LEY 10951

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Increméntase en la suma de AUSTRALES CIENTO CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL (A 105.865.600.000) el Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital para el Ejercicio 1990 (Prorrogado del Ejercicio 1989 Ley 10.873) de la Jurisdicción 01, Item 01, Honorable Cámara de Diputados, de acuerdo con el detalle de las Partidas Principales y Subprincipales que figuran en la Planilla que, como Anexo I, forman parte de la presente Ley.

 

ARTICULO 2.- El incremento de las erogaciones establecido en el artículo 1° será financiado con Recursos de Rentas Generales.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

NOTA: La Planilla Anexa puede ser consultada en su versión PDF.