FUNDAMENTOS DE LA
LEY 14436
HONORABLE LEGISLATURA:
Si bien no existe todavía criterios científicos de delimitación sobre su definición y alcances, se podría decir que economía social es la parte de la economía cuyos agentes se organizan de manera tal que prima el interés general por el particular, dónde la toma de decisiones se realiza de modo democrático y participativo y donde el trabajo prevalece por sobre el capital. En otras palabras, está integrada por organizaciones civiles que participan en el mercado, pero cuya distribución del beneficio y toma de decisiones no están directamente ligadas con el capital aportado por los miembros o socios ya que aparecen otras finalidades distintas de las puramente económicas. También se las denomina “economía solidaria” y “economía de los pueblos”.
Se busca promover por medio de la instauración de este día (conforme su artículo 1), la reivindicación de los valores y de los principios que sustenta este sector de la economía, difundirlos y consolidarlos en la sociedad civil.
Es por esta razón que consideramos necesario que
Se elige el día 1 de diciembre en
conmemoración al día en que por primera vez en
Los principales lineamientos
presentados por el presidente Perón, estaban enmarcados en la doctrina
peronista y planteaban, como objetivo fundamental de las relaciones económicas
mediante la promoción de las actividades que contribuyeran a consolidar la
independencia económica de
Asimismo, queremos alentar mediante este proyecto, la realización de actividades y programas relacionadas con la temática, otorgándole al Poder Ejecutivo y programas relacionados con la temática, otorgándole al Poder Ejecutivo la posibilidad de llevarlas a cabo e invitar a los municipios (conforme artículo 3).
Por lo expuesto anteriormente solicito a los señores legisladores acompañen el presente proyecto con su voto afirmativo.