LEY 5732

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Destínanse a la Municipalidad de General Sarmiento los bienes, acciones y créditos de la extinguida Sociedad “Damas de Caridad del partido de General Sarmiento”.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.