LEY 5144

 

LA PLATA, 28 de AGOSTO de 1947.

 

Subsidio a la Comisión Pro Monumento al General San Martín, en Magdalena

 

EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Acuérdase un subsidio de ($ 10.000 m/n) diez mil pesos moneda nacional, por una sola vez y con carácter de urgente, a la Comisión Pro Monumento al General Don José de San Martín, que se levantará en la plaza principal de la ciudad de Magdalena.

 

ARTICULO 2.- Los fondos a que se refiere el artículo 1° se tomarán de Rentas Generales.

 

ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.