DECRETO 2785/98
LA PLATA, 30 de JULIO de 1998.
VISTO el Decreto 2470/78 y,
CONSIDERANDO:
Que el correcto uso y difusión de los Símbolos Nacionales, es una manifestación de respeto a la Patria.
Que resulta necesario, inculcar ese respeto en todos los ámbitos institucionales de la Provincia, acentuándolos en el educativo, donde el niño o adolescente debe interpretar, en la diaria ceremonia de izamiento del Pabellón Nacional y Provincial, no un mero acto formal, sino el sentido homenaje de reconocimiento y respeto de un pueblo a los forjadores de su historia.
Que despertar en la sociedad la necesidad de conocerlos, valorarlos y reverenciarlos, es mantener viva la memoria colectiva de nuestro pueblo.
Que tanto el Pabellón Nacional como el Provincial, son prenda de unión y elementos constitutivos de nuestra identidad de argentinos y bonaerenses.
Que así mismo corresponde determinar las formalidades que deben regir el uso de nuestros símbolos en las Instituciones de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ARTICULO 1º: Apruébase la Reglamentación para el uso de la Bandera Nacional que regirá en las Unidades Educativas de Gestión Pública, Estatal y Privada, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación, Servicio Penitenciario y Administración Pública Provincial y Municipal, que como Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII forman parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTICULO 3º: Derógase el Decreto 2470/78.
ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.
ANEXO I
BANDERA OFICIAL DE LA NACION |
BANDERA DE CEREMONIAS |
La Bandera Nacional para uso en las Unidades Educativas de Gestión Pública, Estatal y Privada, a cargo de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, Servicio Penitenciario, Administración Pública Provincial y Municipal, será la Bandera Oficial de la Nación y tendrá las siguientes características:
COLOR
Celeste y blanco conforme lo establece el artículo 2º del Decreto Nacional 10.302/44.
MATERIAL
Tela gro de seda o rayón, de paño doble de confección lisa, sin fleco alguno en su contorno. Llevará el sol bordado en una faz y adherido en la otra, sin ninguna inscripción en el paño.
En el lado destinado a la unión con el asta llevará un refuerzo de tela resistente, al que estarán cocidas desde la parte superior de la Bandera, cuatro pares de cintas de tejito fuerte, de color blanco, destinadas a unir la Bandera con el asta.
SOL
Será el figurado de la moneda de oro de ocho escudos y de la de plata de ocho reales, que se encuentra grabado en la primera Moneda Argentina por Ley de la Soberana Asamblea General Constituyente del 13 de Abril de 1813, con los treinta y dos rayos flamígeros y rectos colocados alternativamente y en la misma posición que se observa en esas monedas. El color del sol será el amarillo del oro de acuerdo al artículo 2º del Decreto Nacional 10.302/44.
El Sol será bordado en relieve, sin rellenos. Tendrá entre ocho y ocho y medio centímetros de diámetro interior y de veintiún a veintidós centímetros de diámetro en sus rayos.
ASTA
Será de madera de Guayahibi o similar, de una sola pieza lustrada al color natural, con un largo de dos metros y un diámetro de tres y medio centímetros. Llevará cuatro grapas colocadas a veinticinco centímetros de distancia, a contar de la base de la moharra en las que se atarán los cuatro pares de cintas que unirán la Bandera con el asta.
CORBATA
De tela gro de seda o rayón. Tendrá iguales colores que la Bandera. Será de cincuenta centímetros de largo por diez centímetros de ancho y llevará como ornato, flecos de gusanillo de siete centímetros de ancho del mismo color del Sol. Como única inscripción llevará el nombre y número del Establecimiento y la localidad y Jurisdicción a la que pertenece. Estará bordada en letras mayúsculas de oro de seis centímetros de altura. Cuando la inscripción fuera muy extensa la altura de las letras podrá ser de cinco centímetros.
MOHARRA
Será de acero de veinte centímetros de alto, con una media luna como base. Medirá doce centímetros de vértice a vértice.
REGATON
Abrazadera o anillo en la base del asta. Será de acero de diez centímetros de largo.
