DECRETO 2304/2025
LA PLATA, 2 de Septiembre de 2025
VISTO el expediente EX-2025-18399907-GDEBA-HZDEFFEMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Celeste Ana Gabriela MORALES ORTEGA en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Enrique F. F. Erill" de Escobar, y
CONSIDERANDO:
Que atento lo establecido por la Resolución N° 5977/2024 del Ministerio de Salud y por la Disposición N ° 394/24 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un (1) cargo de Licenciado/a en Enfermería, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Enrique F. F. Erill" de Escobar;
Que, conforme el Acta Definitiva labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Celeste Ana Gabriela MORALES ORTEGA para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, detallado en el párrafo que antecede;
Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 20 de diciembre de 2024, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;
Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 20 de diciembre de 2024, la designación con carácter interino de la profesional mencionada, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, formalizada por Resolución N° 3772/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2025 mediante Decreto N° 3681/24;
Que, asimismo, Celeste Ana Gabriela MORALES ORTEGA se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;
Que, por otra parte, corresponde otorgar a la mencionada profesional, a partir del 20 de diciembre de 2024, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que se la designa, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en que se desarrollan las actividades en el establecimiento en que se desempeña, de acuerdo con lo normado por Decreto Nº 377/08;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión promovida se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y sus modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 20 de diciembre de 2024, la designación de Celeste Ana Gabriela MORALES ORTEGA (D.N.I. N° 37.267.652 - Clase 1993) como Licenciada en Enfermería, en grado de Asistente, con carácter interino y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Enrique F. F. Erill" de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, dispuesta por Resolución N° 3772/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 20 de diciembre de 2024, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, a Celeste Ana Gabriela MORALES ORTEGA (D.N.I. N° 37.267.652 - Clase 1993) como Licenciada en Enfermería, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos "Dr. Enrique F. F. Erill" de Escobar, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme el Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5°, 21 inciso b) y 25 de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 primer párrafo del Decreto N° 272/17 E y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Otorgar a Celeste Ana Gabriela MORALES ORTEGA (D.N.I. N° 37.267.652 Clase 1993), a partir del 20 de diciembre de 2024, la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que es designada, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en que se desarrollan las actividades en el establecimiento en que se desempeña, de acuerdo con lo normado por el Decreto Nº 377/08.
ARTÍCULO 4°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 – Programa: 13 – Subprograma: 2 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 252 – Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 – Partida Principal 1 – Parcial 0 – Régimen Estatutario 09 – Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria – Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2025 por Decreto N° 3681/24.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Economía y de Gobierno.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, notificar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador