Fundamentos de la

 Ley 10696

 

            La Ley 7943 organiza la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, institución de vieja data y raigambre en nuestro estado provincia. Esta normativa legal le concede a este organismo, pionero indiscutible en el desarrollo vial bonaerense, el poder de policía sobre los trabajos realizados y que se realicen en los caminos públicos en la red provincial. (Artículo 29- Capítulo VIII).

            Ese poder de policía que tiene asignado importa, en los hechos, un verdadero contralor para la preservación de las redes de caminos, como así también el ejercicio de facultades preventivas respecto a aquellas actitudes o hechos que alteren el destino natural de las rutas.

            El artículo 31 de la Ley 7943 prohíbe la instalación de elementos destinados a propaganda o a cualquier otro objetivo no referido al funcionamiento del camino o fines de utilidad pública.

            Una forma de vulnerarse ese dispositivo, o, quizás, una falta de decisión jurídica, ha ocasionado en la última década, numerosos inconvenientes para quienes tenían que circular por las calles o caminos de la Provincia y, por desgracia, pasar frente a establecimientos de las Fuerzas Armadas o de Seguridad.  En infinidad de casos existían –y aún existen- carteles intimidatorios para los transeúntes o automovilistas exhibiendo el estacionamiento, aunque fuere circunstancial, bajo apercibimiento de “abrirse fuego”.

            Los miedos, la incomprensión y la inexperiencia de quienes debían cumplir esas órdenes, generan a lo largo de todo el territorio bonaerense innumerables accidentes, con pérdida de vidas inocentes frente al acontecimiento inusual de que un automovilista tuviera un desperfecto mecánico en su automotor. En razón de que la vía pública es un lugar común de circulación, precisamente por estar destinado a la comunicación, este tipo de carteles al que aludimos no debe tener posibilidad alguna de sobrevivir en épocas donde ha renacido la calma y la sensatez entre los argentinos.

            En consecuencia, estimamos que deberá aprobarse este proyecto de ley.