulte de indubitable identificación jurídica y orgánica (hospital, comisaría, escuela, rentas, IPS, etc.).

Los datos y la información que surjan del relevamiento, el cual se desarrolla con ejecución inmediata, queda documentado de modo tal que comienza a ser elemento que determina y justifica las actividades que deben realizarse, identificando los responsables de cada una de ellas en llevarla a cabo, constancias estas que posibilitarán evaluar el grado de avance correspondiente.

* Diseño e Implementación:

Una vez determinado el relevamiento con la identificación de los procesos necesarios para el Sistema de Gestión de la Calidad, corresponderá definir los métodos para operarlos y controlarlos en forma eficaz. En esta ocasión se establecerán los indicadores que serán utilizados como herramientas de gestión y que determinarán el alineamiento del Sistema de Gestión de la Calidad, a los objetivos generales y particulares del Ejecutivo Provincial y/o Municipal, y del área comprometida, en el Plan.
El sistema de gestión que surge de la etapa de diseño, será debidamente documentado en base a los requisitos de la norma IRAM-ISO 9000/2000, considerando las particularidades de la Administración Provincial, así como las correspondientes al ámbito Municipal, con el objeto de superar todos los aspectos burocráticos que pudieran aparecer. Este tema debidamente elaborado cumple como condición formal para el proceso de certificación.

* Entrenamiento:

Además de los cuestiones de sensibilización precedentemente detalladas en el ítem de Promoción, el personal involucrado deberá estar oportuna y adecuadamente capacitado en el marco de la norma IRAM-ISO 9001:2000, y además de un entrenamiento personal sobre los aspectos en que cada persona está involucrada. A los efectos de los tiempos que pudiera demandar cualquier programa dentro del Sistema, se deja constancia que esta actividad se desarrolla en forma conjunta con la etapa de implementación.

* Evaluación:

Según la normativa y experiencias internacionales se sugiere que todo programa dentro del Sistema tenga en forma permanente evaluaciones para verificar el grado de avance en orden a la normativa pertinente. Pero luego, cuando el grado de implementación lo justifique, se realizarán auditorías internas, sin perjuicio de las externas que incluso podría realizar otra área de la Administración debidamente capacitada.
Por último, el personal involucrado tendrá posibilidad de constatar la orientación hacia el éxito de su desempeño, en oportunidad de realizarse la auditoría de precertificación de la cual surgirá la garantía del funcionamiento adecuado, con los requisitos que demanda el Sistema, Todo ello es el aval de aptitud para certificar el proceso conforme a la serie de normas ISO 9000/2000.

* Certificación

Cumplidos los requisitos, la Certificación del Sistema de Gestión de la Calidad será otorgada por un Organismo de Certificación acreditado por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA), y reconocido por el Ministerio de Gobierno y por la Secretaría para la Modernización del Estado de la Provincia de Buenos Aires.

5.- Instrumentación de la Adhesión y Compromiso

Las instituciones interesadas en participar manifestarán su adhesión al Programa y Compromiso con la Calidad. Para ello deberán informar al CEP, CJC, y/o CEM, según corresponda, sobre:

* Realización de un programa de capacitación para el personal de dirección para la elaboración del Plan de la Calidad.
* Declaración manifiesta de su Compromiso con la Calidad.
* Integración de un Comité de la Calidad presidido por la máxima autoridad e integrado en parte por miembros de su equipo de gobierno. Designación de un representante, de entre sus miembros, para coordinar acciones con el CEP, CJC, y/o CEM. (Estas responsabilidades se cumplirán en forma conjunta con las funciones propias de cada nivel de revista).
* Confección de un Plan de la Calidad donde figuren las actividades a desarrollar para la mejora de la calidad de gestión. Productos a obtener. Procesos a normalizar y certificar. Prioridades y Plazos.

6. - Ejecución del Plan de la Calidad

* Definidos los tramos que componen el programa de trabajo, en el marco de las etapas y criterios señalados, comenzará la ejecución de cada Plan que se formule, previo compromiso con el CEP, CJC, y/o CEM de los objetivos a lograr y de los respectivos plazos de ejecución.


