DEROGADA POR LEY 5608
LEY 5441
Derogación de la Ley 5206, de expropiación de una manzana de terreno para ampliación de la Legislatura.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Derógase la Ley 5206 que declara de utilidad pública y sujeta a expropiación la manzana comprendida entre las calles 8, 9, 51 y 53 de la ciudad de La Plata, designada en el plano oficial de la misma con las letras DDD.
ARTÍCULO 2.- El aumento dispuesto por la Ley número 5206 a la Partida 4, Ítem 4, de la Ley 5129 (Presupuesto de la Legislatura para el Ejercicio 1947) y que fuera transferido a la Ley 5406 (Presupuesto de la Legislatura correspondiente al año 1949), será destinado a las obras de ampliación y reforma del Edificio de la Honorable Legislatura a invertir por partes iguales en las dependencias de cada Cámara cuya inversión se hará de acuerdo a la Comisión Bicameral respectiva.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.