TAHALI
Portabandera. Será de terciopelo de seda de diez centímetros de ancho terminado, llevará los colores de la Bandera y terminada en una cuja forrada en los mismos colores.
DIMENSIONES
PRIMER TAMAÑO SEGUNDO TAMAÑO TERCER TAMAÑO |
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LARGO ANCHO FRANJA LARGO ANCHO FRANJA LARGO ANCHO FRANJA |
|
0,70 0,45 0,15 1 0,75 0,25 1,40 0,90 0,30 |
BANDERA DE IZAR |
La Bandera Nacional que se ice en el frente de establecimientos escolares y en mástiles de plazas, paseos públicos y dependencias de la Administración Pública, será de lanilla, con el sol estampado. Llevará un refuerzo de tela resistente de color blanco, cosido en su borde, para unirla con el asta.
DIMENSIONES
PRIMER TAMAÑO SEGUNDO TAMAÑO TERCER TAMAÑO CUARTO TAMAÑO |
|
LARGO ANCHO FRANJA LARGO ANCH FRANJA LARGO ANCHO FRANJA LARGO ANCHO FRANJA |
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6 4 1,33 4,50 3 1,50 3 2 0,66 1,30 0,90 0,30 |
A MEDIA ASTA
Cuando la Bandera deba permanecer a media asta, se izará llevándola al tope y después de permanecer un instante en esa situación se la colocará en el lugar correspondiente. Para arriarla, estando a media asta se la llevará previamente al tope manteniéndola un instante en dicha posición.
En los días patrios, 25 de Mayo, 20 de Junio y 9 de Julio, la Bandera se izará siempre al tope, aún cuando por otras causas se decretase su permanencia a media asta. En tales casos desde el día siguiente se volverá a colocar la Bandera en la posición decretada, hasta completar el número de días establecido.
ANEXOS II
POLICIAS |
INSCRIPCIONES EN EL PABELLON
Tendrá alrededor del sol y en forma de arcos, las siguientes inscripciones:
Cuando resultare demasiado extensa para el espacio disponible, podrá reducirse a la abreviatura policial reglamentaria, correspondiente a la denominación jerárquica pertinente.
MANEJO DE LA BANDERA
1. Para recibir la Bandera se formará la Unidad en línea. Cuando ello no sea posible, se hará en la forma más conveniente.
2. Su Jefe ordenará armar la bayoneta y que el corneta de órdenes toque atención y dos puntos. Seguidamente, la primera sección de la Sub Unidad, cabeza Sección de Honor, junto con la Banda, formará en columna de grupo y marchará a paso redoblado hasta al lugar donde está depositada la Bandera. Hará alto y formará en línea, dando frente.
3. El abanderado y su escolta salen con la Bandera.
4. Cuando se avista la Bandera, el Jefe de la Sección de Honor mandará presentar armas y dirigir la vista hacia el pabellón. La Banda ejecutará la marcha La Bandera.
5. El Jefe de la Sección de Honor se dirigirá al encuentro de la Enseña, la saludará y la acompañará hasta que el abanderado y su escolta, se sitúen entre la sección y la Banda. Saludará nuevamente y ordenará a la Banda que cese de tocar. De inmediato, hará poner armas al hombro, efectuar el giro correspondiente para formar la columna y colocarse frente al punto que debe ocupar la Bandera.
6. La Banda, en ese momento, tocará marcha.
7. Al divisar la Bandera el Jefe de la Unidad mandará presentar armas, a cuya voz ejecutiva el resto del personal, hará el primer tiempo del saludo. El corneta de órdenes tocará marcha y todos dirigirán la vista a la Bandera, a la voz de mando correspondiente.
8. Al pasar la Bandera delante de los oficiales éstos la saludarán. Los Jefes y ayudantes darán frente en caso de no tenerlo, y efectuarán el saludo.
9. El Jefe de Sección Honor, marchando por frente al Jefe de la Unidad, una vez llegado a la altura del puesto que debe ocupar el pabellón, mandará hacer alto, formar en línea frente a la Unidad, presentar armas y tocar la marcha La Bandera, en cuyo momento se aproximará hasta la Bandera, la saludará y la acompañará hasta que el abanderado y su escolta ocupen sus puestos en la formación. Allí la saludará nuevamente y se colocará al frente de la sección, a dos pasos de la derecha del abanderado.
10. El Jefe de la Unidad ordenará que la Banda cese de tocar, hace descansar las armas, y todos vuelven a sus respectivos puestos.
11. Para depositar la Bandera, se procede inversamente, cuando la Escolta de Honor regresa a su puesto la banda no toca.
12. Cuando la Bandera debe ser trasladada de un punto a otro con objeto de cambiar el lugar de su depósito, tanto para recibirla como para depositarla, basta una pequeña fracción de tropa con un tambor o corneta; éste toca atención y luego Marcha regular; después se procede de acuerdo a lo prescripto anteriormente. La referida fracción no rinde más honores que el de presentar armas al recibir y depositar la Bandera.
13. Mientras se ejecutan las formalidades para recibir o depositar el pabellón, las guardias de prevención y el personal policial que no forma, rinde los honores prescriptos para izar o arriar la Bandera.
14. En caso que el lugar en que se deposita la Bandera sea distante, los honores que le rinde la Unidad, cesan cuando ella se haya distanciado cincuenta metros.
15. En toda formación de tropa con Bandera, el abanderado será el oficial más joven con aptitudes indispensables y que se destaque por su corrección.
16. Tratándose de un Instituto, el abanderado será el alumno mejor calificado en el primer curso, o término si sólo hubiere un curso.
17. La escolta está constituida en las Unidades, por dos suboficiales. En los institutos pueden serlo los alumnos que sean acreedores a tan alta distinción.
18. La escolta se mantiene, en las Unidades a pie, a dos pasos a retaguardia y a uno a la derecha e izquierda del abanderado. En caballería, las cabezas de sus caballos a la altura de la grupa del caballo del abanderado, con intervalo de dos pasos entre ambos.
19. Cuando la bandera es conducida en automóvil u otro vehículo a tracción mecánica, la escolta transportada en motocicleta, marchará a derecha e izquierda del vehículo, dos pasos a la retaguardia del extremo posterior de éste.
MOVIMIENTOS
1. Los movimientos para el manejo de la Bandera deberán realizarse lentamente.
2. Estando la tropa en descanso, la Bandera deberá permanecer en forma vertical, sostenida por la mano derecha, el regatón cerca de la punta del pie derecho y a la misma altura.
3. Al poner la tropa el fusil al hombro, se llevará la Bandera al hombro derecho, deslizándola, debiendo quedar con una inclinación de cuarenta y cinco grados. En todo movimiento sin compás, se podrá llevar la Bandera en cualquiera de los hombros.
4. Estando desenfundada, se llevará la Bandera de modo que la parte inferior del paño, junto al asta, quede a la altura del hombro del abanderado.
5. En armas montadas, estando a caballo, el asta de la Bandera se colocará en la cuja del estribo. Estando a pie, se procede por analogía a la infantería.
6. En el momento de rendir honores en revistas y desfiles, al recibir y entregar la Bandera, cuando sale del lugar en que está depositada, o cuando vuelva al lugar en que se guarda, el Jefe manda presentar armas. En ocasiones solemnes en que se la coloca al frente de las tropas, se mantendrá la Bandera en alto, el asta vertical delante del hombro derecho, el regatón en la cuja de la bandolera y la mano derecha empuñando el asta a la altura del hombro.
7. Para saludar a otras banderas desde la posición en alto, se inclina la Bandera hacia delante, extendiéndose el brazo derecho. Al terminar el saludo, se recoge el brazo.
8. En tropas mecanizadas o motorizadas, para revista y desfile, la Bandera se colocará en un automóvil o vehículo especialmente designado a ese fin, sobresaliendo verticalmente del mismo.
9. En todos los casos el abanderado y los escoltas rinden honores girando la cabeza. La Bandera no realiza ningún movimiento.
CEREMONIA DE IZAR Y ARRIAR LA BANDERA
BENDICION DE LA BANDERA
DONACION
En los casos en que los Cuerpos o Institutos hayan sido autorizados a aceptar la donación de una Bandera oficial, sus jefes o directores harán conocer al donante, las disposiciones de la presente reglamentación, constituyendo requisito indispensable para su aceptación, que la Bandera y sus accesorios se ajusten a los modelos reglamentarios.
