DECRETO 5516/87
VISTO
el expediente N° 2100-7894/86, relacionado con la situación referida a
adquirentes de inmuebles a que alude
CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia de aquella normativa nacional, fueron dictadas las Leyes Provinciales 10432 y 10435;
Que,
así también, fueron dictados los Decretos 8210/84, designando autoridad de
aplicación a
Que la propuesta técnico legal formulada por esta Comisión de Apoyo fue aprobada por Decreto N° 5174/87;
Que
Que, a tales efectos, se propicia la creación de una Comisión “ad hoc”;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Desígnase
una Comisión “ad hoc”, integrada por los señores Director de Catastro
Territorial, Agr. PEDRO AZPILICUETA; Director de Catastro Económico, Ing.
MOISES R. BERLIN; Agr. JOSE MARTÍN RECALDE: Director de
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Economía.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.