LEY 10741

 

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES SANCIONA CON FUERA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Rauch, de acuerdo a las condiciones establecidas en el articulo 1° de la Ordenanza N° 366/88 y en la cláusula 12 del pliego de Bases y Condiciones, a la venta del inmueble ubicado en el Partido del mismo nombre y que responde a la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción I, Sección E, Chacra 119, Parcela 2, trasnfiriéndose oportunamente el dominio a quien resulte adjudicatario, previo llamado a Licitación Pública.

 

ARTICULO 2.- Dicha autorización se basa en la Ordenanza N° 366/88 del H. Concejo Deliberante de la ciudad de Rauch, sancionada el 16 de septiembre de 1988 por ese Cuerpo y promulgada por el Departamento Ejecutivo el día 17 del mismo mes y año.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.