DECRETO 816/2025
LA PLATA, 17 de Abril de 2025
VISTO el expediente EX-2025-04446140-GDEBA-DACHTC del Honorable Tribunal de Cuentas, por el cual se propicia la designación interina de Valeria Paola LIMA en el ámbito del citado organismo, y
CONSIDERANDO:
Que por el presente se propicia la limitación, a partir del 31 de enero de 2025, de la designación de Valeria Paola LIMA en el cargo de Analista y de la reserva de su cargo de revista, ambas gestiones dispuestas mediante Decreto N° 1005/23;
Que, atento la reubicación excepcional dispuesta por Resolución N° 72/23 del Honorable Tribunal de Cuentas, de fecha 29 de junio de 2023, en los términos del Decreto N° 956/23, corresponde limitar la reserva de cargo otorgada por Decreto N° 1005/23 teniendo en consideración que Valeria Paola LIMA actualmente revista en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 12;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos de Secretaria General informó que la agente no posee actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, asimismo, se impulsa la designación de Valeria Paola LIMA, a partir del 1º de febrero de 2025, en el cargo de Oficial Mayor de Estudio en la Vocalía Reparticiones Autárquicas y Entes Especiales, quien reúne los requisitos legales, idoneidad, mérito y aptitudes necesarios para el desempeño del cargo propuesto;
Que la presente designación tiene origen en la limitación de la designación de Omar Ezequiel GAROBBIO, dispuesta por Decreto N° 3693/24;
Que el Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas presta conformidad a la gestión impulsada;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que las gestiones promovidas se efectúan conforme los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 4161/96, y el artículo 2° y concordantes de la Ley Nº 13.375, y su Decreto Reglamentario N° 152/11, y en los términos de la Ley N° 10.869 y el Decreto N° 3948/94;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.05 - Organismo de la Constitución, HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, a partir del 31 de enero de 2025, la designación de Valeria Paola LIMA (DNI N° 25.548.503 - Clase 1976) en el cargo Analista, dispuesta mediante Decreto Nº 1005/23, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.05 - Organismo de la Constitución - HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, a partir del 31 de enero de 2025, la reserva de cargo dispuesta por Decreto Nº 1005/23 a favor de Valeria Paola LIMA (DNI N° 25.548.503 - Clase 1976), quien actualmente revista en la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 12.
ARTÍCULO 3°. Designar interinamente en la Jurisdicción 1.1.1.05, Organismo de la Constitución - HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS, a partir del 1° de febrero de 2025, a Valeria Paola LIMA (DNI N° 25.548.503 - Clase 1976) en el cargo de Oficial Mayor de Estudio, con idéntica jerarquía y remuneración que los/as Directores/as de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en virtud de lo establecido en el artículo 3° inciso d) del Decreto N° 3948/94, quien reserva su cargo de revista en la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 12, Clase 3, Grado X, Contador “D”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, 108 y 109 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96) reglamentada por Decreto N° 4161/96, y con el artículo 2° y concordantes de la Ley Nº 13.375 y su Decreto Reglamentario Nº 152/11.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador