DECRETO 49/18

 

 

 

 

 

LA PLATA, 1 de Febrero de 2018

 

 

 

 

 

Referencia: Aceptación de Renuncia Dr. Jorge Gustavo FALCÓN

 

 

 

 

 

VISTO el expediente N° 64721/17 mediante el cual el doctor Jorge Gustavo FALCÓN, eleva su renuncia al cargo de Juez de Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Quilmes, y

 

 

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

 

 

 

Que el doctor Jorge Gustavo FALCÓN fue designado Juez de Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional (Sala II) del Departamento Judicial Quilmes, mediante Decreto Nº 3274 del 14 de setiembre de 1998;

 

 

 

 

 

Que con motivo de la sanción de la Ley Nº 12.060, se dispuso que las Cámaras de Apelación en lo Criminal y Correccional pasarán a denominarse en lo sucesivo “Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal”;

 

 

 

 

 

Que a fojas 2 del expediente citado en el exordio, el nombrado magistrado ha presentado la renuncia con fines jubilatorios a dicho cargo solicitando que la misma sea aceptada a partir del 1 de enero de 2018;

 

 

 

 

 

Que a fojas 3 se expide la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia señalando que no surgen actuaciones en trámite en el marco de la Ley 8.085 respecto del Dr. FALCÓN;

 

 

 

 

 

Que a fojas 5 se expide la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires informando que no constan en esa Secretaría actuaciones relacionadas con el citado funcionario en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias;

 

 

 

 

 

Por ello,

 

 

 

 

 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

 

 

 

 

DECRETA

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1º. Aceptar a partir del 1 de enero de 2018, la renuncia presentada por el doctor Jorge Gustavo FALCÓN (D.N.I. Nº 11.038.114 – CLASE 1953) al cargo de Juez de Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Quilmes, a los fines jubilatorios.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

 

 

 

 

Gustavo Alfredo Ferrari                             Federico Salvai

 

 

Ministerio de Justicia                         Ministerio de Jefatura de

 

 

                                                                       Gabinete de Ministros

 

 

 

 

 

María Eugenia Vidal

 

 

Gobernadora