DECRETO 885/00

 

La Plata, 11 de abril de 2000.

 

VISTO el presente expediente 4094-39/97 por el que la Municipalidad de Rivadavia modifica la Delimitación de Áreas; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Organismos técnicos competentes se han expedido favorablemente bajo su exclusiva responsabilidad a fojas 14, 19 y 23/24;

 

Que la referida modificación se encuadra en los términos de los Artículos 17 y 83 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O. 1987);

 

Que atento lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs. 27), procede el dictado del acto aprobatorio;

 

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la propuesta presentada por la Municipalidad de Rivadavia, por la que se  modifica la Delimitación de Áreas, conforme la Ordenanza nº 2093/97 obrante a fojas 17 del presente expediente y que forma parte integrante de este Decreto.

 

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O. 1987), en el momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización de uso.

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y remítase al MINISTERIO DE GOBIERNO a sus efectos.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.

 

Raúl Alfredo Othacehe                                    Carlos Federico Ruckauf

Ministro de Gobierno                                      Gobernador