ANEXO III
SERVICIO PENITENCIARIO |
MANEJO DE LA BANDERA
PROCEDIMIENTO PARA RECIBIR Y DEPOSITAR EL PABELLON
5.1. Saludarla y acompañarla hasta que el abanderado y su Escolta se sitúen entre la Sección y la Banda.
5.2. La Banda cesará de tocar.
5.3. La Saludará nuevamente.
5.4. Ordenará a la Sección de Honor, efectúe el segundo tiempo del saludo.
5.5. Ordenará a la Bandera, Banda y Escolta, formar en columna de grupo, con armas al hombro y marchar.
5.6. La Banda tocará la Marcha reglamentaria.
8.1. Ordenará alto y formar la línea frente al Efectivo.
8.2. La Banda cesará de tocar.
8.3. Se aproximará a la Bandera, la saludará dando frente a la misma y ordenará que el Abanderado y escoltas ocupen su puesto en la formación.
8.4. Desplazará la Sección al lugar que corresponde en el dispositivo.
8.5. Saludará nuevamente a la Bandera y ocupará su sitio junto a la Sección habiendo ordenado a toda la fracción de desplazamiento poner armas en saludo y dirigirá la vista a la misma.
TRASLADO DE LA BANDERA
Para los traslados de la Bandera durante el desarrollo de una Ceremonia, hacia un Altar o a la cabeza de la formación, el Abanderado y sus Escoltas serán conducidos por el Ayudante del Jefe de Tropa. Se rendirán las mismas honras que las expresadas en los párrafos precedentes.
AL DEPOSITAR LA BANDERA
Para depositar el Pabellón se procederá en forma inversa.
Cuando la Sección de Honor regresare a su puesto, la Banda no ejecutará marcha alguna. En caso de que el lugar en el cual se depositare la Bandera estuviese muy distante, la rendición de honores a realizar por los efectivos formados, finalizará cuando la Bandera se haya alejado unos cincuenta metros del dispositivo.
ABANDERADO Y ESCOLTAS
El Abanderado será un Oficial, excepto en los Institutos donde con fines de estímulo será un cadete o aspirante.
Los Escoltas serán dos Suboficiales que llevarán igual vestuario y armamento. Cuando formaren varias Banderas se tratará de uniformar el armamento de los Escoltas.
En los Institutos serán designados Escoltas, los cadetes o aspirantes acreedores a tan alta distinción.
UBICACION
5.1. Marchando a pie, armas al hombro, vista dirigida a la Bandera. Ambas Banderas se saludarán.
5.2. En vehículo dirigirán la vista a la Bandera. Ambas Banderas se saludarán.
5.3. Formadas y detenidas, saludarán con armas. Ambas Banderas se saludarán.
5.4. En descanso, darán frente a la Bandera y saludarán. En vehículo adoptarán igual proceder formando delante de los mismos.
CEREMONIA DE IZAR Y ARRIAR LA BANDERA
CENTROS DE INSTRUCCION
VOTO A LA BANDERA
Se efectuará el día 20 de Junio de cada año. Aquellos que por excepción no pudieran realizarlo en la fecha mencionada, lo harán en la oportunidad que determine la Jefatura del Servicio Penitenciario.
¿JURAIS A LA PATRIA SEGUIR CONSTANTEMENTE SU BANDERA
Y DEFENDERLA HASTA PERDER LA VIDA?
BENDICION DE LA BANDERA
DONACION
En los casos en que las Unidades o Institutos hayan sido autorizados a aceptar la donación de una Bandera Oficial, sus jefes o directores harán conocer al donante, las disposiciones de la presente reglamentación, constituyendo requisito indispensable para su aceptación, que la Bandera y sus accesorios se ajusten a los modelos reglamentarios.
ANEXO IV
USO DE LA BANDERA EN LOS DISTINTOS ORGANISMOS INTEGRANTES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL Y MUNICIPAL |
Diariamente, en todos los edificios en que tengan asiento organismos pertenecientes a la Administración Pública de la Provincia de Buenos Aires, se izará la Bandera Nacional a la salida del sol, permaneciendo enarbolada hasta la puesta del mismo.
El titular de cada jurisdicción, repartición autárquica, Organismos de la Constitución o Repartición, designará al Agente que por su comportamiento, contracción al trabajo o actos que lo distingan, represente al Organismo en calidad de abanderado, circunstancia que quedará asentada como Mención Especial en el legajo personal del Agente.
Las características de la Bandera de Ceremonias y formalidades para su uso, serán las detalladas en el Anexo I.
ANEXO V
DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION |
NORMAS PARA UNIDADES EDUCATIVAS
La Bandera Nacional para uso en las Unidades Educativas de Gestión Pública, Estatal y Privada, dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, será la Bandera Oficial de la Nación y tendrá las siguientes características:
BANDERA PARA IZAR DIARIAMENTE
En todos los actos, la Bandera será conducida, izada y arriada por los alumnos, evitando que el paño toque el suelo.
En tales circunstancias, los participantes y demás personas presentes adoptarán la posición de firmes.
USO DE LA BANDERA DE CEREMONIAS
15.1. El Vicedirector o en su defecto el docente más antiguo, acompañará la Bandera a reemplazarse, la que será portada en la forma usual por el Abanderado y sus Escoltas.
15.2. Se presentará la nueva Bandera, con Abanderado y Escolta designados a tala efecto, la que acompañada por el Director, será ubicada a la izquierda y a un metro del antiguo pabellón.
15.3. Se procederá a la Bendición de la nueva enseña.
15.4. El Director o la máxima autoridad, hará uso de la palabra, sin leer.
15.5. El Director hará entrega del nuevo Pabellón al Abanderado y éste entregará al segundo la Bandera antigua, que será acompañada por el Vicedirector hasta el lugar designado para ser guardada como reliquia. Durante toda esta ceremonia, las Banderas que se encuentren en el lugar permanecerán en la cuja.
15.6. Se entonarán las estrofas del Himno Nacional.
VOTO A LA BANDERA
El 20 de Junio se procederá a tomar el voto a la Bandera Nacional Argentina a los alumnos de 4º y aquellos alumnos de grados superiores que no lo hubieran realizado.
Niños, La Bandera blanca y celeste, Dios sea loado, no ha sido atada jamás al carro triunfal de ningún vencedor de la tierra.
Niños: esa Bandera gloriosa representa a la Patria de los Argentinos.
Prometéis rendirle vuestro más sincero y respetuoso homenaje, quererla con amor inmenso y formarle desde la aurora de la vida un culto fervoroso e imborrable en vuestro corazones, preparándose desde la escuela para practicar a su tiempo con toda pureza y honestidad, las nobles virtudes inherentes a la ciudadanía. Estudiar con empeño la historia de nuestro país y la de sus grandes benefactores a fin de seguir sus huellas luminosas y a fin también de honrar la Bandera y de que no se amortigüe jamás en vuestras almas el delicado y generoso sentimiento de amor a la Patria.
En una palabra: prometéis lo que esté en la medida de vuestras fuerzas para que la Bandera Argentina flamee por siempre sobre nuestras murallas y fortalezas en lo alto de los mástiles de nuestra naves y a la cabeza de nuestras legiones y para que el honor sea su aliento, la gloria su aureola, la justicia su empresa.
CEREMONIA DE IZAR Y ARRIAR LA BANDERA
La Bandera de la Patria se izará, al inicio de las tareas del día y se arriará al término de las mismas.
La ceremonia de izar y arriar la Bandera se hará con toda solemnidad y ajustada a las siguientes pautas:
Bajo ningún concepto quedará izada durante la noche.
ANEXO VI
CUANDO LA BANDERA DEBE PERMANECER EN LA CUJA |
ANEXO VII
BANDERAS DADAS DE BAJA |
Las banderas de izar afectadas al uso de las dependencias del Estado Provincial, una vez desafectadas serán incineradas, previa anulación de su carácter emblemático, conforme al siguiente procedimiento:
La Bandera de Ceremonia, una vez desafectada, se guardará como reliquia, en un cofre a tal efecto.