SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

COVID-19 (Coronavirus) Realización de peritajes solo en casos de urgencia justificada o que no admitan postergación, evitando riesgos en la salud

Res N° 134

La Plata, 17 de marzo de 2020.

VISTA la situación de emergencia sanitaria receptada en la Resolución SCBA N° 386/20 y conforme lo dispuesto en su artículo 10, resulta necesario disponer que, encontrándose las Asesorías Periciales y Cuerpos Técnicos de la Responsabilidad Penal Juvenil con guardias mínimas conforme lo allí resuelto, los peritajes solicitados por los titulares de organismos jurisdiccionales a dichas oficinas (art. 7°) serán realizados solo en casos de urgencia justificada o que por su naturaleza no admitan postergación (art. 2°) siempre que no pongan en riesgo la salud del personal del Poder Judicial como así tampoco la de las personas que concurren a las dependencias que lo integran. Ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13, una vez superada la presente situación. Regístrese, comuníquese con carácter de urgente y hágase saber al Ministerio Publico.

Eduardo Néstor De Lázzari. Ante Mí: Matías José Álvarez