Provincia de buenos AIRES

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 378-E-2017

 

LA PLATA,  15 de Agosto de 2017.

 

VISTO el expediente Nº 21.100-453.268/15, por intermedio del cual tramita la aprobación del Convenio Específico de Conformación y Cooperación para la Implementación del Régimen de Policía de Prevención Local y sus respectivos Protocolos Adicionales, celebrados entre este Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Villa Gesell, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley Nº 13.482 prevé que la descentralización y desconcentración operativa de las Policías de la Provincia de Buenos Aires se realiza conforme a la división de los Municipios existentes, a los fines de cumplir con eficacia sus funciones esenciales, otorgándole al Ministerio de Seguridad la potestad de crear nuevas unidades policiales y determinar el ámbito de competencia territorial de cada una de ellas, en función de la realidad criminológica y la frecuencia delictiva observada;

 

Que por Decreto Nº 373/14, el entonces Gobernador de la Provincia de Buenos Aires instruyó al Ministerio de Seguridad para que, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Nº 13.482, proceda a la creación de la Superintendencia de Seguridad Local, con el objetivo de fortalecer la prevención del delito a nivel municipal y potenciar la descentralización operativa de la policía;

 

Que en ese sentido, por Resolución Nº 835/14 se crearon las Unidades de Policía de Prevención Local, que actuarán como policía de seguridad en los municipios de más de setenta mil (70.000) habitantes que adhieran al mencionado régimen mediante convenio que suscribirá el Intendente y se ratificará por ordenanza municipal, pudiendo adherirse excepcionalmente aquellas comunas que no superen dicha población y soliciten su incorporación;

 

Que asimismo, se dispuso que las Unidades de Policías de Prevención Local pueden actuar excepcionalmente en los municipios que no superen dicha cantidad de habitantes y que soliciten su incorporación, situación que se constata en el caso de la municipalidad de Chascomús;

 

Que se ha firmado, con fecha 12 de agosto de 2014, el Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local y sus respectivos Protocolos Adicionales;

 

Que el Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell, mediante Ordenanza Nº 2557 de fecha 20 de octubre de 2014, promulgada el día 22 de octubre de 2014, convalidó los mencionados instrumentos;

 

Que conforme lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno, lo informado por Contaduría General de Provincia y la vista del Fiscal de Estado, no surgen impedimentos a la presente gestión;

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 14.853, y la Ley Nº 13.482;

 

Por ello,

 

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL

DECRETO Nº 272/17 EL MINISTRO DE SEGURIDAD

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar el Convenio Específico de Conformación y Cooperación para la Implementación del Régimen de Policía de Prevención Local y sus respectivos Protocolos Adicionales, celebrados con la municipalidad de Villa Gesell, cuyos textos (IF-2017-01897124-GDEBA-MSGP) pasan a formar parte integrante del presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO 2º. En los sucesivos actos (acuerdos, protocolos, adendas), que se celebren como consecuencia del Convenio de Adhesión al Régimen de Policía de Prevención Local que se aprueba por el artículo 1º, deberán tomar intervención - con carácter previo a su suscripción- los Organismos de Asesoramiento y Control, cuando correspondiere de acuerdo a sus respectivas leyes orgánicas, los que entrarán en vigencia a partir del dictado del pertinente acto aprobatorio.

 

ARTÍCULO 3º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, y a la Municipalidad de Villa Gesell, comunicar a la Secretaría Legal y Técnica, publicar y dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

 

NOTA: Los Anexos podrán ser consultados en el Ministerio de Seguridad.

 

Cristian Ritondo

Ministro de Seguridad

 

C.C. 10430