LEY 5732
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Destínanse a la Municipalidad de General Sarmiento los bienes, acciones y créditos de la extinguida Sociedad “Damas de Caridad del partido de General Sarmiento”.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.