DECRETO 558/2021

LA PLATA, 27 de julio de 2021.

VISTO el expediente EX-2021-18945221-GDEBA-SSTAYLMSALGP, por el cual se propicia la aceptación de la renuncia de Daniel Gustavo GOLLÁN al cargo de Ministro Secretario de Salud, y la designación en su reemplazo de Nicolás KREPLAK en el citado cargo, y

CONSIDERANDO:

Que Daniel Gustavo GOLLÁN presentó la renuncia al cargo de Ministro Secretario de Salud, a partir del 27 de julio de 2021, quien había sido designado oportunamente por Decreto N° 14B/19;

Que es importante destacar que el mismo ha honrado con su labor y dedicación a esta provincia de Buenos Aires;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de Nicolás KREPLAK, a partir del 28 de julio de 2021, en el cargo de Ministro Secretario de Salud, quien reúne las condiciones y aptitudes para desempeñarse en la función para la que ha sido propuesto, a quien se le limita la designación en el cargo de Subsecretario de Atención y Cuidados Integrales en Salud, en el que había sido designado por Decreto N° 19/2020, ratificado por el artículo 3° del Decreto N° 413/2020;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- e inciso 1° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar, a partir del 27 de julio de 2021, la renuncia presentada por Daniel Gustavo GOLLÁN (DNI N° 12.110.173 – Clase 1955), al cargo de Ministro Secretario de Salud, en el que había sido designado por Decreto N° 14B/19.

ARTÍCULO 2°. Agradecer al funcionario saliente los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo.

ARTÍCULO 3°. Limitar, a partir del 27 de julio de 2021, la designación de Nicolás KREPLAK (DNI N° 28.909.360 - Clase 1981), en el cargo de Subsecretario de Atención y Cuidados Integrales en Salud, en el que fuera designado por Decreto N° 19/2020, y ratificado por el artículo 3° del Decreto N° 413/2020.

ARTÍCULO 4°. Designar, a partir del 28 de julio de 2021, en el cargo de Ministro Secretario de Salud, a Nicolás KREPLAK (DNI N° 28.909.360 - Clase 1981).

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Carlos Alberto Bianco                                                                    Axel Kicillof

Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros                                Gobernador