Provincia de Buenos Aires

JUNTA ELECTORAL

Resolución Nº 81

 

La Plata, abril 26 de 2013.

 

POR 3 DÍAS - VISTO Las atribuciones conferidas a la Junta Electoral por el artículo 63 de la Constitución de la Provincia y por el artículo 5º del Decreto Ley 9.889/82 t.o según Decreto 3631/92 y sus modificatorias y el art. 20 de la Ley 5.109; el Decreto 155/13 que convoca a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas; las disposiciones de la Ley nacional 15.262; la Ley provincial 14.086 y lo establecido en el art. 5° del Anexo Único del Decreto 332/11 y,

 

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 155/13 convoca a elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas para la selección de candidatos a Senadores y Diputados provinciales, Concejales y Consejeros Escolares, para el día 11 de agosto del corriente año.

Que el artículo 3° del mismo cuerpo legal, establece la simultaneidad de las elecciones primarias y generales de Legisladores Provinciales y Cargos Comunales con las de Legisladores Nacionales, aplicando la normativa nacional en lo referente a cuestiones enunciadas en el citado artículo.-

Que el artículo 5° del Anexo Único del Decreto 332/11, reglamentario de la Ley 14.086, dispuso la competencia de este Organismo de la Constitución para la aprobación del cronograma electoral correspondiente a las elecciones primarias.-

 

Por ello,

 

LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA,

 RESUELVE:

 

1.- Apruébese el cronograma electoral para las elecciones primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas convocadas por el Decreto 155/13 y en el marco de lo dispuesto por la Ley 14086, su Decreto reglamentario 332/11 y la Ley Nacional 15.262, que como Anexo, forma parte de la presente.

 

2.- Regístrese. Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial y en la página Web del Organismo y archívese.

Héctor Negri, Presidente; Ana María Bourimborde, Vocal; Eduardo Benjamín

Grinberg, Vocal; Eduardo Raúl Delbes, Vocal; Gustavo Daniel Scaparotel, Vocal. Ante mí Osvaldo Aristía. Secretario de Actuación.