LEY 7050

 

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, inmueble ubi­cado en el Partido de Tigre, con destino a la construcción de la Escuela Técnica Industrial Nº 1.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la Localidad de "El Talar", Partido de Tigre, nomenclado catastralmente como: Circunscripción II, Sección D, Quin­ta 1, Fracción I, Parcela 2, de propiedad de Desire Defossez o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, con destino a la construcción y habilitación de la Escuela Técnica Industrial núme­ro 1, del distrito.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será tomado del Anexo VII, Ministerio de Educación, Ítem 9, Dirección de Construcciones, Partida Principal 1, Parcial 12, terreno para Escue­la Técnica en Tigre, pesos 5.000.000 moneda nacional, del Presupuesto de Capital vigente; autorizando al Poder Ejecutivo a hacer las trans­ferencias de créditos para el cumplimiento de la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.