LEY
10741
EL
SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES SANCIONA CON FUERA DE
LEY
ARTICULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de Rauch, de acuerdo a las
condiciones establecidas en el articulo 1° de la Ordenanza N° 366/88 y en la
cláusula 12 del pliego de Bases y Condiciones, a la venta del inmueble ubicado
en el Partido del mismo nombre y que responde a la siguiente nomenclatura
catastral: Circunscripción I, Sección E, Chacra 119, Parcela 2, trasnfiriéndose
oportunamente el dominio a quien resulte adjudicatario, previo llamado a
Licitación Pública.
ARTICULO 2.- Dicha autorización se basa en la Ordenanza N° 366/88
del H. Concejo Deliberante de la ciudad de Rauch, sancionada el 16 de
septiembre de 1988 por ese Cuerpo y promulgada por el Departamento Ejecutivo el
día 17 del mismo mes y año.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.