LEY 6804

 

Expropiación para la Escuela 25 de Mar del Plata.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de tierra con todo lo en ellas plantado y edificado, ubicadas en la ciudad de Mar del Plata, del partido de General Pueyrredón, designadas según título como lotes 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38, Manzana R, Sección L, Circunscripción VI, de propiedad de Juan Brulio Arenas o quien o quienes resulten propietarios, do­minio inscripto al folio 5.391/952, en el Registro de la Propiedad.

 

ARTÍCULO 2.- Los inmuebles determinados en el artículo anterior, se­rán destinados al funcionamiento de la Escuela Nº 25 del distrito y al establecimiento de una Biblioteca Pública y Jardín de Infantes.

 

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de Renta Generales con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.