DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 1039/07
La Plata, 5 de junio de 2007.
VISTO el expediente Nº 2100-20579/06 y el Decreto Nº 780/07 de creación del Consejo Provincial de las Mujeres, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Consejo tendrá como objetivo la promoción e implementación de políticas que contribuyan a lograr la plena igualdad jurídica, social, económica, laboral, política y cultural entre los géneros;
Que las integrantes del Consejo Provincial de las Mujeres deberán tener antecedentes y/o formación en género;
Que el mismo será conducido por una Presidenta, una vicepresidenta y vocales;
Que como consecuencia de los primeros consensos alcanzados en Asambleas Preparatorias del Consejo, cuya constancia obra en la respectiva Acta, y tal como lo prevé el ARTICULO 11 del Decreto N° 780/07, se nominaron las integrantes del Consejo que integrarán -en principio- la Mesa Ejecutiva, por lo que surge la necesidad de proceder a la designación de las mismas tal como lo establece el ARTICULO 7° de la referida norma;
Que, conforme lo establecido en el ARTICULO 10 del Decreto referido ut-supra, la representante provincial ante el Consejo Nacional de la Mujer, designada por el Poder Ejecutivo, tendrá a su cargo la Presidencia del Consejo Provincial de las Mujeres con rango honorario de Secretaria de Estado;
Que la Subsecretaria de la Gestión Pública Claudia Alicia BERNAZZA es actualmente la Consejera Titular ante el Consejo Nacional de la Mujer, en representación de la provincia de Buenos Aires, por lo cual conforme el ARTICULO 9º del Decreto Nº 780/07 le corresponde de hecho asumir el cargo de Presidenta del Consejo;
Que la Diputada Provincial Laura Lorena BERARDO cuenta con una amplia trayectoria de militancia social y política en favor de los derechos de las mujeres, y reúne las condiciones y capacidades requeridas para asumir las responsabilidades propias de la Vicepresidencia del Consejo Provincial de las Mujeres;
Que las Senadoras y Diputadas han aceptado la invitación de participar en la conformación del Consejo Provincial de las Mujeres;Que en sus aspectos operativos el Consejo será asistido por una Secretaria Ejecutiva;
Que en cumplimiento de lo preceptuado en el ARTICULO 17 del Decreto Nº 780/07, la Ing. Claudia Alicia BERNAZZA propone para ocupar el cargo de Secretaria Ejecutiva a la señora Claudia Elsa PRINCE, en virtud de haberse desempeñado en distintas áreas provinciales y municipales referidas a la problemática de las mujeres, y cuya trayectoria profesional reúne una importante experiencia en la implementación de políticas de género;
Que la designación de la Secretaria Ejecutiva se efectúa de conformidad con lo establecido en los ARTICULOS 107 y 108 de la Ley Nº 10430 (T.O. Decreto Nº 1869/96) y Decreto Reglamentario Nº 4161/96;
Que resulta procedente exceptuar la designación propuesta de los términos del Decreto N° 2658/00, sus modificatorios y ampliatorios;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTICULO 1º. Designar a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo de Presidenta del Consejo Provincial de las Mujeres, a la Subsecretaria de la Gestión Pública Claudia Alicia BERNAZZA (DNI Nº 13.581.904 – Clase 1960) con rango honorario al de Secretaria de Estado.
ARTICULO 2º. Designar a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo de Vicepresidenta del Consejo Provincial de las Mujeres, a la Diputada Provincial Laura Lorena BERARDO (DNI Nº 23.101.733 – Clase 1972) con rango honorario de Subsecretaria.
ARTICULO 3º. Designar en forma honoraria a partir de la fecha del presente decreto, como vocales del Consejo Provincial de las Mujeres, sin perjuicio de las designaciones que en el futuro se realice de representantes de los poderes públicos, así como de ámbitos municipales y sociales, a: María Cristina ÁLVAREZ RODRIGUEZ (DNI Nº 18.605.828 – clase 1968), Elda Susana AGÜERO (DNI Nº 12.410.541 – clase 1955 ), Beatriz Olga María ARPIGIANI (DNI Nº 5.384.330 – clase 1948), Adelma Edith ARGUISSAIN (DNI Nº 18.498.838 – clase 1967), Mariel Milagros URRUTI (DNI Nº 20.042.274 – clase 1969), Juana Rosa MEDINA (DNI Nº 5.650.263 – clase 1949), Mirtha Gloria CURE (DNI Nº 6.437.562 – clase 1951), Patricia María ROCCA (DNI Nº 11.691.551 – clase 1955), Nidia Irene BURSTEIN (DNI Nº 5.674.838 – clase 1948), Nélida Mabel DIAZ (DNI Nº 16.164.973 – clase 1951), Stella Maris GIROLDI (DNI Nº 6.518.189 – clase 1951), Marta Susana MEDICI (DNI Nº 5.460.921 – clase 1947), Patricia SEGOVIA (DNI Nº 20.011.666 – clase 1968), María Victoria MC COUBREY (DNI Nº 21.828.115 – clase 1970), Andrea Fabiana VOGEL (DNI Nº 18.605.739 – clase 1967), Sara DEROTIER DE COBACHO (DNI Nº 2.835.094 – clase 1931), María del Carmen LOPEZ OUTEDA (DNI Nº 16.245.722 – clase 1962), Maria Antonia FARIAS GOMEZ (DNI Nº 4.973.264 – clase 1944), Nelly MENDOZA (DNI Nº 13.933.020 – clase 1957), Noemí CALVO (DNI Nº 10.815.106 – clase 1953), Patricia ALVAREZ (DNI Nº 13.581.136 – clase 1957), Elvira ROMERA (DNI Nº 3.982.718 – clase 1940), Dinora Elda GEBENNINI (DNI Nº 5.201.195 – clase 1945), Cristina Elsa TABOLARO (DNI Nº 17.463.453 – clase 1965), Delia Ester MENDEZ (DNI Nº 10.239.230 – clase 1951), Martha María ARRIOLA (DNI Nº 13.909.859 – clase 1959) y Verónica María MAGARIO (DNI Nº 20.822.187 – clase 1960).
ARTICULO 4º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.06 Gobernación, Jurisdicción Auxiliar 01-ACO 0001, a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo de Secretaria Ejecutiva del Consejo Provincial de las Mujeres, de conformidad a lo establecido en los ARTICULOS 107 y 108 de la Ley Nº 10.430 (T.O. Decreto Nº 1869/96), con cargo y remuneración equivalente a Directora Provincial, a la señora Claudia Elsa PRINCE (DNI Nº 6.422.072 – Clase 1951), conforme lo establece el ARTICULO 17 del Decreto N° 780/07.
ARTICULO 5º. El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el ARTICULO precedente será efectuado dentro del Presupuesto General 2007 (Ley Nº 13.612), sector público provincial no financiero-Administración Provincial - Administración Central - Jurisdicción 06 GOBERNACION - AUXILIAR 01.
ARTICULO 6º. Exceptuar a la presente designación de los alcances del Decreto Nº 2658/00 y sus modificatorios y ampliatorios.
ARTICULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Economía.
ARTICULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Florencio Randazzo
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Felipe Solá
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Ministro de Gobierno
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Gobernador
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Carlos FernándezMinistro de Economía