ARTICULO 1.- Apruébase la denuncia del Convenio celebrado entre la Nación y la Provincia de Buenos Aires ratificado por Ley 8.451 y de su modificatoria ratificado por Decreto-Ley 9.854/82, de acuerdo a los términos del Decreto N° 6.957 del 30 de Diciembre de 1988, dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.