Acuerdo Marco de Cooperación Interinstitucional entre el
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, Instituto
Argentino de Normalización

Acta Complementaria Nº 2

Calidad en la Gestión de Salud
Programa de Calidad en la Descentralización Hospitalaria

En un todo de acuerdo con considerandos y cláusulas del convenio entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, Instituto Argentino de Normalización y en el marco del Programa de Descentralización de Hospitalaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, se desarrollará este Programa según los puntos que a continuación se exponen.

1.- Misión

Propiciar el desarrollo de la cultura de la calidad en los Hospitales Descentralizados.

El proceso se iniciará, en esta primera etapa, en los siguientes hospitales representativos del territorio provincial:

* San José de Pergamino,
* San Felipe de San Nicolás,
* Petrona V. de Cordero de San Fernando,
* Dr.- Bocalandro de Tres de Febrero y
* San Roque de Gonnet.

La selección de los mismos, respondió a la capacidad potencial demostrada en sus gestiones, su ordenamiento interno, la voluntad manifiesta de cambio y las circunstancias del medio interno y externo donde actúan; y la potencialidad de comparación de sus indicadores como hospitales de características similares.

2.- Objetivos

Lograr una sensible mejora en la calidad de gestión de los Hospitales Descentralizados , a efectos de satisfacer adecuadamente las necesidades y demandas de la ciudadanía y un uso más efectivo de los recursos de que disponen.

Propender al mayor fortalecimiento institucional de los Hospitales Descentralizados, a través de una mayor jerarquizacion y profesionalización de sus recursos humanos con la consiguiente dignificación del funcionario publico.

3.- Marco institucional

Este programa está enmarcado dentro de objetivos fijados en el Ministerio de Salud, como así también en la Secretaría de Modernización del Estado, en cumplimiento de sus respectivas misiones y en atención a un proceso real de descentralización y a las necesidades producto de ello, que surjan en función de cada una de las realidades de los Hospitales Descentralizados.

Su desarrollo se efectúa en el marco de un nuevo modelo de organización gestión hospitalaria que implica un proceso de descentralización efectiva de los hospitales pertenecientes al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires tendiente a integrar una Red de Atención de la Salud.

El proceso que se inicia será permanente en el intercambio de pensamientos y propuestas estratégicas compartidas, conducente a la descentralización del hospital trabajando en Red.

4.- Resultado esperado

El logro de la descentralización efectiva y la aplicación del plan de la calidad, dará como resultado:

* un hospital inserto en un sistema articulado en Red de Servicios,
* niveles adecuados de calidad de gestión, que garanticen y superen las expectativas de los ciudadanos en los servicios públicos que ofrecen.
* un mejor aprovechamiento de los recursos y mayor capacidad de resolución de los problemas que, en forma diaria deben afrontar los hospitales.
* fortalecimiento mediante la incorporación de herramientas de la calidad, mejorando las posibilidades de acceso a los hospitales descentralizados, de los diferentes sectores sociales, propiciando su participación en el control de gestión, en la toma de decisiones y en la búsqueda de alternativas que permitan transformar el concepto de institución estatal por el de institución participativa (funcionamiento de los Consejos de Administración, de acuerdo a las previsiones de la ley 11.072 y su reglamentación).
* elaboración y diseño de un sistema de incentivos.

5.- Contenido del Programa

En el caso específico del Sector Salud, el Programa se desarrolla en el marco del convenio, entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y el IRAM. En lo que compete al Gobierno Provincial se ejecutará a través de la Secretaría de Modernización del Estado y del Ministerio de Salud, junto a los Hospitales Descentralizados seleccionados.

Este convenio acuerda la conformación de un Comité Jurisdiccional de la Calidad (CJC) para la aplicación de las acciones derivadas de los distintos Programas que se originen en el Sector Salud.
Además el Programa prevé el otorgamiento de subsidios a efectos de estimular e incentivar a la aplicación de las prácticas y valores de la calidad. Dichos estímulos en todos los casos se otorgarán en complementariedad al esfuerzo del Hospital y en cumplimiento de objetivos concretos programados previamente.

