ARTICULO 1.- Increméntase en la suma de AUSTRALES SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHO (A. 6.738.944.708) el Presupuesto de Erogaciones Corrientes y de Capital para el Ejercicio 1989 (Prorrogado del Ejercicio 1988 – Ley 10.370) de la Jurisdicción 01 – Item 01 – Honorable Cámara de Diputados, de acuerdo con el detalle de las Partidas Principales y Subprincipales que figuran en la Planilla de Anexo I, y que forma parte de la presente Ley.
Sección 1 – Erogaciones Corrientes A 6.708.853.908
Sección 2 – Erogaciones de Capital A 30.090.800
Total de Erogaciones A 6.738.944.708
ARTICULO 2.- El incremento de las
Erogaciones establecido en el artículo 1° será financiado con recursos de
Rentas Generales.
ARTICULO 3.- Las Becas a que se refiere el artículo 7° de la Ley 10.730 podrán ser otorgadas hasta un monto de AUSTRALES TREINTA MIL (A 30.000) al año por beneficiario.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SECCION 1 – EROGACIONES CORRIENTES A 6.708.853.908
Partidas Principal 1 – “Gastos en Personal” A 4.925.603.028
Partidas Principal 2 – “Bienes y Servicios no Personales” A 892.350.880
Subprincipal 1 – “Bienes de Consumo” A 351.585.995
Subprincipal 2 – “ Servicios no Personales” A 536.286.847
Subprincipal 3 – “Gastos Reservados, de
Residencia y Eventuales” A 1.240.000
Subprincipal 4 – “Mantenimiento y Reparación” A 3.238.038
Partida Principal 4 - “Transferencias para financiar
Erogaciones corrientes” A 890.900.000
Subprincipal 2 – “Aportes a Municipalidades
y otros Entes Comunales” A 1.350.000
Subprincipal 4 – “Aportes a Entes Provinciales” A 250.000
Subprincipal 5 – “Aportes a Entes del Gobierno
Nacional” A 500.000
Subprincipal 6 – “Aportes a actividad no lucrativas” A 3.170.000
Subprincipal 9 – “Otras” A 885.630.000
SECCION 2 – EROGACIONES DE CAPITAL A 30.090.800
Partiida Principal 8 – “Bienes de Capital” A 30.090.800
Subprincipal 2 - “Inversiones Administrativas” A 30.090.800
TOTAL DE EROGACIONES CORRIENTES Y DE CAPITAL A 6.738.944.708