Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
Resolución Nº 41/08
La Plata, 13 de noviembre de 2008.
VISTO el Marco Regulatorio Provincial de los Servicios Públicos Sanitarios de agua potable y desagües cloacales establecido por el Decreto Nº 878/2003, ratificado por artículo 33 de la Ley 13.154, modificado por Decreto Nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; el Contrato de Concesión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Zona de Concesión Nº 2, el Reglamento del Usuario aprobado por la Resolución Nº 29/02, los reclamos identificados en el Anexo 1 del presente Expediente Nº 2430-3188/08, y
CONSIDERANDO:
Que este Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene a su cargo el
control, la fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas
aplicables a la concesión del servicio sanitario conforme surge del artículo 88
del marco regulatorio;
Que en ejercicio de ese control se ha detectado que el Concesionario “Aguas
Bonaerenses S.A. (ABSA)” no ha satisfecho con los reclamos presentados por los
Usuarios identificados en el Anexo 1 de la Presente;
Que los mencionados Usuarios interpusieron el correspondiente reclamo ante el
prestador y ante el silencio acuden a este Organismo en procura de la defensa
de sus derechos en virtud de los artículos 50 inciso c) y 51 del Decreto Nº
878/03;
Que en cumplimiento del Procedimiento de Reclamos aprobado por la Resolución O.C.A.B.A. Nº 18/08, se ha corrido el pertinente traslado al Concesionario para
que no solo informe los antecedentes de los mismos, sino para que los resuelva
de acuerdo a las normas vigentes;
Que en consecuencia y precisamente en resguardo de los derechos de los Usuarios
corresponde intimar a “A.B.S.A.” para que informe debidamente, en los términos
de los artículos 51, 88 inciso n) sigs. y concs. del Marco Regulatorio, los
reclamos por veredas o calzadas rotas presentados por los Usuarios indicados en
el Anexo I;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio
Provincial de los Servicios Públicos Sanitarios de agua potable y desagües
cloacales de la Provincia de Buenos Aires establecido por el Decreto Nº
878/2003, ratificado por el artículo 33 de la Ley Nº 13.154 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; los Contratos de Concesión del Servicio Público de Provisión
de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Zona de Concesión Nº 2;
EL
DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1º - Intimar a “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” a que
informe debidamente a este Organismo los reclamos por veredas o calzadas rotas
presentados por los Usuarios identificados en el Anexo I, en el plazo
establecido en el Reglamento del Usuario aplicable y vigente.
Artículo 2º - Regístrese y Notifíquese a “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” y a
los Usuarios mencionados, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y archívese.
Juan Diego González Morales
Gregorio
Pablo Nersessian
Director Representante de Director
Presidente
los Usuarios
Julián Carlos Palacios
Director Vocal
ANEXO I
Veredas o Calzadas Rotas sin cerrar
Localidad |
Nº |
Fecha |
Nº |
Calle |
Nº |
Entre |
|
OCABA |
|
Reclamo |
|
|
|
Merlo |
25184 |
01/04/2008 |
83542 |
Ramírez |
630 |
Los Patos |
|
|
|
|
|
|
y Balvastro |
Merlo |
26054 |
26/06/2008 |
92500 |
Castro Barros |
195 |
Garay y |
|
|
|
|
|
|
Monteverde |
Merlo |
26342 |
30/07/2008 |
93172 |
Tarija |
864 |
Filiberto y |
|
|
|
|
|
|
D. Funes |
Merlo |
26423 |
11/08/2008 |
93394 |
Nogera Pedro |
730 |
Entre Ríos y |
|
|
|
|
|
|
San Luis |
Merlo |
26493 |
21/08/2008 |
|
Larrea |
225 |
Güemes y |
|
|
|
|
|
|
Garay |
Merlo |
26567 |
02/09/2008 |
94130 |
Pitágoras |
753 |
Loza y Rawson |
Merlo |
26606 |
09/09/2008 |
15575 |
Garay |
1823 |
Acosta Mariano |
|
|
|
|
|
|
y Dorrego |
C.C. 11.214