6.- Fases del Programa

A continuación se describe una síntesis del proceso a seguir a efectos del mejor cumplimiento de la misión del Programa con indicación de las distintas fases del mismo.

* Promoción

* Acto de lanzamiento - 20 de Agosto 2003 (12 horas) y Firma del convenio con IRAM.
* Firma del Acta Complementaria Número 2. Calidad en la Gestión de Salud, Programa de Calidad en la Descentralización Hospitalaria.
* Enunciación de los Hospitales Seleccionados.
* Promoción del Programa

* Los Hospitales seleccionados por el programa, coordinan con el CJC la realización de Seminarios Motivacionales a dar en los Hospitales al personal de Dirección.

* Seminarios Motivacionales - Necesidad y posibilidad del cambio en los modelos de gestión. La Calidad como eje del cambio. Calidad de gestión. Modelos de Calidad. Modelo propuesto según serie de Normas IRAM-ISO 9000:2000.
* Profundización del Programa Calidad en la Gestión de Salud, Programa de Calidad en la Descentralización Hospitalaria.- Próximas etapas - implementación - Procedimientos

* Distribución y entrega de material de lectura para información y capacitación sobre la temática desarrollada en el Programa.

* Adhesión y Compromiso

* El Hospital seleccionado se incorpora al Programa y emite su compromiso con la Calidad. Para ello deberá informar al CJC sobre:

* Realización de un programa de capacitación para el personal de dirección para la elaboración del Plan de la Calidad.
* Declaración manifiesta del Hospital de su compromiso con la calidad
* Integración de un Comité de la Calidad presidido por el Director Ejecutivo del Hospital e integrado en parte por miembros de su equipo de gestión.
* Designación de un representante de entre sus miembros para coordinar acciones con el CJC.
* Confección de un Plan de la Calidad donde figuren las actividades a desarrollar para la mejora de la calidad de gestión. Procesos a normalizar y certificar. Prioridades. Plazos.

* Ejecución del Plan de Calidad

* Definidos los tramos que comprometen el programa de trabajo se convendrá con el CJC los plazos y objetivos a lograr para que como resultado del cumplimiento de los mismos, el Hospital esté en condiciones de percibir el incentivo que la Provincia destinará para la ejecución del presente Programa.

Dr. Ismael J. Passaglia
Ministro Secretario
Departamento de Salud

Acuerdo Marco de Cooperación Interinstitucional entre el
Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, Instituto
Argentino de Normalización

Acta Complementaria Nº 1 - Programa “Municalidad”
Calidad en la Gestión Municipal

En un todo de acuerdo con considerandos y cláusulas del convenio a firmar entre el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y el IRAM, Instituto Argentino de Normalización y en el marco del PNUD 95013 se desarrollará este Programa según los puntos que a continuación se exponen.

1.- Misión

Propiciar el desarrollo de la cultura de la calidad en los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.

2.-Objetivos

Lograr una sensible mejora en la calidad de gestión de los Municipios de la Provincia a efectos de satisfacer adecuadamente las necesidades y demandas de la ciudadanía y un uso más efectivo de los recursos de que disponen.

Propender al mayor fortalecimiento institucional de los Municipios de la Provincia a través de una mayor jerarquización y profesionalización de sus recursos humanos con la consiguiente dignificación del funcionario publico.

3.- Marco institucional

Este programa está enmarcado dentro de objetivos fijados en el Ministerio de Gobierno, Subsecretaría de Asuntos Municipales, como así también en la Secretaría de Modernización del Estado, en cumplimiento de sus respectivas misiones y en atención a las necesidades de los municipios.
Su desarrollo se efectúa dentro del marco del PNUD ARG 95013.

4.- Resultado esperado

Municipios con:

* niveles adecuados de calidad de gestión, que garanticen y superen las expectativas de los ciudadanos en los servicios públicos que ofrecen.
* fortalecidos institucionalmente, con fuerte recuperación de la confianza de la ciudadanía, basados en la honestidad y transparencia.
* personal jerarquizado y profesionalizado, sensibilizado y asistido para la mejora continua de la calidad de su gestión a efectos de mejor satisfacer los requerimientos de la ciudadanía.
* un funcionamiento desregulado e informatizado donde los ciudadanos puedan realizar sus tramites con facilidad, seguridad y rapidez eliminando burocracia y reduciendo costos.

5.- Contenido del Programa

El Programa se desarrolla en el marco del convenio a firmar oportunamente entre la Secretaría para la Modernización del Estado, la Subsecretaría de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno y el IRAM, Instituto Argentino de Normalización.

Este convenio acuerda la conformación de un Comité Ejecutivo (CEM) para la aplicación de las acciones derivadas de los distintos Programas que se originen en el mismo.

De resultas de las tareas que se ejecuten, las áreas municipales involucradas serán orientadas y asistidas para la certificación de las normas IRAM-ISO 9001:2000 en los plazos previamente establecidos.

Además el Programa prevé el otorgamiento de incentivos. económicos que estimulen la aplicación de las practicas y valores de la calidad por parte de los Municipios. Estos estímulos en todos los casos se otorgarán en complementariedad al esfuerzo del Municipio y en cumplimiento de objetivos concretos programados previamente.

6.- Fases del Programa

A continuación se describe una serie de actividades a seguir a efectos del mejor cumplimiento de la misión del Programa con indicación de las distintas fases del mismo.

* Promoción

* Acto de lanzamiento - 20 de Agosto 2003 (12 horas)

* Invitación general a los Municipios a adherir al Programa.
* Promoción del Programa
* Firma del convenio con IRAM.
* Lanzamiento de la norma IRAM 30300 “Guía para la interpretación de la norma IRAM-ISO 9001:2000 en municipios”

* Invitación particular a cada Municipio a adherir al Programa. Realizada por el CEM.

* Los Municipios con interés en participar del programa lo manifiestan al CEM quien Coordina la realización de Seminarios Motivacionales a dar en los Municipios al personal de Dirección.

* Seminarios Motivacionales - Necesidad y posibilidad del cambio en los modelos de gestión. La Calidad como eje del cambio. Calidad de gestión. Modelos de Calidad. Modelo propuesto por las Normas ISO 9001-2000.
* Profundización del Programa Municalidad en el Municipio - Próximas etapas - Implementación - Procedimientos

* Seminario con presencia de expositores nacionales e internacionales (España - México - Canadá)

* Presentación de las mejores prácticas y experiencias en la materia, como modelo a seguir y posibilidades concretas para su logro.
* Fecha: 5 y 6 de Noviembre 2003.
* Lugar Hotel Sheraton Libertador

* Distribución y entrega de material de lectura para información y capacitación sobre la temática desarrollada en el Programa.

* Adhesión y Compromiso

* El Municipio interesado manifiesta su adhesión al Programa y compromiso con la Calidad. Para ello deberá informar al CEM sobre:

* Realización de un programa de capacitación para el personal de dirección para la elaboración del Plan de Calidad.
* Declaración manifiesta del Municipio de su compromiso con la calidad.
Integración de un Comité de Calidad presidido por el Intendente e integrado en parte por miembros de su equipo de gobierno. Designación de un representante de entre sus miembros para coordinar acciones con el CEM.
* Confección de un Plan de Calidad donde figuren las actividades a desarrollar para la mejora de la calidad de gestión. Procesos a normalizar y certificar. Prioridades. Plazos.
* Ejecución del Plan de Calidad

* Definidos los tramos que componen el programa de trabajo se convendrá con el CEM los plazos y objetivos a lograr para que como resultado del cumplimiento de los mismos el Municipio esté en condiciones de percibir el incentivo económico que la Provincia destinará para la ejecución del presente Programa.